Desde mañana quienes regresen de viajes al exterior por avión podrán ingresar al país con productos por un valor de hasta 500 dólares. Así lo dispuso la AFIP, que decidió elevar la franquicia que hasta hoy es de 300 dólares. En el caso de aquellos que retornen por vía terrestre o fluvial el monto pasará de 150 a 300 dólares.

El cambio en la normativa para ingresar productos al país a la vuelta de viajes al extranjero será publicado mañana en el Boletín Oficial. Hace poco más de un mes la AFIP tomo otra medida en beneficio de los viajeros: autorizó la entrada con un celular y una notebook nueva sin necesidad de declararlos.

Las autoridades aduaneras argumentaron justificó el cambio en que la globalización y el avance de la tecnología había modificado los hábitos y que tanto un teléfono móvil como una computadora portátil eran ahora elementos de “uso personal” como puede ser, por ejemplo, un cepillo de dientes.

Desde la AFIP dijeron ahora que elevar a 500 dólares por persona la franquicia para el ingreso de productos -celular y notebook ya dejaron de contar en esa suma- viene a equiparar el monto con lo que se cobra en los demás países del Mercosur.

Los demás objetos de uso personal, al igual que la ropa, continúan exentos, salvo que por su cantidad se advierta que se pretende ingresarlos con fines comerciales. Como hasta ahora, quienes superen la franquicia de 500 dólares, deberán pagar al ingreso al país un cargo equivalente al 50 por ciento del valor original de los productos que traiga.