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¿ES LICITA? ¿ES UNA INCITACION AL CRIMEN? ¿UNA INVASION DE LA PRIVACIDAD?
El debate de la cámara oculta

Una periodista, dos sindicalistas, un 
jurista, un politólogo y un dirigente 
político debaten el caso de Juan Ladina, que fue filmado pidiendo una coima con una cámara oculta. Hay acuerdo en que su uso es válido, pero también temor por su abuso.

Juan Ladina, número dos de la UOCRA de la Capital, expulsado y procesado por pedir coimas.
Junto a otros cuatro delegados, fue estrella de una filmación realizada con una cámara oculta.


t.gif (862 bytes) Juan Ladina era el número dos de la seccional porteña de la UOCRA hasta que una cámara oculta de Canal 13 le costó el puesto. El miércoles, �Telenoche investiga� mostró al ya por entonces ex directivo del gremio de albañiles y ex secretario de Cultura de la CGT de Hugo Moyano pidiendo coimas a ejecutivos de empresas constructoras para no percibir infracciones a las normas de seguridad que el gremio, por ley, supervisa. Ladina y otros cuatro delegados fueron vistos y oídos con toda claridad demandando el dinero en nombre del sindicato. El tape del programa ya abrió una causa legal, un escándalo en las filas de los atacados sindicalistas y un debate sobre la legitimidad ética y legal del uso de las cámaras ocultas. ¿Es una incitación al delito? ¿Una invasión inexcusable ni por el combate a la corrupción? ¿O una arma legítima de investigación. El prestigioso jurista Rafael Bielsa explicó para Página/12 los argumentos legales (ver opinión en esta misma página), mientras que personalidades de la política y los medios discutieron el tema.
Para la periodista Magdalena Ruiz Guiñazú, existe una sola pregunta que debe hacerse: �Si las cámaras ocultas no hubieran descubierto lo que descubrieron, ¿quién lo hubiera dado a conocer?�. El problema es, en realidad, que �desgraciadamente la situación que vive la Justicia en nuestro país hace que el periodismo haya ido ocupando un lugar que no le estaba asignado. Pero mientras la cámara oculta sea veraz, es decir que lo que se difunda sea el documento original, me parece que es un elemento de trabajo muy importante. Al ser oculta, y éste es un dilema que cada profesional se planteará, en algunos casos habrá que contemplar si lesiona la intimidad de las personas. Yo no soy jurista como para evaluar la fuerza probatoria de la cámara oculta. Cada juez lo dictaminará�. 
Héctor Recalde, jefe de abogados de la CGT Rebelde, valora la cámara oculta, pero con cautela. �El riesgo que se corre es que con el avance tecnológico es posible adulterar la prueba. Como ejemplo tenemos la película Gladiador, en la que por intermedio de una computadora se modifican las imágenes. Para aventar estos riesgos, hay que tener certeza de que no hay adulteración. En el caso del juez federal Ferrer, o este episodio con los delegados de la construcción, no hubiera sido posible obtener una prueba sin este medio técnico. Yo creo que debería mediar una autorización judicial para utilizar una cámara oculta. Porque de esta manera se logra el equilibrio entre la protección a la intimidad y la defensa de la sociedad frente a la posible comisión de un delito. Puede ser un medio de prueba en la medida en que haya certificación de que no está adulterado. El juez tiene que revisar ese medio de prueba para comprobar que no está adulterado.� 
José Nun, politólogo, ve en el caso una colisión entre dos bienes públicos que deben ser defendidos: �Por una parte, el derecho a la privacidad y, por la otra, el castigo del delito. Cuando esto ocurre, me parece que debe priorizarse uno u otro según las características del contexto. En la situación argentina, con los niveles de corrupción que se han generalizado, y los infinitos recursos para tapar la comisión de estos ilícitos, me parece que es legítimo que la sociedad se defienda apelando a instrumentos como la cámara oculta, siempre y cuando la Justicia ponga el máximo cuidado en evaluar la autenticidad de la prueba. Son tanto o más corruptos los empresarios que les pagan coimas a los presuntos dirigentes sindicales como estos últimos. Y la peor forma de corrupción que padecemos los argentinos no es susceptible de ser analizada por cámaras ocultas, sino que tiene que ver con la sistemática confiscación que se está haciendo del bienestar de las mayorías por parte de grupos de intereses minoritarios�.
La dirigente sindical del gremio de Aeronavegantes y diputada nacional por la Alianza Alicia Castro lamenta que �los hechos conocidos de corrupción a veces tiñen con un manto de sospecha a toda la actividad sindical, cuando hay miles de dirigentes sindicales trabajando a diario con esfuerzo, con honestidad y sacrificio. Muchas veces hay interesesocultos. Hace un tiempo un spot publicitario del Gobierno intentaba desprestigiar al sindicalismo, cuando en realidad una sociedad plural y democrática debe reforzar al gremialismo como un actor central en la búsqueda de equilibrio en las relaciones del capital y el trabajo. El hecho particular de Ladina y los otros delegados me parece penoso. Es una inmoralidad que debe ser castigada con el mayor rigor. Es importante que el propio secretario general de la UOCRA haya tomado la iniciativa de presentarse ante la Justicia. La realidad nos muestra que hay hechos de corrupción en el sindicalismo, en la política, en las privatizaciones (como la de Aerolíneas), en la Policía Federal, en la Justicia, en las empresas. Todos estos casos deben ser perseguidos con el mayor rigor, pero no deben dar lugar a generalizaciones�. 
Julio Bárbaro, dirigente justicialista, piensa que el problema central de los argentinos �es terminar con la impunidad. Si hay elementos tecnológicos que nos permiten terminar con ella, hay que utilizarlos. La cámara oculta es una forma de terminar con una intimidad que no tiene que ver con proteger al individuo, sino básicamente con proteger la corrupción. Toda forma de combatir la corrupción es válida: una cosa es la intimidad de la persona y otra muy distinta proteger al individuo que en alguna medida está atacando a la sociedad. El gran tema es que los argentinos no creemos en la Justicia. Por eso mismo, todo lo que se haga por construir la Justicia desde la sociedad es válido. Todo aquello que no transite por la agresión a la sociedad, como la intimidad individual, tiene que ser respetado. Pero éste no es el caso del corrupto. La intimidad del corrupto no es intimidad�. 


opinion
Por Rafael A. Bielsa

Una mirada jurídica

El empleo por parte de la televisión de cámaras ocultas, y lo que en el derecho se llaman genéricamente técnicas de investigación encubiertas (agente encubierto, entrampamiento, arrepentido, escucha telefónica), comparten un interrogante: ¿debe o no tolerarse la existencia de alguna forma de engaño para alcanzar la verdad?
Una aproximación jurídica a la cuestión de las cámaras ocultas tiene, por lo menos, tres aspectos sobre los que vale la pena reflexionar: el primero reside en responder si el mecanismo propio de la herramienta no constituye una instigación a la comisión de un eventual hecho delictivo. El segundo, sobre qué validez tiene la prueba recolectada. Y la tercera, vinculada con aspectos éticos, sobre qué sucede cuando el periodista desea colaborar en una futura causa judicial, o �lo que está pared de por medio� sobre la grávida cuestión del periodista como juez de la realidad y sus protagonistas.
La respuesta al primer aspecto contiene un presupuesto previo: el periodista deberá evitar cuidadosamente crear la idea del delito en el que es filmado sin saberlo, proveer elementos esenciales para la comisión de un crimen, coaccionar, etcétera. Esto se logra desarrollando una habilidad: la de obtener que sea el otro el que hace la propuesta delictiva. Esta habilidad resplandece en la investigación sobre los narcopolicías de la Bonaerense. Si esto es así, el �agente provocado� no se comporta bajo coerción moral o física, puede por consiguiente actuar libremente, y la maquinación propia de la cámara oculta no es suficiente como para que pueda hacérsela valer como causal de no punibilidad por quien delinque.
La respuesta al segundo aspecto, esto es, si la prueba obtenida no está manchada de ilegalidad, se relaciona con ciertos recaudos que es necesario adoptar con anterioridad a la toma de imágenes: la intervención de un escribano, del Ministerio Público, o de los jueces, de modo de asegurar que el soporte que contiene la grabación no ha sido manipulado. Los casos �Cingolani�, �Wowe�, �Pache� y �Raña� rechazan recursos que cuestionan el valor probatorio de la evidencia obtenida con técnicas como las señaladas u otras comparables.
La respuesta al tercer aspecto supone poner en negro sobre blanco qué derecho debe prevalecer entre la tutela a la vida privada y al interés público. El artículo 19 de la Constitución establece que las acciones privadas de los hombres están reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados, siempre que no ofendan al orden y a la moral públicos. Desde mi punto de vista, cuando el interés público es superior a una eventual privacidad puede privilegiarse el primero. Hay ejemplos tradicionales que demuestran que la privacidad cede frente a la necesidad de demostrar un ilícito, cual es el caso de la orden de allanamiento. Esto lleva la cuestión al terreno de la ética periodística.
En éste, los códigos de conducta deben ser rigurosamente acatados, lo que supone afirmar que no hay que usar una herramienta del poder de la cámara oculta para ganar un premio, para obtener la misma historia más barato, porque otros lo hicieron, o porque los sujetos de la historia filmada son �ellos mismos� poco éticos. También, que antes de tomar la decisión de emplear una cámara oculta, hay que responder afirmativamente a las siguientes preguntas. ¿Es éste el único modo de contar una historia importante sobre un tema significativo? ¿Es la herramienta el último resorte? ¿Han sido contrastados los hechos y ha sido puesta la información en su contexto adecuado? Y, finalmente, con extremo rigor: ¿Es mayor el principio al que se sirve, que la inconsistencia de buscar la verdad a través de una estratagema?

 

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