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Se clausuró la escribanía

 Por Mario Wainfeld

El presidente Mauricio Macri exhumó un inciso olvidado de la Constitución, lo interpretó a su manera (posiblemente ilegal en todo o en parte) y nombró en comisión dos jueces para la Corte Suprema. Si su precursora Cristina Fernández de Kirchner hubiera osado intentar la mitad, la coalición Cambiemos en pleno hubiera pedido la exclusión de la Argentina del Mercosur, invocando la cláusula democrática. Estamos bromeando... apenas. Es tan asombrosa y exorbitante la decisión del flamante mandatario que vale la pena tomarla en solfa, de entrada. Ya se pondrán más serios los abogados que planteen nulidades o recusaciones contra los dos paracaidistas que lanzó Macri para que aterrizaran en el cuarto piso del Palacio de Justicia.

Hablemos primero de las implicancias políticas de la movida, que son diáfanas. Luego exploraremos con cautela las cuestiones jurídicas.

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Durante años la oposición al kirchnerismo se quejaba argumentando que el Congreso aprobaba sin grandes debates ni reformas la mayoría de los proyectos enviados por el Ejecutivo. Tamaño proceder, clamaban al cielo, desvirtuaba la esencia republicana. Teóricos afamados y otros a la violeta despotricaban contra el híper presidencialismo. Se burlaba, añadían, la división de poderes. Todas esas polémicas, raramente de buen nivel, se reducían en los medios y aun entre políticos a un slogan berreta: “El Congreso funciona como una escribanía”. Los notarios de profesión jamás se quejaron, que uno sepa, aunque la frase era despectiva con su actividad. Los escribanos, al fin y al cabo, no refrendan cualquier cosa sino que controlan la calidad y legalidad de los actos que aprueban. La “escribanía K”, por el contrario, era una usina de inconstitucionalidades o violaciones normativas.

Cuando llegó Macri a la Casa Rosada podía presumirse que tocaría a su fin esa etapa aciaga político-notarial. Entre otros motivos porque el relato de Cambiemos proponía un Congreso vivaz, pluralista, fuente de consensos y grandes acuerdos. Se podía soñar en cambiar escrituras rutinarias por una Moncloa por día.

La única verdad es el poder. Una vez arribado, Macri gambetea al Congreso, gobierna por Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU). El Congreso sigue abierto en estos días pero el Presidente lo subestima y ningunea: ha decidido su destino inmediato. Lo dejará cerradito todo lo que pueda. La escribanía se clausura de prepo.

Un editorialista de Clarín ejercitó días atrás el blindaje mediático: comentó que Macri gobernará mediante DNU hasta las próximas sesiones ordinarias “porque no le queda más remedio”. El concepto tranquilizaría. El gran demócrata parlamentario no pasa sobre el Congreso por su propia voluntad sino porque una oscura fuerza superior lo compele. Lástima que esa fuerza no existe, que prorrogar las sesiones ordinarias o convocar extraordinarias (fijando él mismo su agenda) está al alcance de su mano.

Macri fue el rey de los DNU en la Jefatura de Gobierno, también recordman en vetos. En su reciente mudanza conserva sus hábitos y sus recursos de poder.

La jugada le pasa por arriba al Senado y seguramente empioja el horizonte de pactos y negociaciones que Cambiemos elevó a dogma y mito fundante.

La primera reacción del Presidente del bloque del Frente para la Victoria Miguel Pichetto es indicativa. El Presidente rompió lanzas con “su opo” a menos de una semana de asumir. No porque fuera necesario para la Corte que fallara: podría haberlo hecho acudiendo a conjueces o a presidentes de la Cámara. Lo hizo para formatear en parte un tribunal a su gusto.

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Los cortesanos entran como polizones VIP por la ventana del Supremo Tribunal. Tal vez en un año el Senado los convalide. Tal vez no sea así. En tal caso deberán ahuecar el ala, su salida generará una cantidad interesante de problemas prácticos. Los favorecidos habrán tenido un buen conchabo interino, conseguido con manejos berretas.

Hay otros problemas jurídicos en ciernes. Quien puede lo más, en principio, puede lo menos. Si Macri designa, por sí y ante sí, a los magistrados ¿haría falta juicio político para derrocarlos o bastaría otro decreto presidencial?

Una pregunta más viene a cuento: un juez digitado y tan vulnerable ¿puede ser llamado “independiente”, si se habla en serio?

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El inciso 19 del artículo 99 de la Constitución, dicen apologistas de Macri, fue utilizado por última vez por el presidente Bartolomé Mitre. Primera observación: salvo para el diario de sus herederos no era esa una época de mucha devoción por la democracia ni el respeto de las reglas constitucionales.

Segunda: Es llamativo que en desde 1983 nadie haya echado mano a esa regla. Con mayor institucionalidad, el rebusque quedó archivado.

El debate técnico legal exige lecturas, escuchar distintas voces, no es riguroso “cerrarlo” en las dos horas que van desde que se conoció la jugada hasta el cierre de esta nota. Se formulan, a cuenta, algunas observaciones que podrían ser mejoradas o reparadas con otros enfoques.

Para empezar da la impresión de que el artículo es inaplicable a la vacante creada por la renuncia del juez Eugenio Raúl Zaffaroni. El inciso en cuestión se refiere a “las vacantes... que ocurran durante su receso”. La de Zaffaroni ocurrió mucho antes del receso parlamentario.

El Gobierno, fantaseemos, podría aducir que la vacante de Zaffaroni estaba en plan de cubrirse porque había pliegos presentados en el Senado. El Presidente los retiró y entonces habría “ocurrido” la vacante. El razonamiento sería avieso. Las facultades especiales (el DNU, por ejemplo) son de interpretación estricta. El Presidente no puede ampliar sus prerrogativas porque hay una necesidad y urgencia... que él mismo urdió. La ley no protege el ejercicio abusivo del derecho ni nadie puede sacer ventaja de sus actos maliciosos.

Para seguir, habría que hilar fino para saber si la condición de juez de la Corte es uno de “los empleos” a que se refiere el mencionado inciso 19. La palabra “empleo” aparenta ser impropia para referirse cargos tan elevados. De nuevo, habrá que escuchar las dos campanas.

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Recalculemos: Macri gobierna a puro DNU contra todo lo que prometió y predicó. Políticamente desmiente su prédica, le pasa por arriba a la oposición parlamentaria. Ingresa dos abogados a la Corte, cabeza de un poder del Estado, sin que haya ninguna intervención de otros poderes ni de la sociedad civil. El régimen establecido por el kirchnerismo (el decreto 222) está vigente: su procedimiento es más serio, participativo y republicano.

Entre la cantidad apreciable de tuits que generó la medida destacamos la seguidilla del jurista Gustavo Arballo. Son más de 20, imposible reproducirlos. Se recomiendan en conjunto, se glosa la conclusión, que se comparte: “candidatos en abstracto razonables, procedimiento objetable. Ello aclarando que la objeción no es ‘estética’ sino jurídica”.

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El sistema político tiene bastante de rol playing, el lugar relativo que se ocupa condiciona muchas conductas. No hay que enfadarse por eso todo el tiempo. El oficialismo macrista va perdiendo sus remilgos “republicanos” y sus partidarios mandan a archivo sus discursos de meses atrás.

Los DNU, en general, pueden admitirse como un manejo para consolidar el poder presidencial, abandonando la retórica hueca “parlamentarista” o “anti presidencialista”. Los abusos son muy otra cosa y se acumulan.

Dos jueces de la Corte colados a dedo.

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en la picota bajo un argumento insostenible: “una ley no puede condicionar a un presidente”.

Amenazas a la procuradora general Alejandra Carbó y afanes de derrocarla violando las reglas vigentes. Este último límite todavía no se quebró. Por ahora.

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Algunos intercambios en redes sociales ensalzan las virtudes de los doctores Carlos Fernando Rosenkrantz y Horacio Rosatti. No corresponde alabarlos ni ponerlos en tela de juicio porque un hecho del príncipe ha tornado ocioso (“virtual” en jerga jurídica) todo debate. Tampoco es justo compararlos con Roberto Carlés, cuyo pliego se envió al Senado para ser discutido, criticado y desmenuzado. Si son mejores, deben recorrer el mismo camino...

En el futuro sí se deberá tomar en cuenta para analizar los antecedentes de los cortesanos interinos que aceptaron una designación de baja calidad institucional que puede crear una serie de disfunciones e irregularidades. Una fea mancha en los dos CV que Macri prohibió discutir.

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Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, los nuevos miembros de la Corte Suprema que designó Macri.
 
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