La Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe aprobó el proyecto del Diputado del Partido Demócrata Progresista, Gabriel Real, donde recomienda a Aguas Santafesinas S.A (ASSA) la adecuación y reducción de las tasas de interés por mora que aplica para el pago fuera de término por sus servicios. En su reemplazo se fija una tasa que contemple como límite máximo lo dispuesto en la Resolución Nº 210, del año 2014 del Ministerio de Economía de la Provincia, que fija un interés del 3% mensual, a todas luces más razonable.

ASSA es una empresa del Estado Provincial que se constituyó como sociedad anónima en febrero de 2006 con el objetivo de brindar el servicio de agua potable y desagües cloacales en 15 ciudades de la Provincia de Santa Fe. La empresa se encuentra regida por la Ley General de Sociedades y su participación accionaria se distribuye de la siguiente manera: el Estado de la Provincia de Santa Fe con el 51% del capital social, los 15 Municipios que forman parte de la concesión con el 39%, y el 10% restante a los empleados de la sociedad a través del Programa de Propiedad Participada.

La empresa tiene el deber de considerar el acceso al agua y a los servicios sanitarios que ofrece como un derecho humano, debiendo tener como objetivo de largo plazo lograr el acceso al agua potable para toda la población. "Recibimos muchas inquietudes de particulares, comercios e industrias que poseen el servicio de aguas y cloacas suministrados por ASSA y se nos ha señalado que las tasas de interés por pago fuera de término son excesivas", dijo Real.

En la actualidad, ASSA aplica para el cobro de las deudas vencidas e impagas (en mora) una tasa de interés de 3,175% para el pago a los 15 días de la fecha del primer vencimiento y de 6,35% mensual para el pago a los 30 días. La aplicación de la tasa vigente representa en forma anual un 76%.

Por otra parte, las tasas de interés por mora que aplica el Estado Provincial para obligaciones fiscales se encuentran reguladas en el Art. 103 del Código Fiscal de Santa Fe (Ley 13.260), que no podrá exceder de un 50% al que fije el Agente Financiero de la Provincia de Santa Fe para las operaciones de descubierto en cuentas corrientes. El Decreto 1560/91 autoriza al Ministerio de Economía de la Provincia a determinarlos, razón por la cual éste ha dispuesto en la Resolución 210/2014 la tasa aplicable por pago fuera de término en el 3% mensual.