Estas primeras líneas son fantasiosas aunque podrían haber ocurrido. Uno imagina al periodista Alejandro Fantino dialogando (en su particular estilo) con el juez federal Alejo Ramos Padilla.

“¿Usted me está diciendo que me espiaban en mi propio programa? ¿Este material que me muestra es auténtico? No le puedo creer, doctor”.

El palique es ficticio, reales las firmas en la solicitada a favor del periodista Daniel Santoro. Tan concretas como las ausencias, que brillan. Entre las presencias: contados profesionales ajenos al Grupo Clarín. Solo un puñado de La Nación, un par de voceros privados del gobierno nacional y de la Embajada.

Entre las ausencias que meten ruido: quienes integran el equipo del programa Animales sueltos y profesionales que no son del Multimedios ni ultramacristas, por caso los de Corea del centro.

Se pesquisan relaciones estrechas, non sanctas, entre funcionarios judiciales, agentes (“de planta” o informales) de inteligencia y periodistas. Más en detalle, cobra fuerza una posibilidad estremecedora: que un periodista haya espiado, en acto de servicio, a colegas del programa en el que todes trabajaban. 

Llaman la atención la carencia argumental y las elusiones de la solicitada. No responde sobre los hechos en debate, silencia datos, pruebas difundidas, reuniones, capturas de WhatsApp. En el expediente judicial no se averigua sobre las relaciones entre periodistas y fuentes sino sobre maniobras ilegales de espionaje, extorsiones, una posible asociación ilícita. La pieza no parece escrita por periodistas profesionales. Quizás sea adrede: su finalidad es ostentar el poder corporativo, reclamar privilegios. En la polémica pierde por goleada o por abandono.

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En simultáneo, la diputada Elisa Carrió tuitea que la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner está condenada en la causa de los cuadernos. Este cronista se perdió algo: por lo visto, se dictaron clandestinamente una Constitución y un código penal alternativos para “los K”. En los otros es imposible condenar sin mediar sentencia.

El fiscal Carlos Stornelli se niega a ponerse a disposición del que juez que lo cita.

El artículo 16 de la Constitución Nacional establece que en la Nación Argentina “no hay fueros personales ni títulos de nobleza”. O sea, repele reglas de protección individualizadas. Stornelli y Santoro las exigen, el Gobierno y los medios hegemónicos los bancan. Acentúan la degradación del sistema democrático en la etapa macrista. Desde ya: nadie debe ser condenado sin juicio previo. Ni está exento de comparecer a estados judiciales.

Este cronista agrega que, más allá de la potencial comisión de delitos que deberá juzgarse con todas las garantías, adscribe a la cultura barrial que repudia a los delatores.