“Es totalmente inconstitucional”. Así coincidieron especialistas en derecho constitucional y referentes de derechos humanos en descartar la propuesta de sectores del oficialismo y unas pocas voces opositoras de propiciar el llamado a una consulta popular para expresarse a favor o en contra de la despenalización del aborto, en vez de discutir la problemática de salud pública en el Congreso de la Nación. Los expertos aseguraron que “la Constitución argentina establece que no serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a materia penal” y agregaron que esta maniobra sólo busca aplazar el debate sobre la interrupción voluntaria del embarazo. “Tampoco se puede pretender que una mayoría decida sobre la vida de una minoría. Los derechos humanos no se plebiscitan”, completaron.

Luego de la masiva movilización para pedir por el aborto legal, seguro y gratuito, y cuando mañana ya arranca el debate sobre el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo en el plenario de Comisiones de Diputados, el presidente del bloque Cambiemos en el Senado, Luis Naidenoff, presentó en la Mesa de Entradas de la cámara Alta un proyecto para someter la despenalización del aborto a una consulta popular no vinculante. El senador por la provincia de Formosa dijo que “la sociedad debe involucrarse en un tema como la despenalización del aborto” y consideró que por su importancia “excede a un tratamiento parlamentario”. Adelantó que la iniciativa contemplaría dos preguntas (por sí o por no) para que la sociedad se exprese sobre la problemática: “¿Está de acuerdo con que se regule la interrupción voluntaria del embarazo en las condiciones que la ley determine?” y “¿Está de acuerdo en incluir en la prestación médico obligatoria y gratuita la interrupción voluntaria del embarazo?”.

Además Naidenoff, quien aseguró que “la iglesia es un actor central en el debate del aborto”, agregó –en distintas entrevistas dadas en los últimos días– que en Argentina “se practican 500.000 abortos todos los años”, aunque nunca hizo mención a la necesidad de que esas prácticas sean legales, seguras y gratuitas.

Los rechazos a esta propuesta oficialista no tardaron en llegar. “El artículo 39 de la Constitución Nacional sostiene explícitamente que no serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal. En el caso de la despenalización del aborto, tal como su nombre lo indica, corresponde a la última materia prohibida. Por ende, una consulta popular sobre esta problemática, ya sea vinculante o no, es inconstitucional”, explicó a PáginaI12 el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez. Tanto él como la abogada por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito, Soledad Deza, aseguraron que si bien el artículo de la Carta Magna que regula la consulta popular (art. 40) no especifica sus prohibiciones, se interpreta que corre la misma suerte que las iniciativas populares. “Especialmente se excluye lo atinente en materia penal a efectos de evitar que razones emocionales o de coyuntura influyan en la legislación donde se establecen los límites de la atribución punitiva estatal”, completó Gil Domínguez.

“Hay una certeza: varios legisladores no quieren debatir esta problemática de salud pública. Por eso tratan de dilatarlo lo más posible. Pero los legisladores tienen que dejar de repartir las responsabilidades, no puede ser que busquen una encuesta gratuita utilizando los fondos del Estado para luego llegar más livianos a un posible debate parlamentario”, agregó Deza, quien incluso aseguró que en los últimos sondeos, la mayoría de la sociedad está de acuerdo con el proyecto para la interrupción voluntaria del embarazo.

Ahora bien, ¿qué es una consulta popular no vinculante y quienes las convocan? Según la Ley 25.432, tanto el Poder Ejecutivo como el Congreso de la Nación pueden plebiscitar “todo asunto de interés general para la Nación, con excepción de aquellos proyectos cuyo procedimiento de sanción se encuentre regulado por la Constitución Nacional”. Si se dicta la convocatoria, todos los puntos sometidos a consulta popular deberían ser difundidos “en forma clara y objetiva” por medios gráficos, radiales y televisivos. En ese sentido, Deza y Gil Domínguez alertaron que se podría manipular la iniciativa a partir de la formulación de las preguntas. “Incluso esta propuesta puede ir sobre las causales que hoy en día habilitan al aborto no punible”, aseguró el abogado constitucionalista. Por su parte, al tratarse de una consulta no vinculante, estipula la ley que la regula, el voto del electorado no será obligatorio.

Tanto Naidenoff como Angel Rozas, jefe de bloque de la UCR en la cámara Alta, justificaron el proyecto al citar antecedentes de países en los que la despenalización del aborto fue sometida a consulta popular y destacaron los casos de Italia, Portugal y Uruguay. Sin embargo, no hicieron mención que en el país sudamericano, la propuesta acompañada por sectores conservadores era sólo para habilitar un referéndum para la derogación del aborto no punible sancionado en 2012. No alcanzó ni el nueve por ciento de adhesiones del padrón electoral.

La idea de proponer una consulta popular para retrasar el debate no es una maniobra nueva. El vicepresidente de Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (Falgbt), Esteban Paulón, contó que este mismo mecanismo se usó para dilatar las sanciones de las leyes de género y de matrimonio igualitario. “Lo primero hay que decir es que los derechos humanos nunca se plebiscitan. Y es la misma estrategia que se utilizó en la discusión del matrimonio igualitario: proponen una consulta, ya sea vinculante o no, donde lo que se esconde en realidad es una posición que dificulte la aprobación de derechos”, contó. El subsecretario de Diversidad Sexual de la provincia de Santa Fe agregó que incluso esta maniobra se sienta en una base prejuiciosa que considera que la ley no será aprobada y “la realidad es que la sociedad no le da la espalda a esta problemática”.

Por último, Paulón recordó que otra maniobra utilizada por los legisladores en contra del avance de derechos de la minoría fue pautar audiencias públicas en todas las provincias justo antes de la votación en el recinto. Sin embargo, el referente por los derechos humanos recordó que ese retraso tampoco funcionó. “Fue excelente que se haya invitado a distintos actores de la sociedad porque se desarticularon muchísimos prejuicios: que la ley de género era un interés sólo de las ciudades, que el matrimonio igualitario no tenía importancia en las provincias, entre otras mentiras. Por suerte quedó demostrado que los derechos de las minorías interesan en todo el país”, completó.

Informe: Jeremías Batagelj.