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PUCCIO LOGRO UN NUEVO PERMISO PARA TRABAJAR
Otra vez con salida laboral

Una Cámara anuló el fallo por el cual una jueza revocó las salidas del ex rugbier. Quejas de los familiares de las víctimas.

Alejandro Puccio espera
concretar el beneficio cuanto antes.
La Cámara de San Isidro revocó el fallo por cuestiones formales.

Por medio de una resolución que hace reflotar la polémica, la Sala III de la Cámara de Apelaciones de San Isidro dejó habilitada la posibilidad de que el ex rugbier Alejandro Puccio, condenado a reclusión perpetua por integrar una banda de secuestradores, pueda gozar nuevamente de salidas laborales. Los camaristas declararon nulo –por cuestiones de forma, ya que no se le dio vista a la defensa dentro de los términos que marca la ley– un fallo de la jueza San Isidro Andrea Pagliani que había revocado el beneficio otorgado a Puccio por la misma sala tercera, que por esa decisión recibió duras críticas y hasta un pedido de juicio político. En su nuevo fallo, del 23 de este mes, los camaristas no se expiden sobre la rehabilitación de las salidas, pero “el rugbier podría gozar nuevamente de las mismas, mientras la jueza Pagliani reelabora su resolución”, admitió una fuente judicial. Los familiares de las víctimas del llamado Clan Puccio consideraron que el fallo judicial “es una vergüenza”.
El abogado Miguel Buigo, defensor de Puccio, confirmó que ya presentó un pedido tendiente a lograr que su representado retome las salidas lo antes posible. El 15 de setiembre pasado, el detenido había salido por primera vez de la cárcel para cumplir tareas en una clínica psiquiátrica. Al enterarse de la nueva resolución judicial, Guillermo Manoukian, hermano del empresario Ricardo Manoukian, uno de los tres secuestrados que fueron asesinados por el Clan Puccio, sostuvo que “con esta clase de fallos se le toma el pelo a la gente” porque, según interpreta, los camaristas “buscan mecanismos y chicanas para dejar en libertad a un delincuente”.
Rogelia Pozzi, esposa de Eduardo Aulet, otro de los empresarios que murieron en manos del clan, opinó que “esta resolución es una vergüenza y se nota que la Sala III de San Isidro actúa con total impunidad”. Precisó sobre este punto que “no sólo actúan con total impunidad respecto de lo que reclama la sociedad, sino de lo que reclaman otros poderes”. Recordó en ese sentido que el gobernador Carlos Ruckauf y el ministro de Justicia bonaerense, Jorge Casanovas, “no están de acuerdo con este tipo de salidas transitorias, pero se ve que esta Sala III es garantista y cree que el delincuente debe purgar la condena en libertad”.
El 5 de octubre pasado la jueza Pagliani había revocado el beneficio de salidas transitorias otorgado a Puccio porque no había cumplido con las condiciones estipuladas por la ley. La decisión fue apelada por la defensa de Puccio y ahora dejada sin efecto por la Sala III, integrada por los doctores Celia Margarita Vázquez y Raúl Borrino. Uno de los requisitos establecidos a Puccio era que no saliera del lugar donde debe trabajar, y se comprobó que hizo trámites en la calle y hasta viajó en subte. Para la jueza, Puccio hizo “una interpretación personal del régimen” de salidas.
El ex rugbier había accedido al beneficio por otro fallo de la Sala III que generó una fuerte polémica y un nuevo fallo, ante los incumplimientos achacados a Puccio. Ahora se estima que la jueza hará una reelaboración del mismo fallo y ratificará la inhibición para Puccio. Recién entonces se sabrá cuál es, en definitiva, la decisión de la Sala III y no se descarta que el caso llegue a la Suprema Corte.
A los 41 años, Alejandro Puccio está a punto de recibirse de psicólogo. Fue integrante del clan, liderado por su padre Arquímedes, que secuestró a Eduardo Aulet, Emilio Naum y Ricardo Manoukian –los tres fueron asesinados– y a Nélida Bollini de Prado, rescatada con vida.

 


 

DOS ARGENTINOS DETENIDOS POR PORNOGRAFIA INFANTIL
Golpe al horror en Internet

Por Carlos Rodríguez

La Policía Federal detuvo a dos hombres, uno de ellos profesor de música en una escuela privada del barrio porteño de Recoleta, quienes serían miembros de una organización dedicada a difundir imágenes pornográficas de menores a través de Internet. El docente Marcelo Rocca Clement, de 26 años, está acusado de haber abusado de un chico de 11, que era alumno suyo y que fue obligado a participar en secuencias filmadas que aparecieron en una casa de Lomas de Zamora cuyo propietario es Leandro Damián Russo, de 24, experto en informática. En poder de Russo se encontraron unas mil imágenes pornográficas de menores, destinadas a ser incorporadas a una página web gratuita y anónima de los Estados Unidos. Se sospecha que hubo abuso sexual contra otros cinco niños, de entre 10 y 14 años, captados chateando por Internet en una página, de apariencia ingenua, que tenía Rocca Clement y que le servía de anzuelo para llegar a los menores.
Rocca Clement solía invitar a su alumno a participar de excursiones, campamentos y paseos, con el conocimiento de los padres del chico, que ignoraban lo que en realidad estaba sucediendo. Russo, que es un desocupado, tenía gran experiencia en informática y junto con el docente estaban vinculados a un hombre que vive en España y que está preso por formar parte de una red de pornografía infantil. La investigación comenzó a partir de un alerta de la policía española y estableció la existencia del tráfico de fotografías pornográficas.
En la investigación participaron, durante varios meses, las divisiones Inteligencia e Inteligencia Informática de la Federal y el Departamento Análisis Delictivo, bajo las órdenes del juez Mariano Bergés, quien dispuso las detenciones luego de tener la certeza sobre el abuso sexual al que era sometido uno de los niños, hecho en el que presuntamente está involucrado el docente Clement. La mayoría de las víctimas son varones. La página que el profesor tenía en Internet contenía canciones y material didáctico para niños, pero la verdadera intención era la de tomar contacto con ellos. Una vez ganada su confianza, eran invitados a reuniones con adultos en las que los niños eran sometidos a prácticas sadomasoquistas. El juez dispuso allanamientos en la casa de Clement, en Pacheco de Melo al 1800, de Recoleta, y en Pereyra Lucena al 2100 de Lomas de Zamora, donde Russo tenía su domicilio. Los detenidos podrían recibir penas que van de los seis meses a los cuatro años de prisión, según lo establecido en el artículo 128 del Código Penal, que castiga a quienes produzcan, publiquen o distribuyan imágenes pornográficas. El docente también podría ser acusado por corrupción de menores.
En conferencia de prensa, el titular de la división Inteligencia Informática de la Federal, Rubén Bareiro, explicó que hubo “tráfico de imágenes, escenas pornográficas de lo más horrendo que uno se puede imaginar, que se distribuían en forma gratuita”. Se cree que las fotos eran tomadas por Clement, cuya situación es muy comprometida. Una fuente cercana a la investigación confió a Página/12 que lo mejor hubiera sido “seguir la investigación en secreto un tiempo más, pero la situación del menor abusado obligó a realizar las detenciones de inmediato”.

 


 

Fallo contra la mano dura

La Justicia declaró inconstitucional un artículo de la ley que profundizó la mano dura en la provincia por impulso del gobernador Carlos Ruckauf. Se trata de la norma que limitó las excarcelaciones para los presos por delitos graves, sancionada dos meses atrás por la Legislatura bonaerense. Pero ayer, la Cámara de San Isidro consideró que la ley restringe la facultad de los jueces para conceder esos beneficios, por lo cual la consideró inconstitucional.
La causa que derivó en la nueva escalada de los jueces provinciales contra el gobierno de Ruckauf involucra a un hombre acusado de lesiones reiteradas contra su ex pareja, que ahora recuperó su libertad bajo fianza de mil pesos. Mario Carotenuto, el acusado, pasó preso un año y cinco meses y no tenía antecedentes penales ni condenas previas.
El beneficio había sido negado por el Juzgado de Transición Nº 3 de ese partido en base al artículo 171 de la ley 12.405 de reforma al Código Procesal Penal bonaerense. Pero ayer la Sala I de San Isidro declaró inconstitucional ese artículo por entender que su actual redacción “restringe, limita e impide en definitiva a los jueces conceder la excarcelación de imputados, en determinadas circunstancias que enumera en forma taxativa”. Estas restricciones, entendieron los camaristas, contrastan “con las facultades que la Constitución Provincial (artículo 21) le otorga a los jueces en materia excarcelatoria”.
“El quebranto de la norma constitucional se advierte de la simple lectura de la ley en cuestión, por lo que procede la declaración de inconstitucionalidad, haciendo saber que la norma tachada no podrá ser aplicada por los jueces”, advirtió el tribunal.

 

 

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