SOCIEDAD › EL SENADO SE APRESTA A DAR MEDIA SANCION A LA LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL

Alternativas a la solución con rejas

La norma obtuvo media sanción en general el 8 de julio. Ahora está a punto de ser votada en particular. Consenso unánime. Incorpora la franja de 14 y 15 años. La privación de libertad debe ser el último recurso y el máximo es de tres y cinco años.

 Por Horacio Cecchi

Si todo es como se anuncia, en dos semanas el Senado nacional estará dando media sanción en particular al demorado proyecto de ley de Responsabilidad Penal Juvenil. El proyecto está considerado uno de los más avanzados en la materia, aunque contenga la polémica incorporación en la esfera penal de chicos de entre 14 y 16 años, incorporación que cuenta tanto con simpatizantes como detractores dentro mismo del espectro de lo que se considera progresismo. Tal como se venía debatiendo en comisión en Diputados, el proyecto en el Senado contempla una batería de sanciones alternativas a la privación de libertad y, en los casos más graves, sanciones de hasta tres años para chicos de entre 14 y hasta cumplir 16; y hasta cinco años para adolescentes de entre 16 y hasta cumplir 18. La norma establece que la detención es el último recurso. La media sanción en general en el Senado determinó la casi automática suspensión de los debates en Diputados, por tratarse de normas muy semejantes.

El 8 de julio pasado, mientras todas las miradas estaban dirigidas sobre el pánico a la pandemia de la gripe A, el Senado dio media sanción en general, por unanimidad, al proyecto de ley de Responsabilidad Penal Juvenil, aunando propuestas de Marita Perceval (PJ-FpV), Escudero (PJ), Gerardo Morales (UCR) y Negré de Alonso (Justicialista-San Luis). El abanico tan amplio, el consenso unánime sobre las cuestiones más importantes de la ley, y la extrema similitud con los proyectos que se debatían en comisiones de Diputados, funcionaron casi como garantes del proyecto a la hora de la votación.

En el aspecto más destacado, el proyecto aclara que “la libertad... es la regla. La privación de libertad durante el proceso tendrá carácter excepcional y será aplicada como medida de último recurso y por tiempo determinado, siendo éste el más breve posible”. Prohíbe el alojamiento en dependencias policiales (al contrario de lo que el lobby policial impulsa establecer en la provincia de Buenos Aires), penitenciarias o de fuerzas de seguridad y ordena que serán alojados en dependencias específicas y con personal capacitado. Establece medios alternativos de solución de conflictos. Y establece ocho tipos de sanciones diferentes, en orden creciente de gravedad, que podrán establecer los jueces: desde “disculpas personales ante la víctima”, pasando por “prestación de servicios a la comunidad”, hasta llegar a “privación de libertad en domicilio” y la última y excepcional alternativa de “privación de libertad en centro especializado” (ver aparte).

Estipula que la privación de libertad en centro especializado “creado a tal efecto” sólo podrá aplicarse “como último recurso” en casos en que a los acusados se los encuentre penalmente responsables de delitos dolosos con resultado de muerte y delitos contra la integridad sexual. En el caso de los chicos de 14 y 15 años, para esas situaciones corresponderá una sanción de hasta tres años; y en el caso de adolescentes de entre 16 y 17, corresponderá una sanción de hasta cinco años.

El proyecto en el Senado es muy semejante al que se trataba en Diputados, que quedó casi automáticamente interrumpido porque mientras se encontraba en pleno debate en comisión, el 8 de julio el Senado daba media sanción en general a la norma. El motivo de la interrupción en Diputados es estrictamente práctico. La similitud entre ambos hace innecesario que Diputados debata dos veces el mismo tema, y como el del Senado está más avanzado, habilita a la interrupción en la Cámara baja.

La norma propuesta y que el Senado estará en condiciones de aprobar el próximo miércoles 25 no fue impulsada por el oficialismo, lo que denota aún más su apoyo general, ya que la sola mayoría hubiera permitido al oficialismo no dar quórum o simplemente votar en contra del proyecto, o en el debate en comisión generar un dictamen por mayoría.

El proyecto invita a las diferentes provincias y a la ciudad de Buenos Aires a sumarse ajustando sus respectivas leyes, especialmente en lo que refiere a las sanciones y el tratamiento. En la provincia de Buenos Aires (pese a la contrarreforma stornellina), en Neuquén y en Chubut, ya funcionan normas muy semejantes.

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Algunos operadores se obstinan en suponer que la ley solucione los problemas de inseguridad.
Imagen: DyN
 
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