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Con la convertibilidad, a Hong Kong nadie le gana y a la Argentina, todos

Cosa curiosa: los dos países con régimen de convertibilidad ocupan el tope y el fondo del ranking de crecimiento mundial. Sobre 49 naciones, la Argentina marcha 43º en competitividad.

Por Julio Nudler

La competitividad no es un fuerte argentino. El país, que ya venía mal, perdió rápidamente posiciones en los últimos años, hasta quedar situado en el actual entre las naciones menos aptas para sobrevivir en la globalización. Esta impresión se ve ratificada por el Instituto Internacional para el Desarrollo de la Gestión (IMD), una afamada escuela de negocios suiza, asentada en Lausana. En el ranking incluido en su Anuario Mundial de Competitividad correspondiente al 2001, la Argentina ocupa el puesto 43, entre un total de 49 países investigados. Sobre 100 puntos posibles, sólo logró 37,5. Apenas dos años atrás, a la Argentina se la hallaba en el puesto 33, uno delante de Brasil. Pero los brasileños han dado vuelta el marcador entretanto, y hoy se sitúan en el lugar 31, doce peldaños arriba de la Argentina. Este índice de competitividad toma en consideración 286 parámetros o criterios, que abarcan la performance económica, la eficiencia gubernamental y de los negocios, y también la infraestructura disponible.
Una de las tablas incluidas en el anuario ordena los 49 países estudiados según la tasa de crecimiento de su Producto Bruto Interno en el 2000. La nómina sorprende, al primer golpe de vista, por quién la abre y quién la cierra. Al tope del ranking se ubica Hong Kong, cuya economía creció el año pasado un 10,5 por ciento. Abajo de todo está la Argentina, con una contracción del 0,5 por ciento en su PBI, siendo la única economía que no logró crecer. Le sigue Japón, que apenas se expandió un 1,7 por ciento. Pero lo notable de esta lista, que va del éxito al fracaso, es que sus extremos corresponden a los dos países que aplican un régimen de convertibilidad.
A partir de esto, y dejando de lado las extraordinarias diferencias estratégicas y funcionales entre Hong Kong y la Argentina, surge una pregunta obligada: ¿es verdaderamente la convertibilidad la culpable de la larga recesión argentina, o son otros los factores responsables? En cualquier caso, la rigidez cambiaria y la sobrevaluación del peso no serían la única razón por la que el país cae tan abajo en los índices de competitividad, a pesar incluso de las “reformas estructurales” introducidas en la década pasada. El propio instituto suizo tal vez dé una pista con esta constatación: “La competitividad está cada vez más ligada a la potencia intelectual. Está ganando intensidad una guerra entre naciones por atraer a los mejores cerebros”.
El IMD agrupa al medio centenar de países investigados en tres grupos, de acuerdo a su nivel de competitividad, adjudicándole a Estados Unidos el papel de faro universal de eficiencia, con el puesto número uno asegurado casi por definición. El pelotón líder de 16 naciones es acaparado por economías prósperas, incluyendo casos como los de Alemania (puesto 12) o Canadá (puesto 9). Llamativamente, algunas economías muy poderosas aparecen relegadas al segundo contingente de 16 países, como ocurre con Japón (26), Francia (25), Reino Unido (19) e Italia (32), delante de la cual se sitúa Brasil. Pero los méritos de Chile son aún mayores y le confieren el puesto 24. El grupo colista de 17 naciones cuenta con participantes tan significativos como China (33), México (36), India (41), Rusia (45) e Indonesia (49).
América latina no es vista, de acuerdo con este estudio, como una región particularmente propicia para el desarrollo de la iniciativa empresaria. Cuatro de sus mayores economías se ven relegadas al fondo de la tabla: México (puesto 36), Argentina (43), Colombia (46) y Venezuela (48). Brasil, como se mencionó, ostenta el 31. Ninguna de estas cinco naciones alcanza los 50 puntos, frente a los 100 de Estados Unidos.

OPINION

Por Arnaud Iribarne*

Sobre la extensión del IVA al circo

En nuestro carácter de asesores fiscales se nos consulta acerca del tratamiento a dispensar en el impuesto al Valor Agregado a tres hechos concretos:
1 El Presidente en una reunión internacional confirma como ministro de Economía al Dr. López Murphy y le manifiesta que cuenta con todo su apoyo. En el viaje de regreso, dado su carácter hiperactivo, aprovecha el tiempo y le solicita que presente la renuncia.
2 Se reúnen la mayoría de los dirigentes del partido de la oposición en un acto de “solidaridad” en el Salón Azul del Honorable Congreso de la Nación, “ante la arbitraria persecución que sufre el Presidente del partido” por parte de un fiscal que él designó cuando era jefe de Estado. Se canta la marcha peronista y se hace hincapié en el párrafo “... que se supo conquistar / a la gran masa del pueblo / combatiendo al capital.”
3 El representante argentino vota valientemente (a diferencia del resto del Mercosur) contra Cuba, horas antes de que el gobierno republicano de los EE.UU. llegue a la conclusión de que dicha isla no representa un verdadero peligro para el sistema defensivo norteamericano, su estructura misilística y sus siete flotas ubicadas en los distintos océanos.
Se dictamina: El Dec. 493/2001 publicado en el Boletín Oficial del 30 de abril elimina exenciones de determinados espectáculos, sustituyendo el apartado 20 del inciso e) art. 3º por el siguiente: “las locaciones y prestaciones de servicio ... 20) involucradas en el precio de acceso a lugares de entretenimiento y diversión”. El artículo anterior excluía “... los espectáculos... circenses...” Al desaparecer la exclusión, éstos han quedado gravados.
En lo que concierne al punto 1 consignado, el espectáculo fue brindado en Chile, territorio que se considera fuera del ámbito del tributo. El artículo 1º de la ley de IVA establece el marco territorial, por lo que no admite duda cuando dice “en todo el territorio de la Nación”. En caso de que la AFIP quisiera argumentar que en realidad se trata de un hecho complejo, que se perfecciona al regreso y en el espacio aéreo argentino, se debe explicar que esa parte fue lo único teñido de realismo y cordura.
El Diccionario de la Lengua Española establece para circo en su 2ª acepción: “Edificio o lugar con graderías para los espectadores, que tiene en el medio una o varias pistas en la que actúan malabaristas, payasos, equilibristas, animales amaestrados, etc.”
Los puntos 2 y 3 no se encuentran alcanzados por el IVA ya que el Decreto 493/2001 en su art. 4º establece la vigencia y desde cuándo sus medidas surtirán efecto: “a) Lo dispuesto en el artículo 1º para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1º de mayo del 2001.”
Ambos hechos se perfeccionaron y culminaron antes de la vigencia de la norma. En el Boletín Oficial del 2 de mayo se modifica el decreto 493 y se excluye la actividad “teatral”, por lo que lo espectáculos circences continúan gravados. Se recomienda a los sujetos mencionados concurrir a la agencia AFIP correspondiente a su domicilio a efectos de la inscripción.

*Tributarista.

 

 

 

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