SOCIEDAD › MANGERI FUE PROCESADO POR HOMICIDIO AGRAVADO POR “ALEVOSíA”

El encargado se enfrenta a la pena de reclusión perpetua

El juez dictó el procesamiento del portero por el crimen de Angeles Rawson y dispuso que siguiera preso. Como adelantó Página/12 ayer, lo acusó de haber cometido el asesinato con “alevosía”, porque ella no se pudo defender y por la forma en que se deshizo de su cuerpo.

 Por Raúl Kollmann

El juez Javier Feliciano Ríos procesó ayer, con prisión preventiva, al encargado del edificio de Ravignani 2360, por el asesinato de Angeles Rawson. Como adelantó en exclusiva Página/12, el magistrado le imputó a Jorge Mangeri el delito de homicidio agravado por alevosía, que tiene una pena de reclusión perpetua. Ríos consideró que el encargado conocía a la chica desde los seis años, por lo tanto ella se confió, estuvo indefensa, pero también Mangeri la tiró a la basura atada “de las manos y los tobillos”, además de embolsada, completando esa indefensión, “lo que le permitió actuar sobre seguro. Esos elementos son los que conforman la alevosía. El juez no tomó en cuenta ni la autoincriminación ni la negativa a declarar dos veces ni los dichos del taxista que apareció anteayer: se basó en una gran cantidad de pruebas recogidas por él y la fiscal Paula Asaro, con el ADN de Mangeri en las uñas de Angeles como elemento de peso.

La descripción que hace el juez del cuerpo de la chica es agobiante: 34 fracturas, incluyendo amputaciones, golpes y todo tipo de lesiones. La joven en vida registra golpes y fracturas en el cuello, la cabeza y el tórax, pero una de las conclusiones es que la maquinaria de la basura del primer camión que la transportó provocó tal daño que resulta difícil saber exactamente qué golpes le dieron en esa lucha final que el magistrado identifica entre Mangeri y la chica. En otra parte de su resolución, justamente el juez hace alusión a la diferencia de tamaño y peso entre el encargado y la adolescente, otro elemento que lo lleva a la calificación de la alevosía.

Después de explicar cómo se tomaron las muestras de las manos de Angeles y la extracción de sangre de Mangeri, el magistrado señala que en la uña del dedo índice de la mano derecha de la chica, el Cuerpo Médico Forense detectó material genético correspondiente a Mangeri. “La posibilidad de que ese ADN corresponda a otra persona –dijo el genetista al declarar ante el juez– es de una en mil seiscientos billones.” Pero, además, en la misma muestra, los genetistas encontraron ADN de Angeles, lo que indica que no hay ninguna chance de que haya sido una muestra plantada, sino que es producto de la defensa de la joven antes de morir.

Con mayores dificultades se hizo el estudio del material genético de la uña del dedo anular, dieron positivo sólo nueve de los 22 marcadores genéticos, pero los nueve se corresponden con Mangeri. Y lo mismo sucede con el dedo mayor. El juez señala que “si bien en la muestra hay indicios menores de una tercera persona o de contaminación, no puede perderse de vista que el material genético que corresponde a Mangeri fue debidamente hallado en el cuerpo de la víctima”.

Respecto de las lesiones de Mangeri, el magistrado transcribe el dictamen del Cuerpo Médico Forense en el que dice que efectivamente tiene lesiones, pero que ellos no pueden precisar si se las autoinfligió o si esos rasguños fueron ocasionados por un tercero.

Un tramo fundamental de la resolución de Ríos tiene que ver con lo que se llama el indicio de ocasión y oportunidad. Para el juez está muy claro que la chica entró al edificio. Tiene la filmación y, además, su padre, Franklin Rawson, sostuvo que ella no hubiera entrado a ningún otro edificio de esa cuadra. Las imágenes de la cámara en cuestión certifican igualmente que Angeles no fue atacada en la vía pública, algo que hubieran advertido numerosos transeúntes. A esto se agrega el testimonio de la empleada doméstica, Dominga, y la de un hermano, quienes certifican que la joven nunca llegó al departamento. Varios vecinos declararon que cuando salieron del edificio, Mangeri estaba en el hall, o sea que para el magistrado está claro que Angeles entró y se encontró con el encargado. “No surge de ninguna de las constancias del expediente que el imputado hubiera estado presente en otro lugar y ningún otro elemento de prueba permite suponerlo”, analiza Ríos. Aquí el juez deja entrever que ni siquiera el propio Mangeri aceptó declarar para decir que no estaba ahí. Por otra parte, Ríos sostiene que el encargado disponía de los lugares donde pudieron desarrollarse los hechos: el sótano, la terraza y el departamento en el que vivía el portero con su esposa.

El magistrado suma como indicios lo dicho por una vecina que se encontró a Mangeri en la terraza cerca del mediodía. El encargado, en forma inhabitual, no le quiso hablar y estaba vestido con un short y una remera, algo que también le llamó la atención. Asimismo, el juez considera un indicio el hecho de que Mangeri les haya pedido a los vecinos que saquen la basura más temprano aquel día.

En el cuadro probatorio no es un tema menor el manejo de la basura. La chica fue hallada ahí y “la recolección de los residuos estaba exclusivamente a cargo de Mangeri”, dice el juez.

Por último, hay una nítida frase del magistrado destinada a dejar en claro que, al menos por ahora, no hay ninguna sospecha sobre la familia de Angeles ni sobre alguna otra persona. “No existe ninguna otra prueba que pueda desvirtuar la imputación y pese a las intensas diligencias llevadas a cabo, no se pudo identificar a ninguna otra persona a la que pueda vincularse con lo que se investiga.” El magistrado les tomó declaración a todos los vecinos que ni el día del crimen ni antes escucharon discusiones dentro de la familia, como pretendió instalar una falsa testigo.

Hay cuatro cuestiones que el juez no tomó en cuenta ni podía hacerlo:

- La confesión de Mangeri ante la fiscal Asaro, asentada en un acta firmada por la funcionaria y el actuario que estaba presente.

- Las contradicciones de esa declaración testimonial, que fueron numerosas. Como estaba bajo juramento de decir verdad, el juez no las tuvo en cuenta, porque alguien imputado no está obligado a declarar contra sí mismo.

- La negativa a declarar en tres oportunidades de Mangeri, que indican que no tiene ninguna versión para defenderse.

- La declaración del taxista conocido como Leonardo y que manifiesta que junto con Mangeri llevó el cuerpo hasta la Ceamse. Para el juez y la fiscal, esa declaración no está probada (ver aparte) y por lo tanto no se incluyó.

Lo del taxista no es lo único pendiente. Se encontró algún rastro, posiblemente de sangre, en el departamento del encargado. Allí, un lugar húmedo reaccionó ante Luminol, un reactivo que detecta sangre. Se tomaron muestras y se mandaron a analizar. Se encontraron pelos en el sótano y el Cuerpo Médico Forense los está estudiando. Hay otras diligencias que el propio magistrado mandó realizar.

El juez Ríos tampoco incluye un móvil en el procesamiento de ayer. No lo tiene probado, lo seguirá investigando, pero para dictar la resolución consideró que no le resultaba imprescindible: piensa que cuenta con las pruebas suficientes y resolvió incluir sólo elementos que no sembraran dudas.

Más allá de la especulación mediática, el juez y la fiscal cerraron una primera etapa del caso trabajando con bajo perfil, en jornadas que terminaban más allá de la medianoche. El expediente no está cerrado, obviamente. Tiene un largo camino por delante. Y Mangeri afronta el peligro de la reclusión perpetua.

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Jorge Mangeri, con prisión preventiva, enfrenta una acusación que en el Código Penal se castiga con la perpetua.
 
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