SOCIEDAD

Dos resoluciones retardadas

Aunque el aborto no punible que reclamaba la adolescente A.G. en Comodoro Rivadavia, ya se realizó hace semanas en un hospital público de Trelew, el asesor general subrogante de Chubut, Alfredo Mario Pérez Galimberti, apeló el fallo del Superior Tribunal de Chubut que avaló la práctica, con el objetivo de que sea revocado. La sentencia fue la primera de un alto tribunal del país que confirmó que cualquier mujer embarazada como consecuencia de una violación tiene derecho a un aborto no punible. Y abrió paso a que otra chica, María, también de 15 años y víctima de un abuso sexual, en Comodoro Rivadavia, pudiera acceder a una interrupción voluntaria de la gestación. En Bariloche, en tanto, la Cámara Primera del Crimen declaró nula la resolución del juez Martín Lozada que autorizó otro aborto no punible, también de una chica víctima de una violación, cuya práctica ya se llevó adelante. La sentencia de Lozada había sido impugnada por la defensora Paula Bisogni, en representación del no nacido. A pesar de ser un juez penal y no del fuero del Familia, Lozada se pronunció avalando el aborto no punible ante un requerimiento del Ministerio de Salud de la provincia, luego de que un hospital de El Bolsón se negara a realizar el procedimiento solicitado por la chica y su madre. El magistrado fundamentó su decisión de expedirse en que no se podía dilatar más el drama de la niña y obligarla a dar vueltas por los tribunales en busca de una autorización judicial que, en realidad, ni siquiera es necesaria en los casos de aborto no punible.

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