SOCIEDAD › LA JUSTICIA RECHAZó EXCARCELAR A BELéN, CUYA DETENCIóN ES DENUNCIADA POR “ILEGAL”

Una preventiva extensa como una condena

La Cámara Penal tucumana denegó el pedido de excarcelación presentado por la defensa de la joven condenada en un juicio arbitrario, tras haber sufrido un aborto espontáneo. El Consejo Nacional de las Mujeres había apoyado el pedido.

 Por Mariana Carbajal

Belén, la joven condenada en Tucumán a 8 años de prisión por “homicidio agravado por el vínculo” tras sufrir un aborto espontáneo en el Hospital Avellaneda, seguirá arbitrariamente detenida en una cárcel de la provincia. La Sala III de la Cámara Penal provincial, que le dictó la durísima sentencia, rechazó el pedido de cese de su prisión preventiva, solicitado por su defensa. Al reclamo de su inmediata libertad, se había sumado el gobierno nacional, a través del Consejo Nacional de las Mujeres.

Los jueces Dante Ibáñez, Rafael Macorito y Fabián Fradejas presidente y vocales respectivamente de la Sala III de la Cámara Penal resolvieron rechazar el pedido elevado para que la joven recupere su libertad. Esa decisión mantendrá a Belén en una celda de la Unidad Penitenciaria N° 4, adonde llegó 25 meses atrás directamente desde el hospital. La joven había llegado al lugar a pedir ayuda médica el 21 de marzo de 2004, estuvo seis días internada y luego terminó presa.

La Sala III es la misma que dictó la condena. En el caso, además, actuó el fiscal de Cámara Carlos Sale. Una defensora oficial se hizo cargo de su representación legal tres días antes del juicio, cuando renunció su abogado.

Antes de la decisión de cesar al prisión preventiva de la joven, el CNM, que preside Fabiana Túñez, envió al tribunal un “amicus curie” con una extensa fundamentación que detalla los derechos de Belén sucesivamente vulnerados por personal de salud, agentes policiales y los propios jueces que la condenaron, a lo largo de todo el proceso judicial al que fue sometida, desde que llegó al centro de salud con dolores abdominales.

En su presentación, el CNM pidió que los médicos y las enfermeras que intervinieron sean investigados penalmente para determinar si cometieron, entre otros delitos, la violación del secreto profesional. “La práctica de obtener confesiones de mujeres que precisan asistencia médica urgente por complicaciones obstétricas para emplearlas en un juicio es constitutiva de tortura o malos tratos”, dice el amicus curiae, al que tuvo acceso Página/12. El CNM reclamó también que se declare la nulidad de las actas que dieron inicio a la causa y que se difundan en todo el país, pero particularmente entre los miembros del sistema de salud y del Poder Judicial de Tucumán, las disposiciones dictadas por el Ministerio de Salud para la atención de abortos legales y de mujeres que llegan a centros de salud con abortos en curso, “a fin de desterrar conductas discriminatorias y de violencia de género que puedan generar responsabilidad internacional del Estado”.

A lo largo de 64 páginas, el CNM dio extensa fundamentación sobre el marco del derecho internacional de los derechos humanos y la legislación nacional, en particular en relación a los derechos que se deben proteger desde el Estado cuando una mujer llega con un aborto en curso a un hospital público. Además, detalló la jurisprudencia reciente dictada por la Corte Suprema, entre otros tribunales de referencia.

El CNM aclaró que se presentó en la causa en el marco de la lucha contra la violencia de género.

El organismo citó el informe de 2013 del Relator Especial contra la Tortura de la ONU, Juan Méndez, quien consideró que “los cuidados médicos que causan graves sufrimientos sin ningún motivo aparente pueden considerarse crueles, inhumanos y degradantes y si hay participación estatal y una intención específica, constituyen tortura”.

También cuestionó que la joven haya sido denunciada por haber supuestamente provocado la muerte de un feto, sin pruebas que la vinculen a ese hecho delictivo, y violándose el secreto profesional que debían cumplir los profesionales de la salud que la asistieron en el Hospital Avellaneda. “El secreto profesional está protegido penalmente y la revelación sin justa causa de los secretos confiados por su paciente relativos a su salud tienen prevista una pena. A su vez el Código Procesal de Tucumán consagra el secreto profesional en distintas normas”, señaló el organismo en su presentación judicial. Al mismo tiempo, adviertió que en los términos de la Ley 26.485, de Protección integral contra la violencia hacia las mujeres, “someter a las pacientes durante la atención médica a interrogatorios coactivos para que confiesen o revelen directamente información sobre conducta ilícitas, a fin de denunciarlas, configura violencia simbólica, física y psíquica”. Belén, vale aclarar, nunca admitió ni en la consulta médica, ni durante el juicio, que se hubiera provocado un aborto. No obstante, se le adjudicó un feto encontrado en un baño del hospital. Nunca se realizó un estudio de ADN para constatar si lo había parido ella.

Tal como informó este diario, uno de los fundamentos principales del fallo que condenó a la joven es que su defensa técnica, llevada adelante por una defensora oficial, no cuestionó los hechos que se le imputaron en el juicio, a pesar de que Belén siempre los negó.

El 3 de mayo Belén pidió al tribunal el cese inmediato de su prisión preventiva para esperar en libertad la condena firme. En el escrito que presentó su letrada, se advierte que mantenerla presa es “inconstitucional” e “ilegal” y que la prisión preventiva es “infundada”. Se detallan, además, las múltiples contradicciones en las que se basa la acusación, por demás endeble, y se acusa al personal que intervino en el Hospital Avellaneda, de San Miguel de Tucumán, de haberle “plantado un feto”.

El pedido fue acompañado por varias hojas con adhesiones de más de un centenar de agrupaciones de mujeres, de derechos humanos, estudiantiles, y políticas de todo el país. Hubo marchas frente a la Cámara Penal y al Palacio de Tribunales en la ciudad de Buenos Aires. El gobierno tucumano, además, empezó a recibir la presión de reclamos del extranjero pidiendo la liberación de la joven.

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El tribunal condenó a Belén a pesar de testimonios contradictorios y pruebas incompletas.
Imagen: Rafael Yohai
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