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Viernes, 28 de noviembre de 2008

SANTA FE › EMPRESARIOS DE SANTA FE PROTESTAN POR UNA LEY

No quieren la emergencia laboral

Aunque sin éxito, la Unión Industrial de Santa Fe intentó que el Senado no convirtiera en ley ayer la emergencia laboral en la provincia. A través de una carta enviada a la vicegobernadora Griselda Tessio, presidenta de la cámara alta, Norberto Velazco, titular de la entidad, advirtió sobre la presunta inconstitucionalidad de algunos artículos de la norma que había aprobado la semana pasada en Diputados y que ayer sancionaron definitivamente los senadores. "Entendemos que estamos a las puertas de una ley de constitucionalidad dudosa, situación que en temas vinculados al mundo del trabajo parece ser una tendencia en la provincia, seguramente fruto de la pasión que caracteriza a los actores implicados en la temática", señalaba la misiva.

El proyecto ayer sancionado declara la emergencia laboral por 180 días en la provincia de Santa Fe, y la creación de una comisión multisectorial para la defensa del empleo, con un seguimiento y con la posibilidad de proponer medidas para superar situaciones de crisis.

La nota de Velazco estaba acompañada por el dictamen técnico firmado por Carlos Garibay, asesor legal de los industriales, quien cuestionó los artículos 5 y 6, a los que considera inconstitucionales.

Para el letrado, el artículo 5 "puede sufrir planteos de inconstitucionalidad al referir a una situación de conflictos individuales que ya está prevista y resuelta en la ley vigente provincial, sin necesidad de hacer referencia elíptica o implícita a los despidos sin invocación de causa y despidos por justa causa y suspensiones disciplinarias. Esa referencia torna de dudosa constitucionalidad el artículo".

En cuanto al artículo 6 (que plantea que cuando a pesar de la expresa prohibición de la Ley 24.013 y el decreto 328/88, el empleador adopte medidas que afecten las relaciones laborales, y no acate la intimación del Ministerio de Trabajo provincial para retrotraerlas, esa actitud será considerada como infracción y calificada como "muy grave"), "entendemos que consuma una nueva inconstitucionalidad. Ello, por cuanto la provincia de Santa Fe aprobó por ley 11.752, el Pacto Federal del Trabajo. Por tanto, el régimen general de infracciones laborales es el mismo previsto en el Pacto Federal y en la ley 25.212. No existe en el régimen general de infracciones una, siquiera similar, a la que define este proyecto", afirma el texto.

"Acordes con la intención expuesta reiteradamente por el sector de mantener los puestos de trabajo y defender la mano de obra, sobretodo la calificada, que representa para las Pymes un elevado capital social porque han invertido en su capacitación, una legislación que no se compadezca con esta idea puede acarrear más perjuicios que beneficios", agrega la nota.

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