SOCIEDAD

El crimen de un rehén y el de su captor se juzgan con la misma vara

El policía que había sido condenado por el homicidio de Mariano Witis y absuelto por la muerte de su captor fue considerado ahora culpable de este segundo caso. Así lo determinó el Tribunal de Casación bonaerense, que consideró “discriminatorio” el primer veredicto.

 Por Alejandra Dandan

Para los abogados del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) se trata de un fallo destinado a sentar un precedente jurídico importante. El Tribunal de Casación bonaerense consideró “discriminatorio” un veredicto del Tribunal Oral 3 de San Isidro que condenó a un policía por el homicidio del músico Mariano Witis, pero lo absolvió por la muerte del asaltante que lo tenía como rehén, su captor, ambos hechos ocurridos el 21 de septiembre de 2000. Para el tribunal de alzada, quedó probado que no existió la “legítima defensa” que había argumentado el policía y aceptado el tribunal, ya que Darío Riquelme, el muchacho de 16 años que cayó bajo las balas policiales, “no agredió ni intentó agredir” al suboficial, quien “tiró a matar”. Por esa razón, anuló aquella absolución y dictó un nuevo veredicto condenatorio por homicidio simple, cuya pena ahora deberá cuantificar otro tribunal oral.
El cabo de la Policía Bonaerense Emir Champonois está detenido desde el 10 de mayo de 2001. Hasta ahora sólo cumple con la prisión por homicidio simple de Mariano Witis, un músico al que Riquelme había tomado como rehén para cubrirse mientras intentaba asaltar un banco. El policía le disparó cuando el asaltante lo usaba de escudo humano.
La Justicia condenó a Champonois en 2003 a ocho años y medio de prisión por la muerte del rehén, pero aceptó su argumento de la “legítima defensa” para sobreseerlo por la muerte de la otra víctima. Según Champonois, Riquelme le había disparado. Sin embargo, la sentencia de Casación no sólo dio por probado todo lo contrario, sino que criticó el razonamiento de los jueces de San Isidro: “Está probado que (Riquelme) no agredió, ni intentó agredir al policía”, sostiene. Esa posición quedó avalada por las pruebas periciales sobre el vehículo y por las heridas de bala en el cuerpo de la víctima.
Lo de la agresión “era absurdo”, explica ahora el abogado del CELS, Rodrigo Borda, patrocinante de los familiares de las víctimas. “Porque Darío nunca salió del coche. Recibió una herida en la espalda, de abajo hacia arriba, que lo dejó parapléjico. ¿Cómo es que después aparece intentando defenderse si estaba inmóvil?”
Los jueces de alzada ratificaron esa hipótesis: “De ninguna manera hubo una agresión ilegítima –dijo el Tribunal– que justifique el accionar del policía”. Por lo tanto, sostuvieron en uno de los párrafos centrales que “la diferenciación de los hechos (la muerte de Witis y la de Riquelme) resulta arbitraria”, dado que “no pueden valorarse de distinta manera”.
“Es un serio cuestionamiento a la actuación de estos jueces y deja la puerta abierta para hacer una revisión seria sobre su imparcialidad y para evaluar si actuaron acorde con el mandato que tenían”, asegura el represente legal de las víctimas.
El escrito salió con la aprobación de los jueces Benjamín Sal Llargués y Juan Carlos Ursi y la disidencia de Horacio Piombo, quien entre los considerandos aseguró que la policía sufría una campaña de desprestigio mediático. En línea opuesta, sus colegas optaron por dedicarle todo un párrafo a la corporación policial con indicaciones sobre límites y funciones. El personal policial está autorizado –indicaron– “a usar la fuerza pública sólo en la medida de lo necesario, esto es, de manera razonable, en última instancia y ante el fracaso de otros medios disuasivos; proporcionada por tanto a la resistencia del infractor y siempre que no se inflija un daño excesivamente superior al que se quiere evitar”. Esa regla es otro de los precedentes que podrán aplicarse en otros casos.
Por estas razones, los jueces dictaron un nuevo veredicto condenatorio por homicidio simple contra el policía y decidieron “remitirlo al (tribunal) de origen para que fijen el monto de la pena”, que deberá unificarse con la anterior.
“Insistimos en que la actitud de Champonois después de ser condenado por la causa Witis, lejos de manifestar arrepentimiento, se mantuvo en sus dichos de cumplimiento del deber y correcto desempeño”, expresaron ayer Raquel y Jorge Witis, los padres de Mariano. En una carta, recordaron “un intercambio de risas” del policía y de su abogado durante la última audiencia de Casación, en diciembre del año pasado, cuando se mencionaron los 11 disparos que cayeron sobre el auto de Riquelme.

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El cabo Emir Champonois había argumentado “legítima defensa” en el caso del asaltante muerto.
 
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