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panorama economico
Por Julio Nudler

Proyectos en fuga

Al éxodo de empresas y al drenaje de cerebros, la Argentina le añade, por si algo faltaba, una constante fuga de proyectos. Son sociedades nuevas, virtuales o tecnológicas, inventadas por argentinos, pero que se asientan en el minúsculo estado norteamericano de Delaware, cuando no en Caimán, abren sucursal en La Florida y, dependiendo del caso, pueden elegir someterse en eventuales litigios a los tribunales de Londres o Nueva York. En la mejor de las hipótesis, establecen una filial en Buenos Aires. Para evitar esa fuga de iniciativas, el secretario de Finanzas, Daniel Marx, está buscando reformar la ley de Sociedades y la de Oferta Pública, considerando que por anticuadas y rígidas ahuyentan todos los proyectos. Para otros, en cambio, éstos emigran porque en el país no existe un mercado de capitales (el que hay equivale a un diez por ciento del brasileño y a un uno por ciento del español, por ejemplo), en razón de que los caudales argentinos están afuera y no piensan volver. Por tanto, quien quiera fondos �argentinos o no� para su idea tiene que salir a buscarlos adonde están. 
En cualquier caso, todos concuerdan en que la legislación local no está preparada para la llamada �nueva economía�, que requiere una ley más flexible y simple, para que después cada sociedad en su estatuto o cada mercado autorregulado establezca las exigencias que quiera. Estas son algunas de las restricciones de la ley argentina:
No admite que una sociedad que abre su capital al mercado confiera voto múltiple a algunas acciones, recurso utilizado para poder atraer nuevos accionistas sin el peligro de perder el control de la compañía. Así, las empresas controladas por una familia o un grupo de familias, cuando salen a la Bolsa pueden captar fondos hasta un punto, porque yendo más allá arriesgan enajenar el control. Por ende, dejan de recurrir al mercado, aunque éste tenga demanda. Eventualmente, optan por el ardid de emitir acciones en la holding, puesta en el exterior bajo otra ley.
Establece el derecho de preferencia en la suscripción de nuevas acciones cuando se emite capital, de modo que los socios actuales tienen 30 días para decidir si lo suscriben ellos, lo cual suele entorpecer la captación de nuevos aportantes de capital. 
No permite las opciones sobre acciones, mecanismo muy utilizado por las empresas tecnológicas como medio de pago porque no tienen plata. 
Las sociedades no pueden tener acciones propias en cartera, por lo que no cuentan con la posibilidad de adquirirlas para defender el precio ni para darlas después a empleados para realizar las opciones. 
No se castiga suficientemente el conflicto de intereses, que implica perjuicios para los accionistas por decisiones tomadas, no en función de los intereses de la sociedad, sino de la matriz o de una vinculada. A veces los directores o los accionistas mayoritarios hacen negocios con la sociedad, o especulan utilizando información interna, y no son sancionados por ello, aunque esta impunidad fue reduciéndose en los últimos años. Esto concierne a la protección de los accionistas minoritarios. 
Con este mismo propósito, la reforma impondría al síndico muchas más obligaciones de información a los accionistas. Sin embargo, hay quienes dicen que con tanta protección a los minoritarios sólo se logrará que terminen yéndose de la Bolsa las pocas firmas que todavía cotizan (según ellos, no habría llegado el momento de modificar las reglas), mientras que otros aseguran que sin garantías no entrarán inversores. En realidad, cuando se menciona a los �minoritarios� no se alude necesariamente a simples ahorristas, sino sobre todo a inversores institucionales, como las AFJP y los fondos de inversión del exterior.
Cuando el accionista mayoritario vende su paquete suele recibir una prima de control. En la legislación futura se lo obligaría a compartir esa prima con el resto de los accionistas. 
Entre las intenciones de Economía figura regular materias nunca antes reguladas, como las OPA (Ofertas Públicas de Adquisición).
La fuga de proyectos incluye una huida de la jurisdicción argentina. Los afectados dicen que nadie quiere ir a litigar a Tribunales, ante todo porque obliga a pagar un 3 por ciento como tasa de Justicia, y porque los aranceles de abogados y peritos están fijados como porcentaje del monto de cada demanda y no en función del trabajo que les exija. Pero además de costosa, la Justicia argentina no parece confiable. Si el agraviado tiene mala suerte en el sorteo pueden acontecerle cosas absurdas. Ineficiencia general y una terrible pobreza de medios ahuyentan a los candidatos.
Hay, además, como se menciona arriba, una huida de la legislación. Cada emprendedor busca la ley que le dé mayores posibilidades de acordar con sus socios las reglas a las que se les antoje someterse. Esto explica la atracción que ejerce Delaware (Patagon, El Sitio, PC Holding y Galicia son prueba de ello), con una ley adaptada a la manera actual de hacer negocios, admitiendo casi cualquier clase de estatuto social y dejando que las restricciones las imponga el mercado donde la sociedad pretenda cotizar sus papeles. No obstante, esa misma norma es muy severa en cuanto a la responsabilidad de los directores en casos de conflicto de intereses.
En cualquier caso, los mayores éxitos de la nueva economía argentina terminan siendo extranjeros.
Incluso entre los abogados hay quienes atribuyen la fuga de proyectos, ante todo, a la mala imagen de la economía argentina, percibida como muy volátil, sometida a graves amenazas financieras y con un riesgo eventual de devaluación incontrolada siempre presente. Esta visión también vale para poner en duda que una reforma legal logre por sí sola multiplicar los proyectos y retenerlos en el país. Honduras sirve de ejemplo, porque a pesar de su moderno Código de Comercio, juzgado como magnífico, no dejó de ser pobre. 
Aunque los paraísos fiscales siguen atrayendo proyectos, sobre todo cuando éstos no aspiran a levantar capital, ya que una sociedad constituida en cualquiera de ellos no inspira demasiada confianza, la decisión de la OCDE (el conjunto de países ricos) de ahogarlos paulatinamente los posterga a un segundo plano, más allá de su importancia para la plata negra. En materia de proyectos, y de las posibilidades de crecimiento que implican, la Argentina no los ve emigrar por temor a sus impuestos sino por una legislación inapropiada, dictada durante la dictadura de Onganía sobre un viejo modelo italiano, por la mala fama y el costo de su Justicia, y por una economía estancada y tambaleante.


 

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