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La Federal asegura que esta
 entre sus funciones espiar a personas y organizaciones politicas 

Una confesión de parte de los muchachos de Rubén Santos

La Policía entregó un informe a la Justicia sobre las actividades de la agente Mónica Amoroso, acusada de espiar al partido de Gustavo Beliz. Reconoció que la mujer es �agente secreto� y argumentó que la fuerza puede buscar información �en el ámbito político�. La Constitución lo impide.

En su presentación judicial, en nombre del Ministerio del Interior, la Federal intenta justificar sus operaciones de inteligencia.

Por Irina Hauser

La Policía Federal reconoce que una de las funciones de sus agentes de inteligencia es �la realización de tareas de búsqueda de información sobre las actividades y propósitos de personas, grupos, entidades y organizaciones con actuación en el ámbito político�. Esto equivale a decir que los azules pueden espiar las actividades de cualquier agrupación política, algo que se opone a los preceptos de la propia Constitución Nacional. El textual es parte de un informe presentado por la fuerza policial ante el juzgado de Martín Silva Garretón e intenta justificar la supuesta infiltración de una espía de la Federal dentro de Nueva Dirigencia, el partido que conduce Gustavo Beliz. En el fuero federal analizan la posible comisión de abuso de autoridad e incumplimiento de sus deberes por parte de la mujer y de sus jefes de la Policía. 
Mónica Amoroso era ante sus amigos, parientes, conocidos y para el público general, la pareja y jefa de despacho del legislador de Nueva Dirigencia Miguel Doy, mano derecha de Beliz. A fines de abril se supo que esa rubia que solía pasearse en tailleur por la Legislatura porteña tenía una doble vida: también era agente secreta. Cuando estalló el escándalo, Doy le dijo a Página/12 que jamás había tenido �ni la más mínima sospecha� de que la dama con quien compartía hacía dos años su vida y su casa era una espía de manual desde 1983. Al enterarse, la denunció junto con Beliz ante el juzgado de Jorge Urso. En el fuero contencioso administrativo presentaron un pedido de hábeas data para saber qué información sobre ellos y la agrupación existe en organismos del Estado. 
Lo que, así contado, parece un culebrón con mezcla de novela policial, tuvo serias derivaciones. No sólo porque en los primeros quince días transcurridos desde que se conoció la denuncia ni el ministro del Interior, Federico Storani, ni el jefe de la Policía Federal, Rubén Santos, ni los funcionarios del gobierno anterior aclararon el tema. Sino porque el informe que los apoderados de la Policía Federal enviaron �también en nombre de la cartera de Interior� al juez Silva Garretón, dice que la fuerza tiene una Dirección de Inteligencia cuyos miembros están facultados para hacer tareas de rastreo de datos sobre partidos políticos �a fin de prevenir toda acción tendiente a alterar, afectar o violar el orden constitucional�. 
El mismo documento, al que tuvo acceso este diario, confirma que Amoroso, de 44 años, es auxiliar primero de inteligencia de la fuerza, tiene un legajo personal con el número 1592 y pertenece al Departamento Asuntos Nacionales de la Superintendencia de Interior. Pero, aclaran, �no recibió orden alguna (...) para infiltrarse y recabar datos del Dr. Gustavo Osvaldo Beliz y de su entorno partidario�. Al partido de Beliz ingresó en 1994 y llevaba la batuta en el despacho de Doy desde 1997. Los cargos que tenía en uno y otro lugar, según la Policía, no son incompatibles. 
Las fuerzas de seguridad tienen prohibido hacer espionaje político. �Argentina cuenta con una resolución que en 1993 suscribió el Consejo de Seguridad del Ministerio del Interior que prohíbe la reunión de información y toda tarea de inteligencia sobre personas por razones políticas, religiosas o raciales�, explicó Eduardo Estévez, especialista de la UCR en temas de inteligencia. �La norma en cuestión surgió a raíz de casos de espionaje ideológico a docentes, estudiantes y organizaciones gremiales cuando el propio Beliz era Ministro del Interior�, señaló. 
Aunque en la Ley de Seguridad Interior no figura ningún impedimento explícito acerca de las tareas de inteligencia, deja en claro que los cuerpos policiales y las fuerzas de seguridad del Estado deben ajustarse en su accionar a las �normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes�. En el expediente penal que llevan el juez Urso y los fiscales Oscar Amirante y Guillermo Marijuán, algunos investigadores analizan si Amoroso y sus superiores policiales incurrieron en los delitos de abuso deautoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, dos figuras que a su vez pueden remitir a la posible violación de garantías constitucionales como la libertad de ideas y a la privacidad. En esta causa, también están denunciados Storani, Santos, y el secretario de Seguridad Interior, Enrique Mathov. Para empezar, Urso pediría en estos días la indagatoria de Amoroso; también podría interrogar a jefes policiales. Por su parte, Silva Garretón pediría más explicaciones al Estado. 
El reporte que mandó la Federal a la Justicia �que firman los abogados Gustavo López Azcurra y Susana Amalia Aveni� dice más cosas. Admite, por ejemplo, que la Legislatura estaba dentro de la órbita de interés de la agente Amoroso y que todo era para proteger al Presidente. El texto dice: 
  Que era tarea de la espía �la obtención de distintas legislaciones aprobadas en el Cuerpo, fechas de tratamiento de algunas en especial, que por sus características pudieran tener algún tipo de concentración popular a favor o en contra de su sanción para prever en consecuencia medidas adecuadas con personal uniformado y eventuales participaciones en el segundo anillo de seguridad presidencial, en función informativa y prevencional sobre asistentes a fin de detectar cualquier actividad que pudiera afectar o atentar contra la persona del Primer Mandatario...� 
  Que, a pesar de que la verdadera identidad de la mujer ahora se sepa, �el Decreto Ley Nº9021/63 establece que: �Ante requerimientos judiciales o de otras autoridades, el jefe de la Policía Federal estará autorizado a no revelar la existencia del personal del Cuerpo de Informaciones�. 
  Y reprocha a Beliz haber basado su denuncia en una nota periodística de la revista Noticias. Al respecto, la Policía acusa: �La nota en cuestión se apoya en una relación sentimental entre un legislador porteño y la señora Amoroso, cuya segunda profesión éste desconocía y que fundamentalmente no le fuera revelada por ella �por temor a perderlo�, según ella misma confiara al tenerse conocimiento de su relación de convivencia, lo cual se refuerza ante la situación emocional que, se observa, atraviesa. Desde ya aseguramos a V.S. que se trató de una mera coincidencia y a circunstancias de la vida (...) que hayan derivado con el tiempo en una relación afectiva y quizás en una militancia partidaria�. Por todo esto, concluyen, el caso �debería tratarse� en �un Tribunal de Familia�. 
Si Amoroso pasaba información sobre Nueva Dirigencia o si era ñoqui de la Policía, en cualquiera de los dos casos la Federal tendrá que dar alguna explicación. 


Los límites constitucionales

Daniel Sabsay *. 
�Zona peligrosa�

La presentación de la Policía y el Ministerio del Interior parece sugerir que está permitido espiar a los partidos políticos. El párrafo que hace referencia a ese tema está en una zona gris, sumamente ambigua. Y la zona gris del párrafo, teniendo en cuenta los antecedentes de cómo han actuado los servicios que han hecho seguridad interior �que se la pasaron persiguiendo personas que no estaban acusadas de nada�, es muy peligrosa. No se puede violar la intimidad de las personas, como dice claramente el artículo 19 de la Constitución Nacional. El único caso en que las fuerzas de seguridad pueden buscar información e inclusive �pinchar� teléfonos es si existiere una orden judicial basada en un proceso concreto en el que haya semiplena prueba de que se ha cometido un delito. Si se viola la intimidad de los partidos políticos sin fundamentos legales, entramos en un sistema oscurantista. El Watergate, después de todo, se trató de un caso de espionaje con la connivencia del poder político, y produjo nada más ni nada menos que la caída de un presidente. Creo que las funciones de la policía deben quedar claras. Para eso la Carta Magna incluye un artículo en el que se busca proteger la �zona de reserva� o derecho a la intimidad. 
* Profesor titular de Derecho Constitucional de la UBA.

Jorge Vanossi *. 
�Hay una valla�

Hay una valla imposible de franquear: el artículo 19 de la Constitución Nacional. Ese artículo dice que las acciones privadas de los hombres están exentas de la autoridad de los magistrados y reservadas al juicio de Dios. Que la policía esté presente en un acto político es una cosa. Otra muy distinta es que haya infiltrados de esa fuerza en una reunión en un local partidario, en una casa particular o en una cena privada. La Constitución tampoco permite la violación de papeles privados ni que se afecten las comunicaciones. Todo esto atenta contra la privacidad de las personas, salvo que un juez haya ordenado expresamente a la policía este tipo de medidas. 
* Constitucionalista.

UNA SAGA QUE ES INVESTIGADA POR DOS JUECES
Historia de amor, política y espías

  29 de abril. En una nota de la revista Noticias, se informa que Mónica Amoroso, por entonces pareja y jefa del despacho del legislador de Nueva Dirigencia Miguel Doy, trabaja desde 1984 en el área de Inteligencia de la Policía Federal con el rango de auxiliar primero. La nota informa también que Amoroso cobraba 1300 pesos como policía y 1800 como jefa de despacho en la Legislatura porteña y que desde 1993 logró acceder al círculo íntimo de Gustavo Beliz. �Esto es gravísimo. Si se verifica esto que me transmiten, el comisario Santos y el ministro Storani van a tener que darme una explicación muy contundente�, dice Beliz, por entonces candidato a vicejefe de gobierno de Encuentro por la Ciudad.
  30 de abril. Beliz responsabiliza al ministro del Interior, Federico Storani, y al jefe de la Policía, Rubén Santos, de ser �los responsables principales� por el �caso Amoroso� y anuncia que presentará querellas criminales contra ambos funcionarios. Storani responde que �Beliz debería investigarse a sí mismo� porque, cuando el líder de Nueva Dirigencia era ministro del Interior, Amoroso ya integraba la fuerza.
  3 de mayo. Miguel Doy firma la querella criminal por espionaje público que finalmente Beliz presenta contra Storani y Santos, y también contra el secretario de Seguridad, Enrique Mathov, y contra Mónica Amoroso, la espía. En el fuero contencioso administrativo, presentan un pedido hábeas data, para saber qué información sobre Nueva Dirigencia poseían los organismos del Estado. Ese día, Doy le dice a Página/12 que no tenía �ni la más mínima sospecha� de que la mujer con la que compartía desde hacía dos años su vida y su casa era una agente secreta. Por supuesto, la pareja se separa. Doy se va a vivir a casa de sus padres. 
  6 de mayo. El ministro del Interior, Federico Storani, confirma finalmente que Mónica Amoroso es policía, pero no le da mayor trascendencia al asunto.
  17 de mayo. Se confirma que Amoroso, además de policía, era agente de inteligencia. El juez Jorge Urso realiza un allanamiento en el Departamento Central de Policía y secuestra recibos de sueldo de Mónica Amoroso. �Si esta mujer sigue trabajando como espía, Storani y Santos son los responsables. Lo mínimo que se puede pensar es que cobrara de la caja policial sin trabajar, algo igualmente reprochable�, dice el diputado y abogado Alfredo Castañón, que representa a Beliz y Doy en el fuero federal. �Sabemos que ella mintió porque cuando la designaron en la Legislatura dijo que antes sólo había trabajado en una empresa de productos plásticos, pero lo que más nos importa es llegar al fondo del asunto�, agrega el legislador Abel Fleitas, abogado del hábeas data. Y el fondo de la cuestión, hoy ya se sabe, es la peor de las hipótesis que podían formularse: Amoroso es espía.

 

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