SOCIEDAD › JUICIO ORAL POR EL CASO DEL TIRADOR DE BELGRANO

Los que le dieron permiso a Ríos

Dos ex funcionarios del Registro Nacional de Armas (Renar) y un médico afrontarán un juicio oral por avalar el trámite que le permitió al tirador serial de Belgrano, Martín Ríos, obtener y renovar su credencial de legítimo usuario de arma de fuego. El fallo de la sala II de la Cámara Federal porteña difundido ayer destaca que Ríos “presentó como mínimo alteraciones psicológicas desde su infancia”.

Se trata de José Luis González y Fabián Alejandro Pereyra, responsables del trámite hecho por Ríos en el Renar en 2000. Ambos quedaron procesados por “incumplimiento de deberes de funcionario público”. El médico Mark Theis Garrett será enjuiciado por “falsedad ideológica de documento público”, cometida cinco años después, cuando Ríos renovó su permiso. Los camaristas Horacio Cattani y Martín Irurzun entendieron que el accionar de los imputados posibilitó que Ríos portara el arma con la que disparó a mansalva el 6 de julio de 2006 en la avenida Cabildo, entre La Pampa y José Hernández. Como consecuencia de este hecho, murió el joven Alfredo Marcenac y otros seis transeúntes resultaron heridos.

Ríos está detenido en el Hospital Borda a la espera de que la jueza María Fontbona de Pombo defina su situación procesal, ya que hace pocos días recibió un informe que asegura que el joven no comprendió la criminalidad de sus actos y es esquizofrénico.

El tribunal entendió que los ex funcionarios debieron “controlar y verificar el cumplimiento de los requisitos” por parte de Ríos. González estaba a cargo del área y Pereyra era su subordinado inmediato. El 16 de marzo de 2000, ambos avalaron la entrega a Ríos de su primera credencial de legítimo usuario de arma de uso civil condicional, pese a que existía en el legajo un certificado de otro médico, Guillermo Mendoza, donde se solicitaba un “test psicológico” que nunca se concretó.

“González era, dentro del organismo de contralor, el funcionario responsable de autorizar, finalmente, la orden de emisión, lo que efectivamente sucedió”, consideró el fallo. Por esto, “no pudo dejar de advertir que en el formulario se encontraban incompletos los casilleros en donde deberían haber constado los informes psicológicos”, que debió controlar “su inferior jerárquico inmediato” (Fabián Alejandro Pereyra). Ambos, afirmaron los camaristas, desoyeron “las disposiciones internas del organismo y la normativa que consagra los requisitos” que ellos debían hacer cumplir.

En cuanto al médico Mark Theis Garrett, se trata de un ortopedista que firmó el certificado de aptitud psicofísica de Ríos para renovar la credencial en 2005 y quien consignó que Ríos estaba apto psicológicamente para portar armas. “Dista de lo razonable suponer que Martín Ríos no presentaba, cuando fue entrevistado por Garrett, algún signo visible de alteraciones mentales”, concluyó el fallo.

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