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Jueves, 24 de diciembre de 2009

PSICOLOGíA › SOBRE LA NECESIDAD DE UNA LEY INTEGRAL DE SALUD MENTAL

En el camino de la inclusión

El derecho a la salud mental está legislado en sólo seis provincias del país, entre ellas Santa Fe, y está en debate una ley nacional. El tema no concierne sólo al ámbito sanitario, sino también a las condiciones de vida de la población. Epígrafe:

 Por Stella Maris Orzuza*

El Colegio de Psicólogos de la Provincia de Santa Fe de la segunda circunscripción cuenta desde hace más de 10 años con un Foro en Defensa de los Derechos Humanos (Fodehupsi). El 10 de diciembre último se cumplió un nuevo aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ocasión propicia para tomar algunas notas sobre la compleja articulación entre la salud mental y los derechos humanos y efectuar una reflexión crítica que comparto con el lector.

Derechos Humanos y salud mental se encuentran permanentemente, uno de sus puntos de confluencia es la comprensión de la salud mental como un derecho universal y fundamental. Actualmente el derecho a la atención universal de la salud mental de la población se encuentra muy parcial y heterogéneamente garantizado. En nuestro país, solamente seis provincias poseen legislación específica en salud mental que contemplan este punto (Santa Fe, Entre Ríos, Río Negro, Córdoba, San Luis y la ciudad autónoma de Buenos Aires) y un proyecto de ley de salud mental nacional se encuentra en estado parlamentario. Aún cuando los derechos de las personas con padecimiento por/en su salud mental sean contemplados por los documentos establecidos por el derecho internacional como la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) ya que los mismos protegen a todas las personas sin distinción alguna, es necesaria una legislación específica ante la permanente violación de derechos que sufren sea por las condiciones de los tratamientos hegemónicos actualmente existentes o por no recibir ningún tipo de atención, con la gravedad que la salud mental no solamente es un derecho en sí mismo sino que es condición habilitante para el ejercicio de otros derechos.

El plano legislativo al cual se hace referencia permite avanzar en otro punto: la salud mental no concierne exclusivamente al sector sanitario. Las condiciones sociales, culturales, económicas y biológicas también conforman y moldean la salud mental de las poblaciones, y es necesario, para garantizarla, que esas condiciones también sean favorables. La desigualdad social, que crece día a día es la base de múltiples sufrimientos y malestares y las necesidades de atención en salud no están resueltas para un porcentaje demasiado alto de personas. Ello provoca también malestar entre los trabajadores de las instituciones públicas, en cuanto a los profesionales de la salud mental están desbordados por la complejidad cada vez mayor de las situaciones de crisis subjetivas, las dificultades para internar y para externar, la alta demanda y la insuficiencia de turnos en consultorio externo, etc. Estas dificultades se suman a la frustración que crean las condiciones sociales en que se encuentran las personas que consultan ¿qué se puede hacer frente a aquellos y aquellas que tienen un intenso sufrimiento, no sólo por su patología sino por sus condiciones concretas de vida? A esto se suman sus condiciones de trabajo, la supresión de los tiempos para la formación y en muchos casos de su gratuidad, así como la superexplotación de su fuerza de trabajo para cubrir sus necesidades de subsistencia.

En el interior de la compleja situación descrita, se desarrollan múltiples experiencias que despliegan dispositivos contrahegemónicos que atienden a la resolución de las problemáticas psicológicas desde una perspectiva desalienatoria, que respeta la dignidad de los pacientes y apela a las posibilidades de nuevos recursos. Estos intentos, al tiempo que cumplen una función cuestionadora, ayudan a elaborar los malestares que surgen de la tarea.

La vinculación entre salud mental y derechos humanos se complejiza aún más cuando se considera su circularidad, ya que si no se cuenta con la seguridad y la libertad que proporcionan los derechos civiles, económicos, políticos, sociales y culturales es muy difícil mantener un buen nivel de salud mental en la sociedad.

Además, la garantía de los derechos fundamentales de las personas usuarias de los servicios de salud mental no puede alcanzarse sin el acompañamiento de la sociedad, ya que medidas menos restrictivas de la libertad de los usuarios implica una aceptación, por parte de la sociedad, de su convivencia cotidiana con personas que, en algunas circunstancias, sienten, piensan y actúan distinto que la mayoría. Una inclusión que actualmente no está garantizada. La manicomialización no está solamente en los hospitales psiquiátricos, los verdaderos muros para la sustitución de la lógica manicomial son sociales y culturales.

Solamente he abierto esta problemática, para seguir discutiendo estos temas y muchos otros los invito a las 1º Jornadas de Salud Mental y Derechos Humanos "Memorias, subjetividades y cambio social" organizadas por el Colegio de Psicólogos y su Foro de Derechos Humanos a realizarse el 14 y 15 de mayo de 2010. Se encuentra abierta la recepción de los trabajos libres hasta el día 29 de marzo de 2010. Para mayor información pueden remitir sus consultas al mail del Foro de Derechos Humanos: [email protected].

*Psicóloga Coordinadora del Foro en Defensa de los DDHH del Colegio de Psicólogos.

**Agradezco la valiosa contribución del escrito de Diana Kordon, Lucila Edelman, Darío Lagos y Daniel Kersner "Salud mental y derechos humanos. Algunas puntuaciones", en www.eatip.org.ar.

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Los pacientes sufren una violación de derechos por las condiciones de los tratamientos hegemónicos.
 
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