El Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de La Plata condenó a los hermanos Martín y Cristian Lanatta, y a Víctor Schillaci a 7 años y seis meses de cárcel por la fuga del Penal de General Alvear, ocurrida en diciembre del 2015. El juez Juan José Ruiz desestimó los agravantes valorados por la fiscalía, que había solicitado 14 años, y dio credibilidad al testimonio de los imputados, quienes durante el juicio insistieron con que la fuga era una cuestión de vida o muerte.

Los siete años y seis meses de condena para los protagonistas de la fuga cinematográfica de diciembre de 2015, que terminó con su recaptura en la localidad santafecina de Cayastá, se suma a la pena de prisión perpetua que los tres cumplen por el triple crimen de General Rodríguez, ligado al tráfico de efedrina.

En su sentencia, el juez Ruiz desestimó los agravantes expuestos por la fiscal Silvina Langone y valoró el testimonio de los imputados para reducir la pena al considerar que con la fuga intentaron protegerse. La fiscal había desacreditado el peligro de muerte como justificación, debido a que solo había sido probado por el testimonio del propio Martín Lanatta en la etapa de instrucción. 

Además, el juez solicitó abrir una investigación sobre el integrante del Servicio Penitenciario que entregó un croquis del Penal para facilitar la fuga de los imputados y además ordenó una nueva investigación por una supuesta responsabilidad en el hecho sobre una lista de 14 ex funcionarios del gobierno bonaerense y nacional, entre ellos Daniel Scioli y Aníbal Fernández.

El juicio oral iniciado en agosto por el TOC 1 de La Plata solo revisó el primer tramo de la fuga. Mediante un juicio por jurados, los tres serán juzgados por "tentativa de homicidio" debido al tiroteo que protagonizaron el 31 de diciembre en la localidad bonaerense de Ranchos, y también irán a juicio por los delitos que investiga la Justicia de Santa Fe, donde la fuga se extendió en los primeros días de enero de 2016.