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Sábado, 23 de agosto de 2008

CIUDAD › EL CASO DEL VALLE LARRABURE ENTRA EN NUEVA INSTANCIA JUDICIAL

La apertura de una causa polémica

El juez Bailaque rechazó el planteo de nulidad de lo actuado por Palacín, realizado por el procurador general, Esteban Righi. Otro fiscal deberá expedirse ahora sobre si corresponde la apertura de la causa. Para HIJOS no debe aplicarse la figura de "lesa humanidad".

Aunque no se pronunció sobre la cuestión de fondo -si se trata de un delito de "lesa humanidad"-, el juez federal de Rosario, Marcelo Bailaque, confirmó la validez del trámite judicial realizado por el fiscal Claudio Palacín vinculado con la presunta imprescriptibilidad del secuestro y el crimen del militar Argentino del Valle Larrabure. Como la causa no está abierta formalmente, deberá ser uno de los tres fiscales de primera instancia de los tribunales federales quien deberá expedirse sobre la apertura o no de la misma. La agrupación H.I.J.O.S Rosario repudió la resolución del magistrado y reiteró que aquella figura jurídica debe ser utilizada para juzgar "crímenes contra la humanidad cuyo sello lo determina su gran escala y naturaleza sistemática, en contra de la población civil, en todo o en parte". Las abogadas Ana Oberlin y Nadia Schujman lamentaron "la confusión en que incurren algunas opiniones, asimilando la no investigación y juzgamiento oportuno de ese delito aislado con el exterminio masivo de militantes populares llevado adelante de modo sistemático por el terrorismo de Estado".

Larrabure fue secuestrado por el ERP el 10 de agosto de 1974 durante el asalto a la fábrica militar de Villa María, Córdoba. El ERP sacó del cuartel a Larrabure, y lo encerró en lo que denominaba "cárcel del pueblo" ﷓construida en el sótano de una casa de Rosario﷓ durante poco más de un año. Su cadáver apareció el 23 de agosto de 1975.

En su momento el fiscal Palacín avaló la solicitud de la familia Larrabure, formulada por el abogado Javier Vigo Leguizamón, en febrero de 2007. La familia Larrabure consideró que "el asesinato fue cometido en el marco de un ataque sistemático a la población civil llevado a cabo por las organizaciones terroristas".

Para el fiscal Palacín "el desarrollo de las organizaciones guerrilleras en la Argentina escapa a tipificaciones simplistas; el ERP﷓ PRT no era una fuerza progresista, sino una organización revolucionaria que pretendía instaurar una sociedad marxista inspirada por el faro de la revolución cubana. Desde sus orígenes, consideró que la vía pacífica al socialismo era una imposibilidad, por lo que el cambio social sólo podría llegar a través de una guerra revolucionaria".

El fiscal sostuvo que "la violación de los derechos humanos de Larrabure tuvo lugar en ocasión de un conflicto armado, conforme los lineamientos de la jurisprudencia internacional que en la causa Milosevic ha explicado que el concepto de 'conflicto armado' requiere únicamente que existan grupos armados organizados que sean capaces de librar combate y que de hecho lo hagan".

Ayer trascendió el pronunciamiento del juez Bailaque que confirma el trámite procesal que llevó al fiscal Palacín, aunque el magistrado no se expidió sobre la cuestión de fondo. Sin embargo su resolución permite que la Justicia defina ahora la posible apertura de la causa. "Lo que hizo el juez fue rechazar el planteo de nulidad de lo actuado por Palacín, realizado por el procurador general, Esteban Righi", manifestó el letrado.

Desde Hijos, remarcaron que "constituyen crímenes contra la humanidad actos como: el genocidio, el apartheid, la esclavitud, la práctica sistemática o a gran escala del asesinato, la tortura, las desapariciones forzadas, la detención arbitraria, la reducción en estado de servidumbre o trabajo forzoso, las persecuciones por motivos políticos, raciales, religiosos o étnicos, las violaciones y otras formas de abusos sexuales, la deportación o traslado forzoso de poblaciones con carácter arbitrario; cuando fueran cometidos por un Estado o por grupos que operen con anuencia y complicidad del mismo. El sello de tales crímenes lo determina su gran escala y naturaleza sistemática, en contra de la población civil, en todo o en parte, y una de sus consecuencias fundamentales es que son imprescriptibles".

Para las abogadas de la agrupación "más absurdo y paradójico resulta aún en el hecho puntual del secuestro de Larrabure, en el que es de público conocimiento que sus ejecutores e ideólogos fueron asesinados o desaparecidos por la dictadura, aplicándoseles de facto la pena de muerte a sus responsables".

"Luego de tres décadas de impunidad, el pueblo argentino comienza a reconstruir su historia y a juzgar un proceso que a través del terror y la desaparición nos sumió en la degradación económica, social, cultural y política. Seguiremos avanzando juntos en la construcción colectiva de Verdad y Justicia sin permitir que la demanda desacertada, pero comprensible en un familiar, sea utilizada por los sectores que buscan perpetuar su impunidad".

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Para el fiscal Palacín "el desarrollo de la guerrilla escapa a tipificaciones simplistas".
 
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