SOCIEDAD

Leyes por la salud

La Cámara de Diputados aprobó o dio media sanción anoche a una serie de leyes vinculadas con cuestiones de salud:

- Dio media sanción por unanimidad a un proyecto de ley que establece que los donantes de sangre no deberán ser sometidos a preguntas “lesivas del derecho a la diversidad sexual” al momento de ser habilitados para donar. La iniciativa modifica el artículo 45 de la ley de Donación de Sangre 22.990 y determina que los donantes deben someterse “obligatoriamente” a un examen e interrogatorio “sobre toda enfermedad o afección padecida o presente”, con carácter de declaración jurada. Sin embargo, el texto expresa que “en ningún caso las preguntas podrán ser lesivas del derecho a la diversidad sexual ni referirse a la orientación sexual del donante o al género de las personas con las que éste ha mantenido o mantiene relaciones sexuales”.

- Aprobó con media sanción y por unanimidad un proyecto de ley que obliga a incluir alimentos y bebidas para celíacos en los menúes de restaurantes, hoteles, paradores, bares y quioscos y también en el servicio de catering del transporte público de pasajeros. La norma busca mejorar las condiciones de vida de quienes sufren intolerancia crónica al gluten, una proteína contenida en el trigo, la avena, la cebada y el centeno (TACC).

- Convirtió en ley un proyecto que incorpora la vacuna BCG contra la meningitis al Plan Médico Obligatorio y que ya contaba con media sanción del Senado. En su primer artículo, la norma establece la inclusión “en el Plan Médico Obligatorio de la República Argentina, la vacuna Bacilo de Calmette y Guerín (BCG) para la población pediátrica del territorio nacional”.

- También aprobó un proyecto de ley que regula el funcionamiento de los denominados ‘solarium’ y prohíbe su uso a menores de edad. El proyecto prohíbe la utilización de equipos de emisión de rayos ultravioletas destinados para bronceado en menores de edad. Asimismo, establece que las instituciones que brinde el servicio deberán exhibir toda la información necesaria sobre los daños que se generan en la piel por el efecto acumulativo de los rayos ultravioletas y cuáles son las formas de prevención. Además, establece que los infractores de la ley podrán ser sancionados con multas, sanciones o clausuras y que todos los establecimientos deberán contar con la presencia de un profesional médico de la salud que tendrá a su cargo el control de cada usuario, dejando asentado en una ficha personal la aptitud médica para la utilización de este tipo de bronceado.

- Aprobó por unanimidad y giró al Senado un proyecto de ley por el cual se prohíbe a las estaciones de servicio del país la venta de nafta a los motociclistas que se presenten sin casco. La iniciativa propone que esta prohibición se incorpore, como un artículo, a la ley 24.449, que regula todo lo relativo al tránsito. Según el proyecto, “las estaciones de servicio se encuentran en una situación trascendente para contribuir al proceso de respeto a las normas de seguridad y circulación vial”.

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