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TODOS LOS BLOQUES Y EL GOBIERNO ACORDARON DEROGAR EL DOS POR UNO
Una ley para que la mano parezca dura

El acuerdo deroga los artículos
que computan doble el tiempo
de detención tras los dos años sin sentencia. Se aceptó así la propuesta del PJ. Aunque la ley intenta ser una respuesta a la presión pública por el clima de inseguridad, tanto los diputados como los especialistas consideran que no incidirá sobre los índices de delito. Hoy se trata en la Cámara baja.
El ministro de Justicia, Jorge de la Rúa, presidió la reunión donde se tejió el acuerdo.
A la derecha, Rafael Pascual, presidente de la Cámara, y Melchor Cruchaga, viceministro de Justicia.

Por Eduardo Videla

La ley del dos por uno, nacida hace casi siete años para acelerar los procesos judiciales y descomprimir la superpoblación carcelaria, ya tiene firmado su certificado de defunción. Diputados de todos los bloques –algunos de los cuales la habían votado hace siete años– y el gobierno nacional consensuaron un proyecto, que será votado hoy, por el cual se derogan los artículos más controvertidos de la ley: los que computan doble el tiempo de detención transcurrido después de los dos años sin sentencia. El acuerdo se produjo en vísperas de un proceso electoral donde nadie quiere quedar descolocado frente a la presión de la opinión pública, ante la espiral de violencia e inseguridad que sacude a la sociedad. Pero también como una respuesta al fracaso de la norma, que no cumplió con el objetivo de sacudir la inercia judicial. Su aplicación no será retroactiva, por lo que los actuales procesados pueden acogerse al beneficio. Aunque la reforma era reclamada por los sectores que propician “leyes duras” para frenar el delito, diputados de todos los sectores consultados por este diario aseguran que no bajará los índices de criminalidad.
El proyecto consensuado ayer mantiene en vigencia los principios establecidos en el Pacto de San José de Costa Rica, según el cual una persona no puede estar en prisión, sin condena, más allá de un “plazo razonable”. Establece un período de dos años, prorrogable a tres, para la prisión preventiva sin sentencia judicial. Y, como novedad, obliga a los jueces a explicar por escrito, ante el Consejo de la Magistratura, por qué razón mantienen detenido a un procesado más de dos años sin dictar sentencia.
El acuerdo hizo caer la pretensión del gobierno nacional de mantener el beneficio del dos por uno para casos que no involucraran delitos graves, con condenas superiores a los quince años. El justicialismo, con el apoyo de los partidos provinciales, reclamaba la derogación total de la ley. Ese desacuerdo impidió que el tema se tratase en Diputados el miércoles pasado.
Para consensuar posiciones, se reunieron ayer representantes de todos los bloques. El encuentro duró unas cinco horas, y en tramo de la misma se incorporaron el ministro de Justicia, Jorge de la Rúa, y su segundo, Melchor Cruchaga. Paradójicamente, la balanza se volcó hacia la eliminación del dos por uno cuando se conoció la posición del Frepaso, por boca del diputado Ramón Torres Molina, miembro de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, cuyo proyecto derogaba el artículo del doble cómputo.
“El dos por uno terminó distorsionando el sistema de penas, cuya aplicación quedó vinculada a la duración del proceso”, argumentó Torres Molina a Página/12. Esto es, cuanto más dure el proceso, más se reduce la pena que se aplica al procesado.
La ley sería votada hoy y luego debe ser aprobada en el Senado. No será aplicada a los actuales procesados, que seguirán gozando del beneficio, sino a las causas que se inicien después de la publicación de la ley en el Boletín Oficial.
Por esa razón, los diputados aseguran que la norma no tendrá efecto inmediato en el aumento de la población carcelaria, sino que se hará sentir dentro de dos o tres años. “La gran destinataria es la provincia de Buenos Aires, donde la aplicación del dos por uno es mayor, debido a la morosidad crónica de los procesos judiciales. Y en menor medida, a la ciudad de Buenos Aires”, dijo el diputado Franco Caviglia, de Acción por la República. “El dos por uno no es un problema para las provincias: en Córdoba o Santa Fe los procesos no duran más de un año y medio”, coincidió el radical Julio Tejerina.
Caviglia fue quien propuso un mecanismo de control para los jueces que se exceden en sus tiempos procesales: la apertura de un registro públicode los imputados que se encuentran cumpliendo prisión preventiva superior a los dos años y de los que hayan recuperado la libertad por la aplicación de esta ley. Ese registro será elaborado por el Consejo de la Magistratura, en base a los informes que envíen los jueces que se exceden de los plazos. “Así, los jueces que acumulen causas demoradas podrían recibir desde una sanción administrativa hasta un pedido de juicio político”, explicó Caviglia. El penalista José Cafferata Nores, asesor del Ministerio de Justicia, apoyó este mecanismo, que se aplica con éxito en la provincia de Córdoba.
A propuesta de Torres Molina, la reforma a la ley será incorporada al Código Procesal Penal, por lo que su alcance será nacional, aunque las provincias deberán reglamentar su aplicación.
En su artículo 1º, el proyecto de reforma dice que la prisión preventiva no podrá superar los dos años, aunque en causas complejas puede prorrogarse un año más. Superado ese lapso, el detenido tiene derecho de pedir su libertad condicional. Eso no es nuevo: la actual ley dice lo mismo, aunque los jueces no lo cumplen con el argumento de que el procesado puede eludir la acción de la justicia. Ahora, los jueces deberán dejar este argumento por escrito ante el Consejo de la Magistratura.
Este punto aún está en discusión. Tanto el justicialista Damaso Larraburu como Torres Molina estaban de acuerdo en eliminar el plazo de dos años y facultar a los jueces para determinar la razonabilidad de los plazos.
Al final, el acuerdo pareció conformar a todos los sectores. Larraburu, que en el ‘94 votó el dos por uno, admitió que “la ley se distorsionó: empezó como un límite a la prisión preventiva y terminó aplicándose para reducir condenas”. Sin embargo, nadie cree que la norma pueda bajar el índice delictivo. “No va a mejorar mágicamente el problema de la seguridad”, dijo Larraburu. “Es falsa la idea de que con la derogación va a bajar el delito –coincidió Caviglia–. El problema de la seguridad debe ser resuelto mediante una reforma judicial, policial y penitenciaria, y una política criminal.”

 

Claves

El Gobierno y diputados de todos los bloques consensuaron un proyecto que deroga los principales artículos de la ley del dos por uno, aquellos que computan doble el tiempo de detención transcurrido después de dos años sin sentencia. Hoy será tratado en la Cámara baja.
Se mantiene la vigencia del Pacto de San José de Costa Rica según el cual una persona no puede estar presa sin condena más allá de un “plazo razonable”.
Si ese plazo supera los dos años, los jueces deberán explicar las causas por escrito al Consejo de la Magistratura.
Aunque la ley era reclamada para frenar el delito, tanto los diputados como los especialistas coinciden en que la reforma no bajará los índices de criminalidad.

 

“Si nunca me dejaron”

El gobernador bonaerense, Carlos Ruckauf, volvió a trenzarse en una discusión con la Alianza, acusándola de no permitirle ser todo lo duro que desearía con el delito. “En todos los temas que se necesita apoyo de los políticos en las legislaturas nacional y provincial la Alianza miró para otro lado. Ahora dicen que falló la mano dura. ¡Si nunca me dejaron aplicarla!”, señaló Ruckauf en un artículo con su firma publicado por el diario El Día, de La Plata.
En respuesta, el senador Eduardo Sigal, presidente del bloque del Frepaso, remitió una carta al gobernador en la que señaló que “ninguna iniciativa legislativa del Poder Ejecutivo está pendiente de tratamiento en la Legislatura provincial” y calificó como “falaz” el razonamiento utilizado por Ruckauf.
El gobernador usó además otro argumento: dijo que de la serie de medidas impulsadas sólo pudo cumplir con las que se le permite adoptar al Ejecutivo, como la construcción de cárceles. En realidad, aún no se ha construido ninguna: en unos pocos días recién se llamará a licitación para hacerlo.

 

LA JUSTICIA SIGUE SIENDO TAN LENTA COMO CUANDO SE DICTO LA LEY
La historia de una norma controvertida

Por Carlos Rodríguez

En noviembre de 1994, cuando se aprobó la ley 24.390, conocida como “dos por uno”, en las cárceles había más de 15.000 procesados sin condena firme que aspiraban a obtener los beneficios de la ley. Luego de más de seis años de vigencia, la población total de las cárceles fue creciendo de cerca de 30.000 a más de 40.000 y hoy son más de 20.000 los que siguen procesados, sin condena firme, muchos de ellos luego de estar más de dos años presos sin que se determine si son culpables o inocentes. “El dos por uno fue una forma de reparación para los procesados. Era una medida transitoria y, superado el problema, la Justicia debía respetar los plazos procesales y la ley perdería importancia –dice Gustavo Palmieri, abogado del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)–. Como no fue así, hoy se toma la ley del dos por uno como fetiche de la inseguridad, cuando lo que ocurre es más grave: son los jueces los que no respetan las leyes al estirar los plazos del proceso y los que no dan reparación a las víctimas de delitos”.
Para Palmieri la derogación de la ley es apenas una “respuesta efectista” con la cual “el Poder Ejecutivo y el Legislativo no garantizan una justicia rápida, que es lo que se necesita en cualquier país con una Justicia seria que resulte buena para las víctimas del delito y también, de alguna manera, para los victimarios, porque su situación procesal se definiría dentro de los plazos” legales, que son dos años o a lo sumo tres, en las causas consideradas complejas, como el caso AMIA.
El CELS precisó que, según datos de 1999, el 56,12 por ciento de los presos está procesado sin condena firme y, en la provincia de Buenos Aires, el porcentaje se eleva al 75 por ciento. En territorio bonaerense, el 35,41 por ciento de esos procesados lleva “más de dos años” detenido. Un informe del Centro de Estudios Unión para la Nueva Mayoría precisó que la población carcelaria en el 2000 era de 40.000 internos, lo que indicaría que más de 20.000 siguen procesados. Cuando está a punto de ser derogada la ley, cabe responder algunas preguntas para entender qué significó el dos por uno.
¿La ley permitió la salida masiva de presos?
Aunque no hay estadística oficial al respecto, la información reunida por Página/12 indica que eso no ocurrió. En el país hubo un leve incremento en el porcentaje de procesados y en la provincia de Buenos Aires, de donde vino la ola que arrasó la ley, la situación es caótica en cuanto a la demora en la administración de justicia. Un informe de la Suprema Corte bonaerense, conocido en octubre de 2000, señaló que “siete de cada diez causas penales prescriben sin que las investigaciones permitan identificar siquiera a un sospechoso”.
¿Todos los presos que estaban en condiciones de gozar de la ley dos por uno salieron en libertad después de dos años sin sentencia?
Eso tampoco ocurrió. En julio de 2000, el defensor de Casación Penal bonaerense, Mario Coriolani, anunció que haría una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Motivaba su presentación el caso de 700 detenidos bonaerenses que habían esperado una sentencia entre cinco y siete años. Mientras tanto seguían presos.
¿La derogación de la ley permitirá bajar el índice de criminalidad?
Tanto para el Cels como para la Correpi (Coordinadora contra la Represión Policial) ese es un argumento mentiroso. La Correpi recordó que también algunos policías salieron en libertad por el “dos por uno”. Entre ellos el comisario Miguel Angel Rogido y el cabo Raúl Castelú, acusados por el crimen (tortura seguido de muerte) del joven Sergio Durán, ocurrido hace casi diez años.

 

Antes y despues de la reforma pactada

El dos por uno

La prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, plazo prorrogable a un año más cuando la cantidad de delitos atribuidos al procesado o la complejidad de las causas impidan cumplir con esos términos (artículo 1º).
Se establece una nueva prórroga de seis meses para los casos en que hubiesen condenas pero no estuvieran firmes (artículo 2º).
El artículo más controvertido es el séptimo: Transcurrido el plazo de dos años, se computará cada día de prisión preventiva como dos días de prisión.
Los fiscales podrán oponerse a la libertad del imputado si entienden que existieron maniobras dilatorias por parte de la defensa. El tribunal tiene un plazo de cinco días para resolver esa cuestión (artículo 3º).
Si no hay oposición o si ésta es rechazada por el juez, el imputado recuperará la libertad bajo la caución que el tribunal determine (artículo 4º).
Antes de recuperar la libertad, el imputado deberá fijar domicilio y avisar si va a ausentarse del mismo por más de 24 horas por razones de trabajo (artículo 5º).
La libertad será revocada cuando el imputado no cumpla con las reglas que le impone el juez (artículo 6º).
La ley es reglamentaria de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) (artículo 9º).

La nueva ley

Se mantiene el plazo de dos años, prorrogable a un tercero, para la prisión preventiva sin sentencia. Pero se aclara que los plazos no se computarán “cuando los mismos se cumpliesen cuando haya una sentencia condenatoria que no esté firme”.
Se elimina el artículo segundo, que extiende el plazo seis meses más.
Se elimina el artículo 7º, que establecía el doble cómputo.
Se mantiene el artículo 3º, que habilita a los fiscales a oponerse a la libertad del imputado, aunque no sólo cuando detecte maniobras dilatorias por parte de la defensa sino en casos de “especial gravedad de la infracción atribuida” al imputado.
Si se presentan recursos contra la libertad del imputado, la salida del detenido queda automáticamente suspendida (artículo 2º).
Cuando un imputado permanezca dos años preso sin sentencia, el juez informará de inmediato al Consejo de la Magistratura las razones por las que no se llegó a la sentencia, junto con todos los datos de la causa.
Si ese imputado sale en libertad, el juez también debe informar al Consejo. La omisión o retardo de estos informes se considerará falta grave.
El Consejo de la Magistratura elaborará un registro de imputados que exceden los dos años de detención sin sentencia, que hará público anualmente.
La ley y sus modificaciones serán incorporadas al Código Procesal Penal de la Nación. Los artículos 4, 5, 6 y 9 quedan sin variantes.

 

OPINAN LOS ESPECIALISTAS

Mariano Ciafardini*.
“No baja el delito”

“Hay gente que equivocadamente piensa que esta resolución va a tener impacto en la baja del delito, pero yo no creo que la derogación de la ley del dos por uno tenga incidencia en esto, sencillamente porque con la vigencia de esta ley tampoco aumentó el delito. Si ésa es la preocupación, la derogación de la ley no es el camino indicado: hay que aplicar medidas de prevención bien hechas. La cantidad de personas que permanentemente entra a las cárceles y luego sale en libertad no se va a alterar; simplemente se dilatarán un poco los tiempos para que esto suceda. Se producen más delitos que el número de gente que sale de la cárcel, hay muchos más autores de delitos que están sueltos de los que están en prisión.”
*Secretario de Política criminal de la Nación.

Andres D’Alessio*.
“La pena no disuade”

“La vigencia de la ley del dos por uno está justificada por la dilación fuera de lo normal en muchos procesos judiciales. Tendría que haber excepciones para las dilaciones provocadas por la especulación del propio procesado que provoca la excesiva prolongación de los procesos, pero derogarlo por completo es dar pie una vez más a la morosidad de la Justicia, que reemplaza la condena después de una sentencia firme por la prisión preventiva de un sospechoso. Son pretextos para evitar tomar medidas de fondo e implementar un sistema inteligente. El problema fundamental es que no hay condenas, y hay gente que se pasa diez años en prisión preventiva. El dos por uno, evitando los abusos, corrige esto. Derogándolo se alienta aún más la lentitud judicial y, además, con la prisión preventiva eterna nunca hay culpables. No es el monto de la pena con que se amenaza la manera de evitar los delitos, sino con la certeza de que va a haber una condena. Pongamos el ejemplo de una banda que, durante un mes, está planeando un robo a un banco y el día anterior se duplica la pena por robo. Esto no va a frustrar el asalto, pero si al llegar al banco hay un patrullero en la puerta es probable que los ladrones se vuelvan a su casa. Es importante la eficacia policial e investigativa: la pena no disuade.”
*Decano de la Facultad de Derecho (UBA).

Horacio Prack*.
“Una solución ficticia”

“La ley del dos por uno responde a una necesidad puntual por la existencia de superpoblación carcelaria; yo lo llamo una moratoria que afloja la presión que hay en las cárceles. La derogación de esta ley no modificará la tasa de delitos y el Estado no puede responder al aumento del delito con el discurso de la mano dura o con la restricción de beneficios. Hay que ofrecer soluciones específicas. El índice de criminalidad sube porque vivimos en una sociedad que tiene 12 millones de pobres, una situación económica muy mala, sin posibilidades de obtener un trabajo digno, con muchas de las necesidades básicas insatisfechas: todas estas condiciones son las que generan una tasa creciente de delitos, sobre la que la derogación del dos por uno no tiene incidencia. La población cree que va a beneficiar la seguridad, pero es una falsa consigna: son soluciones ficticias de tranquilidad.”
*Juez de la Cámara Federal de San Martín.

Raul Zaffaroni*.
“Una medida demagógica”

“La derogación de la ley nos va a crear problemas con la comisión de derechos humanos de la ONU, debido a que va a haber prisiones preventivas infinitas y, por ende, mil denuncias. Se van a llenar las cárceles de procesados y cuando Ruckauf tenga mil muertos por la enorme superpoblación carcelaria, y haya rehenes y motines, que no se queje. Vamos a tener un 90 por ciento de presos preventivos, de presos por las dudas, y una Justicia que tardará diez años en resolver una causa de investigación simple. Yo me pregunto por qué la Justicia necesita más de tres años para resolver un robo callejero cuando lo podría hacer en tres meses. Hay que tener en cuenta que el dos por uno es un remiendo: lo ideal sería que no sea necesaria su aplicación. Así no se ataca la causa, es una medida demagógica y que oculta la falta de inversión en Justicia: con más tribunales, más funcionarios y más personal eficiente, los procesos se acelerarían y esta discusión no sería necesaria.”
*Profesor de Derecho Penal, titular del Inadi.

Lucila Larrandart*.
“Morosidad de la Justicia”

“El eje de la discusión no es dos por uno sí o no, el problema central es que la Justicia sea rápida para garantizar el derecho de la persona procesada a un plazo razonable para obtener un pronunciamiento judicial definitivo, sobre todo porque la mayoría de las causas no son de investigación compleja. La ley del dos por uno se creó como una compensación para la morosidad que recurrentemente tienen los procesos judiciales definitivos. Incluso para aquel que no tiene prisión preventiva: el excarcelado también tiene vulnerados sus derechos.”
*Jueza del Tribunal Oral de San Martín.

 

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