Las consideraciones en torno a la objeción de conciencia fueron mentadas de manera recurrente durante el plenario. La reclamaron con vehemencia para profesionales y las instituciones algunos médicos, como la chaqueña Silvia Fernández Lugo, una de las organizadoras de una manifestación en contra de la legalización (que señaló carencias, como la de maternidades seguras, “pero para abortar va a haber abortorios habilitados”) o el radiólogo de Ushuaia Carlos Sánchez Posleman, propietario de una clínica privada (“hemos escuchado aquí que una institución son cuatro paredes, yo siento que somos mucho más que eso”). Del otro lado, críticamente, la refirió la abogada tucumana Soledad Deza, docente de Medicina Legal y de Sociología jurídica, integrante de la Campaña por el Derecho al Aborto, y que, entre otros casos, defendió a Belén, la joven presa 29 meses por un aborto espontáneo que, finalmente fue absuelta luego de que la Corte provincial resolviera que no había ninguna prueba penal en su contra. En la pantalla del Salón se veían dos imágenes que había llevado la tucumana: “una feta de cartapesta”, muñeco usado por los antiderechos en algunas manifestaciones, estacionado en el hospital Avellaneda –el mismo donde fue detenida Belén–, y la imagen de una virgen instalada en el ingreso de otro hospital donde, a sabiendas de que a esa hora se practicaba un aborto no punible a una chica de 11 años violada y embarazada por su padre, se celebraba una misa por el embrión. Esos casos, señaló Deza, muestran cómo se aplica la objeción de conciencia para que deje de ser una “herramienta noble” en manos de “minorías atribuladas” ante el poder de la mayoría, para convertirse en una herramienta obstaculizadora para vulnerar derechos. 

Si la ley admite la objeción de conciencia institucional, advirtió Deza, “habilitarán el retiro fáctico de la interrupción voluntaria del embarazo de ciertas instituciones y obras sociales” y “afectarán la libertad de conciencia y la autonomía de las personas vinculadas contractualmente a esas instituciones objetoras, quienes quedarán sin acceso a una prestación médica lícita por una decisión tomada a nivel ‘Directorio’, no por una decisión propia o de un profesional”. Además, “facultarán a una clínica privada o a una obra social a incumplir con el Plan Médico Obligatorio, afectando el acceso a la salud en condiciones de igualdad”, “suprimirán la obligación de derivar a costa de quien niega la prestación”, “crearán un doble estándar de responsabilidad profesional que sobrecarga a quienes sí respetan la autonomía”. Con una ley así, añadió, senadoras y senadores “afianzarán el estigma de la prestación que concreta la decisión de abortar” y “legislarán sin enfoque de género, porque propiciarán la discriminación en el acceso a la salud”.