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Domingo, 26 de septiembre de 2004

E-CASH DE LECTORES

E-CASH de lectores

TOPES
Con relación a un artículo publicado sobre un reciente fallo de la Corte cabe una aclaración: el tope indemnizatorio del art. 245 de la ley de Contrato de Trabajo no fue introducido durante el gobierno de Menem, sino que ya se encontraba en el texto primitivo de la ley 20.744 del año 1974; lo que hizo la ley 24.013 de 1991 fue reemplazar el salario mínimo vital y móvil, que se empleaba como tope en aquella norma originaria por el “promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable...” –en principio, más alto que el SMVM–, con lo que se adecuó a los cambios inflacionarios, puesto que el salario mínimo muchas veces había quedado retrasado a este respecto. Por tanto, creo que el artículo induce a confusión.
Gracias y saludos.

Inés Martínez
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FMI
Si un médico se equivoca y muere un paciente, la familia lo lleva a juicio. Si choco por impericia o imprudencia, me suben el seguro y pago los platos rotos. Con este razonamiento simple, si la política del FMI fracasó en Argentina, reconocido por ellos mismos, por qué el pueblo argentino (ya que hay especialistas desocupados o semiocupados) no le hace juicio al FMI (como lo hacen los fondos que invirtieron) y se sienta un precedente de una vez por todas. Es denigrante ver cómo destruyen país por país, economías que si bien no eran sanas funcionaban convertidas en cipayos de un conglomerado de inservibles, que usan a los países emergentes de conejillos de indias con sus recetas macabras. Piden seriedad donde ellos no la tienen, por lo tanto es hora que algún país tome el toro por las astas, enjuicien al FMI por equívocos. Por lo menos para que vean lo que es estar del otro lado.

Maritza Cveljo
[email protected]

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