SOCIEDAD › LA JUSTICIA ORDENó APAGAR UN CARTEL LUMINOSO ANIMADO EN CARLOS PELLEGRINI

El Obelisco no será Time Square

El juez Gallardo hizo lugar a una medida cautelar presentada por legisladores porteños. Argumentó que la aprobación del permiso para instalar el cartel violó la ley de publicidad y que no se pidió un estudio de impacto para la seguridad vial.

 Por Eduardo Videla

Un fallo judicial le ordenó al gobierno porteño apagar a partir de hoy a la cero el enorme cartel luminoso que una empresa de bebidas gaseosas había emplazado, con autorización del Ejecutivo, en la esquina de Carlos Pellegrini y Diagonal Norte. La colocación de ese letrero fue avalada por una resolución del gobierno porteño que, de acuerdo con la sentencia, vulnera la ley 2936, de Publicidad en la Vía Pública, cuya sanción había sido promovida por esa misma administración: la norma sólo autoriza a colocar carteles de no más de un metro de alto, mientras que el letrero en infracción tiene 21 metros de altura. El fallo también considera que el Gobierno de la Ciudad no realizó ningún estudio previo sobre el impacto que el cartel luminoso podría tener en la seguridad vial.

El fallo fue dictado ayer por el juez en lo Contencioso Administrativo Roberto Gallardo, en respuesta a una medida cautelar solicitada por los legisladores Eduardo Epzteyn y Aníbal Ibarra (del Bloque Diálogo por Buenos Aires) y Martín Hourest (Igualdad Social). El juez ordena la “desconexión y apagado de los dispositivos publicitarios antes de la 0 (cero) hora del 17 de junio del corriente” y dispone que, si no se cumple esa orden, se dé “inmediata intervención a la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal” para solicitar la “inmediata desconexión y apagado” de esos dispositivos, facultando incluso, si fuera necesario, a “allanar domicilio, violentar cerradura y requerir el auxilio de la fuerza pública”.

El cartel luminoso estaba encendido desde el 1o de junio último y fue presentado por las autoridades porteñas como parte de un proyecto para convertir esa zona, denominada “Punto Obelisco”, en una suerte de Time Square porteño. Lo que llamó la atención de los legisladores opositores es que el llamativo letrero había sido autorizado por la misma gestión que dos años atrás había hecho una drástica limpieza de carteles ilegales no sólo en la avenida 9 de Julio sino también en la Lugones, con el argumento de que la contaminación visual podía provocar distracciones en los conductores de vehículos.

De acuerdo con el fallo judicial, el proceso de instalación de ese cartel estuvo viciado por irregularidades. La propuesta de la empresa Fehmsa SA, para Coca Cola de Argentina, fue analizada por la Comisión de Paisaje Urbano, encargada de autorizar excepciones a la norma sobre publicidad en la vía pública. Consistía en una pantalla de Leds (pequeños diodos luminosos de bajísimo consumo) montados sobre una tela perforada transparente, que emitirían imágenes luminosas animadas. Uno tiene 433 metros cuadrados, y el otro, 134 metros cuadrados.

La instalación fue aprobada por la disposición 1970 de la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público –que depende el Ministerio de Ambiente y Espacio Público, que conduce Diego Santilli–, firmada por el arquitecto Juan Carlos Poli, director de esa área, el 28 de abril de este año. Pero en su análisis de la documentación el juez Gallardo advirtió que la Comisión de Paisaje Urbano no llegó a expedirse nunca sobre el mencionado cartel, con lo cual se habría vulnerado uno de los requisitos legales para la aprobación de una resolución.

Según el juez, la ley de publicidad en la vía pública establece que los carteles sobre fachadas en esa zona no pueden exceder la altura de un metro, mientras que el cuestionado alcanza 20,80 metros. Además, el magistrado advierte que la norma prevé que “los anuncios que afecten la seguridad en el tránsito” deben ser “retirados de inmediato, sin notificación alguna”.

Ante la posibilidad de que este enorme letrero luminoso afecte la seguridad en el tránsito, el Ejecutivo debió exigir, “previo a la autorización para colocar el cartel, un estudio técnico vial al respecto”. Tras solicitar un informe a la Agencia de Protección Ambiental, el juez concluyó que “no se ha efectuado estudio de impacto ambiental” sobre ese aviso publicitario. Por esa razón, ordenó el “apagado y desconexión” del dispositivo y le pidió al gobierno porteño que se abstenga de otorgar nuevos permisos para instalar publicidades luminosas animadas. Además, la diputada María José Lubertino presentó un pedido de informes para que el gobierno explique por qué aprobó esa autorización.

Compartir: 

Twitter

El cartel de animación luminosa, con la publicidad de una gaseosa, debió ser apagado anoche.
Imagen: Guadalupe Lombardo
 
SOCIEDAD
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.