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UNA DECISION JUDICIAL PODRIA FACILITAR JUICIOS EN CADENA CONTRA EDESUR
Ahora, una vela a San Francisco

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En febrero último, los usuarios protestaron con fogatas contra los cortes de luz sin precedentes en la Capital Federal

Ante una presentación de la ombudsman Alicia Oliveira, el juez Francisco de Asís Soto decidió que no sirven las medidas de prueba que pidió Edesur para argumentar que no es económicamente responsable de los daños y perjuicios provocados por el gran apagón de febrero. En un mes, sentencia.


Por Martín Granovsky
t.gif (862 bytes)  Decididamente, Edesur no tiene a los santos de su lado. El juez Francisco de Asís Soto despreció ayer por "superflua" toda la prueba ofrecida por la empresa en un juicio sumarísimo pedido por la ombudsman porteña Alicia Oliveira. Con los datos ya pasados en limpio, Soto debe fallar dentro de un mes. Si condena a Edesur, los usuarios fastidiados por el último corte de luz podrían desencadenar una cascada de juicios civiles por daños y perjuicios.

La resolución del juez dice textualmente: "Desestímase por superflua la prueba confesional, testimonial, informativa, inspección ocular y periciales ofrecidas".

Francisco de Asís respondió de ese modo a un pedido de Oliveira. Para la ombudsman, Edesur había ofrecido al juez "excesiva prueba" con "un fin meramente dilatorio". Además, si el magistrado hubiera accedido al reclamo de la empresa eléctrica las pericias habrían resultado carísimas para el Estado.

Oliveira explicó a Página/12 que eligió la variante del juicio sumarísimo, por la que Soto resolvió ayer mismo su evaluación de las pruebas, porque era "lo más parecido a una acción de clase". La defensora del pueblo no hablaba, sin embargo, desde Carlos Marx sino parapetada en la experiencia del Derecho sajón.

--La acción de clase se interpone cuando un problema afecta a un grupo de personas, en este caso los usuarios --dijo Oliveira--. Así como en la reconstrucción del pasado apelamos al derecho a la verdad, que también viene del Derecho anglosajón, en temas de consumo no podemos quedarnos con una visión napoleónica de la verdad jurídica. El escrito que presentó la Defensoría con el patrocinio del doctor Eduardo Monti dice que la presentación de Edesur parece no demostrar el paso del tiempo. Tal vez hubiera tenido vigencia el siglo pasado, o en el mejor de los casos hace por lo menos 30 años, pero ahora...

El juicio sumarísimo llevará a la sentencia en un mes o a lo sumo un mes y medio. De otro modo, el trámite normal de los juicios civiles podría extender ese plazo a meses o años.

Edesur ya pagó a los consumidores una compensación por los cortes, que le fijó el Ente Nacional Regulador de Energía (ENRE). Por eso no quiere pagar más.

--Los usuarios ya se enriquecieron sin causa --dijo el abogado de la empresa eléctrica.

Enriquecerse sin causa no es necesariamente un delito. Sucede cuando un contrato favorece de más a alguien que no buscaba tanto. Entre la documentación que aportó Edesur a Soto figura el testimonio de una usuaria --estudiante-- que confesó su asombro porque ganaría más con la indemnización que en su futura carrera.

El problema, ahora, supera al monto de las compensaciones que Edesur ya pagó. Lo que discuten los usuarios en la Justicia es si la responsabilidad civil de la empresa está probada. Algunos consumidores iniciaron individualmente demandas a diferentes jueces, y deben esperar la contestación con paciencia. Otros no empezaron ningún juicio. Para todos, el próximo fallo de Soto cambiaría la situación:

* Si el juez falla en contra de la ombudsman, dirá que Edesur no es civilmente responsable de los cortes de luz. O sea, no debe pagar más de lo que ya pagó.

* Si el juez falla a favor de la Defensoría del Pueblo, significará que Edesur es civilmente responsable por el apagón. O sea, debe pagar.

En el segundo caso, cada perjudicado podrá presentarse a la Justicia esgrimiendo el fallo de Francisco de Asís con el camino facilitado. Ni siquiera deberá discutir si Edesur estuvo mal o bien. Estará claro que la empresa tiene la culpa. Entonces los consumidores solo deberán demostrar que esa culpa los perjudicó, y cuánto los perjudicó.

--Con nuestra presentación queremos facilitar el acceso de los ciudadanos a la Justicia --dijo Oliveira.

Edesur también es previsora. Sus abogados Orlando Constantino Guala y Alvaro Eduardo Estibariz anunciaron que, si pierden, recurrirán a la Corte. Su argumento es que si la ombudsman tiene éxito eso podría provocar "perjuicios a la ecuación económico financiera de Edesur SA, violándose en consecuencia el derecho de propiedad" fijado en el artículo 17 de la Constitución. También invocará el artículo 14, que permite ejercer industria lícita, y se remitirá al derecho al debido proceso.

El razonamiento de la compañía es que la defensora porteña no es quién para arrogarse la representación de los usuarios, que la acción de clase no existe y que las presentaciones deben ser individuales.

Hay que ver cuál es la opinión de Francisco de Asís.

 

¿Para qué más peritos?

Los procedimientos por los cuales Edesur ofreció aportar pruebas, y que el juez Francisco de Asís Soto desdeñó ayer, incluyen la citación de cinco personas a prestar declaración testimonial, el envío de oficios a once organismos públicos y empresas privadas y la inspección ocular de las oficinas de la empresa eléctrica en San José 140. La compañía también quería que un perito de profesión contador cumpliera una verdadera investigación. Debía establecer, por ejemplo, el detalle de las inversiones para la central Azopardo. Otro perito, de profesión electricista, debía pesquisar los proyectos eléctricos, la previsión de la empresa al iniciarlas, la calidad de los planos, la ejecución de las obras y la calidad de los cables de Pirelli usados por Edesur. El juez fue tajante. Calificó los procedimientos sugeridos por la empresa de superfluos y debe fallar si, con la documentación pública y los informes del ENRE, la empresa es responsable.




Si pagó es que antes dañó

t.gif (862 bytes) Según la ombudsman, no hay ni un kilowat de duda de que Edesur es responsable por los cortes. Si Edesur indemnizó, es que "hubo daño y responsabilidad", dice el escrito de Alicia Oliveira. Y señala su "extrañeza" por la conducta de la empresa, que en su opinión cumplió los siguientes pasos:

* Aceptó las resoluciones del ENRE sancionando a Edesur.
* Admitió incluso la resolución que "estableció una sanción compensatoria mayor que aquella ofrecida en principio por su parte".
* Reconoció "su responsabilidad en los daños causados". Por ejemplo, el escrito de Edesur indicó que "nuestra mandante es consciente de los inconvenientes que motivó tal evento" (eufemismo por corte). En otra parte, alegó que la Defensoría no es apta para representar a los usuarios por los "perjuicios" del apagón.
* Sin embargo, dice Oliveira, Edesur "cuestiona la responsabilidad y el daño evidenciando una situación contraria a sus propios actos".

LA COMPAÑIA ELECTRICA QUIERE EVITAR LOS PLEITOS
El lucro cesante despierta pánico

 

t.gif (862 bytes) Si dentro de un mes o un mes y medio el juez Francisco de Asís Soto la declara civilmente responsable, a Edesur no le habrá servido de nada su maniobra posterior al apagón de aparecer pagando "voluntariamente" más de lo que le había fijado como multa el Ente Nacional de Regulación Eléctrica. Y aparecerá en escena el fantasma que más teme: los juicios por lucro cesante.

Los afectados por los once días a oscuras, el apagón más largo de la historia argentina, recibieron sumas distintas de acuerdo al uso de electricidad. Correspondió más a los comerciantes y menos a los consumidores particulares.

Las estimaciones indicaron que el corte perjudicó a diez barrios de Buenos Aires donde viven unos 150 mil usuarios. Si cada consumidor representa a otros tres de su familia, la falta de luz habría hecho insoportable, en medio de los 30 grados del verano, la vida de 600 mil porteños.

El corte fue el primer gran test de la relación entre los prestadores de servicios públicos privatizados con los usuarios, y sirvió para medir el funcionamiento de los organismos de control. Pasado el primer escalón, el test mide en este momento la respuesta de la Justicia ante la catarata de reclamos por el apagón.

Una pista sobre el futuro puede extraerse de la intervención de Rubén Manusovich, presidente de la Federación de Cámaras y Centros Comerciales, en una audiencia convocada en marzo por el ENRE. Manusovich exigió una "compensación standard por estrago" de 10 mil pesos para profesionales o kioskos, 15 mil por edificio de propiedad horizontal y 30 mil por comercio minorista.


Claves

* La Justicia ya había aceptado a la ombudsman porteña como parte en el juicio contra Edesur.
* Ayer dijo que los pedidos de prueba presentados por la empresa están de más.
* Si las dos decisiones indican que habrá un fallo favorable a la defensora Alicia Oliveira, los usuarios no tendrán que probar que Edesur es responsable y debe pagarles.
* Los afectados por los 11 días de apagón sólo deberán demostrar que ellos fueron perjudicados y decir por qué y cuánto dinero representa el daño.
* Los reclamantes ahorrarán así pasos judiciales y bajarán el costo profesional de las demandas.
* El fallo de Francisco de Asís Soto se producirá en un mes o un mes y medio.

 

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