El ex ministro Julio De Vido fue absuelto por el choque del tren en la tragedia de Once y fue condenado como partícipe necesario de administración fraudulenta de los ferrocarriles, por no haber controlado el servicio como corresponde. La condena de cinco años y ocho meses es casi la mayor que permite el Código para ese delito, pese a que De Vido ni siquiera fue considerado autor, sino partícipe. Los fundamentos del fallo, votado por unanimidad, se leerán el 10 de diciembre: cabe deducir que los autores de la administración fraudulenta fueron los concesionarios del Sarmiento, los hermanos Cirigliano, ya condenados por el mal uso de los subsidios. Pero lo más trascendente para el ex ministro es que el tribunal dictaminó que no tiene responsabilidad penal sobre las 52 muertes de ese choque, lo que hace suponer que los jueces concluyeron que el tren frenaba, como quedó patentizado con la declaración de todos los peritos que actuaron en el caso. Es más, en este juicio Once II naufragó el perito Juan Brito, el único especialista que puso en duda que el tren frenaba. En este juicio admitió que había hecho mal los cálculos. La decisión del Tribunal Oral Federal 2 debería repercutir en la situación de Juan Pablo Schiavi, ex secretario de Transporte, a quien se adjudicó responsabilidad en las muertes.

Conociendo la conformación del Tribunal –con el hombre de la Casa Rosada, Pablo Bertuzzi, como presidente, y Néstor Costabel en la alineación–, la condena era un hecho obvio mucho antes de la lectura de la sentencia. De Vido hizo referencia en sus últimas palabras a que la resolución era cantada: Bertuzzi fue promovido por el Poder Ejecutivo a la Cámara Federal para que intervenga en el caso de las fotocopias de los cuadernos, algo que produjo hasta el rechazo de los pares de la Cámara, porque nunca concursó para el cargo. Rápido para los mandados, quedó todavía en el Tribunal Oral para esta condena.

La condena de un ministro por un choque ferroviario hubiera sido un récord internacional: no ocurrió nunca en la historia. Es que una responsabilidad penal tiene que ver con hechos puntuales, las razones directas de lo que ocurrió. Un ministro no tiene responsabilidad sobre los frenos de un tren o el comportamiento de un motorman o el estado de una formación. Los responsables penales son los que tienen relación directa con lo que ocurrió: si no andaban los frenos, el jefe de mantenimiento; si el motorman no accionó los frenos, el propio motorman; se puede abarcar a quien habilitó para que la formación esté en uso y así sucesivamente. Por ejemplo, con el caso del ARA San Juan: se podrá responsabilizar al jefe de mantenimiento del submarino; al jefe de la flota de submarinos si le dijeron que no estaba en condiciones, pero no al ministro de Defensa ni al presidente de la Nación, que es el jefe de las Fuerzas Armadas, porque no puede estar al tanto de lo que pasa en un submarino. Los distintos criterios muestran la politización de la causa y del fallo en el juicio anterior. Como correspondía, no se responsabilizó penalmente a Macri ni por el ARA San Juan ni por Iron Mountain, ni a Horacio Rodríguez Larreta por los pibes muertos en Time Wharp y, en cambio, se le imputaron las muertes de Once a De Vido o Schiavi.

La investigación de la tragedia de Once estuvo en manos de Claudio Bonadio, que hizo una manipulación asombrosa. En la investigación intervinieron cinco peritos que, después de trabajar largamente sobre el tren, concluyeron que la formación frenaba. Eso, además, se comprobaba en las filmaciones que demostraron que el Chapa 16 entró a velocidad excesiva y terminó frenando en todas las estaciones anteriores. Antes de la estación Caballito llegó a más de 60 kilómetros por hora, algo totalmente prohibido. Los cinco peritos firmaron el dictamen de manera unánime, pero luego uno de ellos, Juan Brito, apareció con otro dictamen diciendo algo distinto de lo que había firmado: sostuvo que no podía asegurarse que el tren frenaba. Lo asombroso es que Bonadio convalidó esto último y denunció a los otros peritos por falso testimonio. Los cuatro imputados fueron Raúl Díaz, perito de la Corte Suprema de Justicia; Horacio Faggiani, de la Comisión Nacional del Transporte; Alejandro Leonetti, de la Secretaría de Transporte; y Julio Pastine, quien actuó propuesto por la empresa TBA, concesionaria de la línea Sarmiento al momento del choque. Todos fueron absueltos.

En paralelo, el perito privilegiado por Bonadio, Juan Brito, fue a declarar en el juicio que terminó ayer y naufragó de manera grosera. Admitió que hizo mal los cálculos e incluso quedó en claro que confundió polvo con óxido, es decir que ni siquiera pudo sostener que la tragedia fue más grave por el óxido. Afirmó ante los jueces que no estudió el metal, sino que lo hizo a ojo.

Como explicó ayer un allegado al tribunal, el maquinista, Marcos Antonio Córdoba, entró en la estación Once a 26 kilómetros por hora. Si hubiera entrado a la velocidad que correspondía, diez kilómetros, no hubiera muerto nadie. No se puede condenar a un funcionario en semejante situación. Lo grave es que, por ejemplo, Schiavi está condenado existiendo esas evidencias. 

Habrá que ver los fundamentos del fallo de ayer, pero el texto es categórico al terminar “absolviendo a Julio Miguel De Vido en orden al restante hecho”. Es decir que los jueces ni le dieron entidad a la imputación, estrago culposo seguido de muerte, que es producir una catástrofe, no de manera intencional, pero con culpa, y que como consecuencia se hayan producido muertes. En resumen, lo que se dictaminó es que el ex ministro no tiene responsabilidad sobre el choque en sí mismo ni sobre las muertes.

Respecto de la administración fraudulenta lo más probable es que en los fundamentos figure que quien maneja el dinero del Estado en una concesión es el concesionario, en este caso los hermanos Cirigliano. Y los funcionarios tienen el deber de vigilar. El delito que se le achaca a De Vido es por omisión, incumplir con el deber de vigilar. El argumento es que había muchas advertencias de que el servicio ferroviario funcionaba mal, que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) le impuso numerosas multas a TBA, la empresa de los Cirigliano, y que eso debió producir la intervención de De Vido. Además, es muy probable que los jueces mencionen que se le permitió a TBA armar una empresa propia de talleres y una empresa administradora, como formas de tercerizar y derivar ganancias. En concreto, lo que se le imputa a De Vido es ser partícipe, por omisión, en el mal uso de los fondos y subsidios destinados al ferrocarril Sarmiento.

El dato llamativo es la magnitud de la condena, cinco años y ocho meses, cuando el máximo del delito son seis años. Pero eso se verá en los fundamentos el 10 de diciembre a las 12. Y después vendrán las apelaciones a la Cámara de Casación.

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