SOCIEDAD › LO DISPUSO EL JUEZ BUJAN Y CORRESPONDE A DELITOS QUE COMPETEN A LA CIUDAD

Ni un chico detenido en comisarías

La sentencia tuvo lugar tras el hábeas corpus presentado por la Asesoría Tutelar porteña. Bujan dio un plazo de sesenta días para que se eligiera un lugar apto que no podrá quedar bajo la custodia de fuerzas de seguridad. Entretanto, sugirió cinco comisarías.

 Por Horacio Cecchi

Un juez penal de la ciudad ordenó vez que los chicos menores de 18 años no podrán ser detenidos en comisarías para averiguación de antecedentes y dio sesenta días para que el gobierno porteño disponga de lugares de alojamiento adecuados y que no estén bajo la custodia de fuerzas de seguridad. Es la primera vez que la Justicia porteña, haciendo uso del traspaso de jurisdicciones, pone en ejecución la avanzada ley del Régimen Procesal Penal Juvenil de la ciudad, que ya llevaba un año y un mes de promulgada con ninguna aplicación real. El juez Javier Bujan emitió el fallo tras un hábeas corpus preventivo presentado por Laura Musa y Carlos Bigalli, de la Asesoría Tutelar de Menores de la ciudad, el 1º de diciembre pasado. Bujan dio la posibilidad de que dentro de los límites impuestos de sesenta días los fiscales pudieran ordenar detenciones por averiguación de antecedentes sólo en cinco comisarías. “Hay una vergüenza menos en nuestro sistema democrático”, dijo Laura Musa a Página/12.

La sentencia de Bujan es extensa y desmenuza con detalle todo el procedimiento judicial resolutivo sobre el hábeas corpus, que ocupó 1600 folios pero que se resolvió muy rápidamente. En 28 días, Bujan recibió pruebas, citó a las partes (Fiscalía, Defensoría, Asesoría Tutelar y Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad, además del Consejo de la Magistratura y al Ministerio de Justicia porteños), recorrió 180 kilómetros en un día visitando cada una de las comisarías porteñas para verificar in situ. Y avanzó con audiencias transformadas casi en una mesa de diálogo que pasó por momentos de tensión.

Lo que la titular de la Asesoría, Laura Musa, y el asesor de primera instancia, Carlos Bigalli, reclamaban en el hábeas corpus era el cese de una acción que “era una práctica naturalizada lesiva de los derechos de los jóvenes”, sostuvo Musa. La práctica se registra cuando la policía detiene a un chico in fraganti cometiendo un delito de jurisdicción penal de la ciudad. “En ese caso, la policía preguntaba al fiscal y el fiscal era el que ordenaba la detención por averiguación de antecedentes –explicó Musa–. La fiscalía se sintió señalada y defendió a ultranza la detención por tiempos cortos, en promedio seis horas.”

Durante las audiencias, y esto se vio reflejado en la sentencia, la Asesoría, representada por Musa y Bigalli, y la Defensoría, representada por Betina Castorino y Javier de la Fuente, defendieron la anulación de lo que consideran “una práctica naturalizada”, mientras que la Fiscalía, representada por Claudia Barcia y Luis Duacastella Arbizu, sostuvo que la ley admitía la detención en comisaría. En la sentencia, Bujan dejó en claro que en la práctica naturalizada no se podía evitar la aprehensión por parte de la policía, pero que la privación de la libertad, en su origen, dependía del fiscal, porque es el fiscal quien responde a la pregunta policial y dispone dar la libertad o continuar con la averiguación en la comisaría. Los fiscales no negaron sus actuaciones sino que las consideraron como legales. “La Corte Interamericana de Derechos Humanos dice que se puede alojar menores en comisarías para este tipo de trámites”, señalaron en las audiencias.

El caso Bulacio, que no casualmente sentó al Estado argentino en el banquillo de los acusados ante la citada Corte Interamericana, desmiente la cita de la Fiscalía. Ocurre, como se sabe aunque no se recuerde, que Bulacio fue detenido por policías federales a la salida de un recital y alojado en una comisaría para supuesta averiguación de identidad, fue apaleado y murió a consecuencia de los golpes. Y son precisamente esas seis horas de alto riesgo histórico lo que se quiere evitar.

“Estamos ante un cambio cualitativo en el respeto de los derechos y garantías de los niños y adolescentes”, sostuvo la defensora adjunta a cargo de la Defensoría General, Betina Castorino. El fallo también trajo alguna curiosidad: por ejemplo, un mismo policía podría detener a un mismo chico por romper una vidriera (compete a la Justicia de la ciudad) y el fiscal de la ciudad ordenará que no sea alojado en comisaría. El mismo policía podría detener a ese mismo chico por un robo (competencia penal nacional) y el fiscal nacional ordenará la detención en comisaría.

Otra curiosidad: Bujan sugirió cinco o seis comisarías provisorias. Una de ellas, la 52, podrá ser como edificio, pero sin sus jefes, procesados por el juez Oyarbide por trata de menores.

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En dos meses los fiscales no podrán ordenar más la detención en comisaría para averiguar la identidad.
 
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