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Jueves, 10 de abril de 2014

PSICOLOGíA › LOS ALCANCES DEL PARADIGMA PROPUESTO POR LA LEY DE SALUD MENTAL VIGENTE

Con nuevas políticas públicas

Cuando el Estado no fija lineamientos fuertes, con sus prácticas, lo que acontece es la determinación de las prácticas por los poderes reales. En este caso, no sólo el de la industria tecno-farmacológica, sino también el poder punitivo.

 Por Leonardo Gorbacz*

La ausencia o debilidad de una política determinada no da por resultado una ausencia de prácticas en un campo específico, sino más bien conduce a que ellas estén determinadas por otros poderes que no provienen de la política, es decir, por los poderes reales. En el campo de la salud mental, así como en el de la salud general, esos poderes reales están constituidos por los intereses de la industria tecno-farmacológica, de los seguros privados de salud y de algunas corporaciones profesionales. A eso, para la salud mental en particular, hay que sumar al poder punitivo, que si bien aparece encarnado por algunos sectores forma parte de la cultura general.

Históricamente, la salud mental ha sido un área relegada, tanto en el plano de las políticas sanitarias como en el de las propias instituciones de salud, lo que no implica que no hayan existido prácticas con una lógica y articulación tal que podemos hablar de "sistema de salud mental", claro que definido más por el poder real que por el poder político.

Parte de esa historia ha comenzado a cambiar en Argentina con la creación de la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones y la sanción de la Ley Nacional Nº 26657, aunque sería más justo decir que esos hechos constituyen un punto de inflexión que reconoce, sin embargo, antecedentes fundamentales en distintos procesos que se han dado en algunos lugares de nuestro país, de los cuales la Provincia de Santa Fe es un ejemplo.

La Ley Nacional de Salud Mental surge en un contexto que le da su eficacia: un proyecto político que pone el acento en los Derechos Humanos y ordena sus acciones en torno al objetivo central de la inclusión social de todos los ciudadanos del país. Es por eso que no se trata sólo de un instrumento legal y sus consecuencias jurídicas, sino también de un proceso de construcción colectiva donde la militancia por los derechos humanos se encuentra con la militancia por un mejor sistema de salud mental, y en un diálogo fructífero con los poderes del Estado logra establecer un marco para un nuevo sistema.

Ese marco contiene algunos ejes fundamentales: la sustitución progresiva de los hospitales monovalentes por servicios de salud mental en el primer nivel de atención y en los hospitales generales, la construcción de una red de dispositivos socio-sanitarios orientados a la inclusión social, el abordaje interdisciplinario -donde no hay supremacía a priori de una disciplina por sobre la otra-, la desjudicialización de la asistencia, la construcción de apoyos para el ejercicio de la capacidad jurídica de todas las personas, el respeto al consentimiento informado como regla general, la internación como recurso excepcional y por el plazo más breve posible, la articulación entre distintas áreas del Estado para promover herramientas que eviten la institucionalización indefinida y la cronificación.

Esos ejes, sin duda, implican un cambio de 180 grados respecto de un sistema que históricamente en el mundo funcionó, primero, bajo una lógica claramente segregativa -encerrar y aislar a los "locos"-, y que luego fue cobijando, sin perder ese objetivo, a los intereses económicos y corporativos propios del sistema de salud. Así, hoy tenemos que las internaciones prolongadas se consolidan por la conveniencia económica de algunas clínicas privadas, o el rotulamiento precoz y la medicalización de problemas comunes en la infancia contribuyen a un doble objetivo: controlar y facturar.

Ni la Ley de Salud Mental, ni la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, ni los posibles nuevos Códigos Civil y Penal -de los que se esperan importantes cambios en materia de salud mental en sintonía con el nuevo paradigma-, garantizan un cambio efectivo. Tampoco las políticas, que son muy necesarias y que hoy están muy bien sistematizadas en un Plan Nacional establecido por el Ministerio de Salud.

Ningún cambio será posible si, más allá de las leyes y las políticas necesarias, no somos capaces de articular una fuerza colectiva capaz de convocar al conjunto de la sociedad, para que pueda remover aquellos obstáculos conceptuales y actitudinales que le impiden integrar en su seno a las personas que presentan padecimientos mentales, y que la han hecho cómplice silenciosa de esos poderes reales que han sobrevivido al paso de los siglos.

No obstante somos optimistas: si continuamos recuperando para la política el terreno que la dictadura y el proceso neoliberal le quitó, estaremos construyendo el mejor reaseguro para llegar a nuestro objetivo.

*Psicólogo. Fue autor del proyecto que dio lugar a la Ley Nacional Nº 26657. Es Secretario Ejecutivo de la Comisión Interministerial en Políticas de Salud Mental y Adicciones de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación. Este texto es un anticipo de la Conferencia "Salud Mental: Legislación y Políticas".

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Con el paradigma propuesto por la ley, la internación es excepcional y por períodos cortos.
 
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