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LA JUSTICIA LE NIEGA A CLARISA LA POSIBILIDAD DE LLEVAR EL APELLIDO DE SU PADRE
Una chica en búsqueda de su identidad

Sus padres pertenecían al Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) y fueron asesinados meses antes del golpe militar. Por protección, Clarisa fue anotada con el apellido de su madre. La chica quiere llevar el apellido del padre y la Justicia lo rechaza.

Por Victoria Ginzberg

t.gif (862 bytes)  Clarisa nació en marzo de 1975. Cinco meses después, sus padres, que militaban en el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), fueron asesinados en Pilar. Ella fue anotada con su apellido materno –Quiroga– y adoptada por una de sus tías. Pero siempre supo que su papá era Mario Camuyrano. Hoy la joven está tratando de recuperar su verdadera identidad, pero la Justicia parece dispuesta a impedírselo. La Cámara Civil rechazó su pedido de filiación con el argumento de que, como su madre estaba legalmente casada con otra persona, no hay pruebas de que su padre sea su padre. Representada por Alcira Ríos, la abogada de la Asociación de Abuelas de Plaza de Mayo, interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema. Allí manifestó que la sentencia de Cámara lesiona su “mismidad toda, cerrándome la posibilidad de acceder a ser quien debí ser si los hechos históricos no me hubieran dejado desamparada”.
Clarisa no conoce detalles de la vida de sus padres. Sabe que Marta Quiroga y Mario Camuyrano se conocieron cuando militaban, que estuvieron juntos desde 1973 pero no se casaron legalmente, que en 1975 tuvieron una hija y que fueron asesinados en 1975. Sabe que tanto Marta como Mario habían tenido, cada uno, dos hijos de sus primeros matrimonios. Sabe también, y con certeza, que la hija que tuvieron Marta y Mario no es otra que ella misma, aunque, a veces, los expedientes judiciales la hacen dudar.
Después del operativo donde murieron sus padres, Clarisa fue recuperada por su familia de una comisaría de San Martín. En 1978, su tía Sara Quiroga inició los trámites para adoptarla. Por seguridad, la niña había sido anotada sólo por su madre y, por miedo a volver a perder a su sobrina, Sara solicitó una “adopción plena”. Jurídicamente eso significa que el menor pierde todo vínculo con su familia biológica y que la acción no puede ser revisada ni por el adoptado ni por sus progenitores.
La joven, hoy de 25 años, sabía que modificar su partida de nacimiento no iba a ser fácil pero, representada por la abogada de Abuelas de Plaza de Mayo, inició una demanda, que fue resistida por la primera mujer de su padre. Al principio todo parecía marchar por los carriles normales. El juez Víctor Carrasco Quintana aceptó la querella y la reconoció como parte, pero fue recusado sin causa. Entonces empezaron los problemas. El magistrado Omar Jesús Cancela decidió rechazar la acción de filiación “hasta que no recaiga un pronunciamiento judicial firme sobre la acción de nulidad de adopción plena”. Como Clarisa y Ríos ya habían iniciado los trámites para deshacer la adopción, apelaron el fallo. En julio de este año, los camaristas Zulema Delia Wilde, Ana María Rosa Brilla de Serrat y Benjamín Fructoso Zaccheo, impugnaron su presentación, pero esta vez la oposición fue “in limine” y “sin supeditar la acción al resultado de la nulidad de adopción”.
Los argumentos de la Sala J de la Cámara Civil parecen contradecir el sentido común. “De la partida de defunción se desprende que la madre biológica de la actora al momento de su fallecimiento era casada”, manifestaron los jueces. “Adviértase que no existe en autos prueba alguna o indicios que demuestren o indiquen presuntivamente la supuesta separación de hecho de su madre, así como de la convivencia desde el año 1973 con el señor Mario Camuyrano, como para atribuir cierta base de verosimilitud y seriedad a la presente acción”, agregaron en el dictamen, en el que contradictoriamente se señaló la importancia “del derecho de toda persona a conocer su identidad”. Ríos explicó que no presentó argumentos o testimonios a favor de la paternidad de Mario porque no eran necesarios en esa etapa del trámite procesal. Lo de Clarisa es más visceral: “Lo que dicen es ridículo. ¿Y si mis viejos se hubieran conocido un día, hubieran tenido relaciones y mi mamá hubiera quedado embarazada? Mi papá es mi papá igual. Dicen que mamá y mi papá estaban casados conotras personas. ¿No saben que la gente se separa y se vuelve a juntar y tienen relaciones?”, se preguntó indignada.
Los casos como éste son testimonio de que el problema de la identidad en un país todavía atravesado por las secuelas del terrorismo de Estado no es sólo patrimonio de los chicos que fueron robados y apropiados ilegalmente. “En mi caso tengo una verdad a medias retaceada siempre, con pedazos de historia, con afirmaciones vagas y silencios mudos. ¿Podré armar un día el rompecabezas entero?, afirmó Clarisa, que está buscando más datos que su apellido, en el recurso presentado ante la Corte. “Cuando pregunto cosas sobre mis viejos la gente se pone mal, y no puedo soportar que se pongan a llorar, en todo caso la que tiene que llorar soy yo”, agregó durante la entrevista.
“Hay un ser humano víctima del terrorismo de Estado, que violentó sus derechos. La dictadura obligó a los padres a esconderse para salvar su vida y los jueces deben analizar las inscripciones de estos chicos en su contexto histórico”, manifestó sobre el caso Estela de Carlotto, presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo.
Durante mucho tiempo Clarisa no tuvo contacto con los Camuyrano, pero hace ya siete años se decidió a entrar al negocio que sabía era de su tía, la hermana de su papá. “¿Está Cecilia?”, le preguntó a la chica del mostrador. “¿Vos sos Clarisa?”, le retrucó de la nada la que era su prima y no la había visto en años. Desde ese momento la joven mantiene un vínculo cercano con una porción de su familia paterna.
Clarisa no entiende la resistencia que puso la primera mujer de su padre para que ella pudiera llevar su apellido, aunque intuye que detrás de esto está la plata de la sucesión de su abuela –que falleció recientemente– y la reparación que otorga el Estado a los familiares de desaparecidos o asesinados durante la dictadura. La joven no niega que quiere cobrar la parte de la indemnización que le corresponde, pero lo suyo es más que un problema monetario. “Quiero tener mi apellido y llamarme Camuyrano. Suena tonto y por ahí no lo puedo explicar, pero necesito tener mi apellido. Sería una manera de sentir que me dejaron algo, incluso me daría una protección. Quiero lo que es mío”, reclamó casi llorando y mirando la única foto que tiene de su papá.
El juez Cancela dijo en su fallo que en la causa de Clarisa no existe un problema de identidad porque ella sabe quiénes fueron sus padres. En el recurso ante la Corte Suprema la joven explicó que “lo que quiero es la concreción jurídica de una cuestión de hecho que lleva años de incertidumbre, dolor, impotencia, angustia, terapia y que no puedo superar porque es como una asignatura pendiente el no poder ser quien debo ser, es decir, llevar el apellido de mi padre, sentir que soy la rara, la diferente, la no querida”.

�De no ser trágico resultaría cómico�

Por V.G.

Los desaparecidos siempre plantearon situaciones jurídicamente novedosas que requirieron soluciones innovadoras por parte de magistrados y legisladores. Así se creó la figura de la desaparición forzada y así, en 1991 las Abuelas de Plaza de Mayo lograron que, en el caso de Ximena Vicario, se anulara una adopción plena. Por eso, la abogada Alcira Ríos manifestó que la resolución del expediente de Clarisa Quiroga implicó un “retroceso”. En el caso Vicario la adoptante fue una apropiadora que, aun sabiendo la procedencia de la niña, le ocultó su identidad. En el de Clarisa, su tía siempre le dejó claro quiénes eran sus padres. Pero aun así Ríos explicó que todas las adopciones de los menores víctimas del terrorismo de Estado son “nulas de nulidad absoluta porque fueron hechas contra las prescripciones de la propia ley: no eran menores abandonados, no fueron entregados voluntariamente por sus padres al Estado y no estaban en condiciones de maltrato”. “En Abuelas nos encontramos con que muchos chicos estaban adoptados plenamente, incluso por familiares o amigos de sus padres, que querían preservar al menor o estaban mal asesorados. Pero a partir de que los menores comienzan a conocer su historia quieren recuperar su identidad, porque eso es elemental”, aseguró.

“Es el Estado quien me privó de mis padres y de mis relaciones familiares y es el Estado quien me debe, al menos, el reconocimiento de mi realidad biológica lo cual implica mi derecho al nombre”, afirmó Clarisa en el recurso presentado ante la Corte. Para la abogada, los fallos de los jueces que impidieron que la joven fuera reconocida como hija de su padre parten “de una concepción que tiene al menor como objeto del derecho de los adultos y no como sujeto de derecho en sí mismo”. Además –manifestó– “violan el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención Internacional de los Derechos del Niño”, que fueron incorporados a la Constitución en 1994. Sobre el fallo de Cámara, Ríos aseguró que “de no ser trágico resultaría cómico” el argumento de que Mario Camuyrano no puede ser el padre de Clarisa porque su madre estaba legalmente casada con otra persona. Si la Corte Suprema rechaza su reclamo, Ríos está dispuesta a dirigirse ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA.

 

 

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