La Anses apeló ante la Justicia la sentencia que, a principios de este mes, declaró inconstitucional el artículo 2 de la nueva ley de movilidad jubilatoria y ordenó recalcular el porcentaje del aumento otorgado en marzo de este año. El Gobierno busca que la Corte Suprema decida la situación. El equipo económico mostró preocupación por el costo fiscal de un revés judicial sobre la normativa, con la cual se promovió una reducción real del poder de compra de la jubilación. El recorte para los jubilados fue de unos 10 puntos. La principal intención en el Ejecutivo es mostrar que se cumplirán las metas de reducción del rojo fiscal para intentar contener la crisis financiera. 

La ley aprobada a fines de 2017 y en medio de un fuerte clima de conflictividad estableció un mecanismo de ajuste trimestral, sobre la base de una fórmula que contempla el 70 por ciento de la evolución del índice de inflación y el 30 por ciento de la variación registrada por los salarios. En el mecanismo que rigió entre 2009 y 2017, los ajustes se hacían en forma semestral, en los meses de marzo y septiembre (ahora se agregaron junio y diciembre) y, para calcular la recomposición, se observaba lo ocurrido durante todo un semestre.

En el expediente judicial con el pedido del recurso extraordinario para que la causa llegue a la Corte Suprema se incluyó una solicitud para que se declare “el efecto suspensivo de la sentencia”. El fallo, que apeló la Anses, había sido dictado por los jueces de la sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social. La causa fue promovida por el abogado y ex funcionario de la Anses Miguel Fernández Pastor.