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LA CORTE CONDENO A “NOTICIAS” A INDEMNIZAR A CARLOS MENEM
Otro fallo que amordaza la prensa

La sentencia obliga a la revista
a pagar 60.000 pesos por haber divulgado información sobre un hijo extramatrimonial. La decisión se toma pese a que se reconoce la veracidad de la noticia.

Carlos Menem obtuvo, estando preso, un fallo a su favor.

Por Victoria Ginzberg

La Corte Suprema condenó a la revista Noticias a pagar sesenta mil pesos al ex presidente Carlos Menem por haber publicado una serie de notas sobre su hijo extramatrimonial. En la resolución se dejó claro que no se discutía la veracidad de la información sino que se trataba de dilucidar la tensión entre el derecho a la libre expresión y el derecho de protección de una esfera de intimidad, aun en el caso de una personalidad pública. En la pelea, perdió la libertad de información. “Tanto la difusión de cuestiones familiares íntimas sobre presuntos vínculos familiares y sobre el estado anímico de su ex cónyuge en relación a tales lazos configura una intrusión en la zona de reserva del sujeto no justificada por intereses superiores de la comunidad”, dijeron cinco jueces del Tribunal, los únicos que votaron.
El expediente llegó a la Corte Suprema luego de que la revista apelara el fallo de la sala H de la Cámara Nacional en lo Civil, que había condenado a Noticias a pagar 150 mil pesos a Menem por “ejercicio abusivo de la libertad de expresión”. En primera instancia el entonces presidente había obtenido un fallo desfavorable pero los camaristas Claudio Kiper y Elsa Gatzke Reinoso de Gauna inclinaron la balanza a su favor. En cambio, Marcelo Achával, que votó en disidencia, consideró que existía un interés público “en el conocimiento de circunstancias que se refieren a aspectos propios de la vida privada de aquellas personas que, en mayor o menor medida, inciden en el destino de la sociedad, con más razón aún, cuando en sus manos se concentra la conducción misma del país”.
Julio Nazareno, Eduardo Moliné O’Connor, Augusto Belluscio, Guillermo López y Adolfo Vázquez afirmaron que “aún el hombre público, que ve restringida la esfera de su vida privada con motivo de la exposición pública a la que se halla sometido por el desempeño de su función, tiene derecho a preservar un ámbito en la esfera de la tranquilidad y secreto que es esencial en todo hombre, en tanto que ese aspecto privado no tenga vinculación con el manejo de la cosa pública o medie un interés superior de defensa de la sociedad”. Los otros cuatro jueces no manifestaron su opinión sobre este asunto.
En su extenso voto, Vázquez hizo un raconto histórico sobre los avatares de la libertad de prensa para concluir, igual que sus otros cuatro compañeros que “el presunto parentesco natural endilgado constituye una cuestión de neto corte íntimo, que no guarda relación alguna con el desempeño de la actividad política ni de la magistratura más elevada que un ciudadano pueda desempeñar. Es justamente el peligro de transformarnos en censores del comportamiento íntimo o familiar de las personas aún públicas lo que refuerza con el mayor énfasis la prohibición de inmiscuirse en esos ámbitos que carecen de repercusión en desempeño de la actividad ciudadana de ese mismo sujeto”.
Justamente la nota publicada el 12 de noviembre de 1995 por Noticias empezaba: “Es una cuestión de Estado. Los avatares de la pareja conformada por el presidente Carlos Menem y Zulema Yoma han influido en mayor o menor grado, sobre la contingencia política del país”. Allí se informaba sobre peleas entre Menem y su ex esposa por los contactos que el presidente tenía con Carlos Nair, el hijo que nació de su relación con la diputada formoseña Marta Meza mientras estaba detenido en la localidad de Las Lomitas durante la última dictadura militar. Y relataba que en febrero de 1994 Meza denunció amenazas contra su hijo, responsabilizó al Gobierno por su seguridad y luego buscó asilo en Paraguay. También se mencionaba que en 1988, cuando la diputada apoyaba a Antonio Cafiero en la interna peronista en Formosa aparecieron carteles con la leyenda “si no le da de comer a su hijo, cómo le va a dar de comer al país”. Carlos Nair se había convertido en un personaje público mucho antes de que Noticias lo publicara.
Los ministros de la Corte bajaron el monto que la revista debe abonar, que según la Cámara ascendía a 150 mil pesos, porque consideraron que “el quántum del resarcimiento, si bien constituye un factor disuasivo de lasconductas ilícitas, también puede convertirse, en caso de exceso, en factor de debilitamiento del desempeño de la prensa responsable”. Y fijaron la indemnización en sesenta mil pesos. La revista, además, deberá publicar la sentencia.

 


 

UNA MAESTRA CONDENADA POR ASISTIR A UN PIQUETE
Cuando manifestar es delito

Por M. P.

La profesora de matemática Marina Schifrin escuchó el veredicto al lado de su abogado. El juez federal de Bariloche, Leónidas Moldes, la condenaba a tres meses de prisión en suspenso, y además le prohibía participar de cualquier manifestación que tuviera lugar sobre “vías de comunicación interjurisdiccionales” y que agrupara a más de diez personas. Ella controló sus gestos y se dirigió a la calle, donde una multitud le expresaba su solidaridad. “Este es un fallo contra la gente que se moviliza y protesta”, se quejó, más tarde, en diálogo con Página/12.
En la pequeña oficina del juzgado federal de Bariloche se encontraban tres periodistas, unos pocos funcionarios judiciales, el propio magistrado, el fiscal, su familia y Schifrin, acusada de “impedir y entorpecer el funcionamiento de los medios de transporte”. Hasta ese lugar llegaba el ruido de los manifestantes que le manifestaban su apoyo. El juez leyó el fallo en ese ambiente atípico, con casi treinta efectivos de la Gendarmería y la Policía que custodiaban el frente de la sede judicial. La condena se basa en la calificación de “impedir y entorpecer el funcionamiento de los medios de transporte”, un delito previsto en los artículos 26, 27, 29, 45 y 194 del Código Penal. En marzo de 1997, la docente había participado de un piquete “en defensa de la educación pública” sobre la ruta nacional 237, en la entrada de Bariloche.
Schifrin y su defensor, Raúl Pytrula, quien patrocina a la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de El Bolsón, cuestionaron el fallo y adelantaron a Página/12 que apelarán la condena “hasta la instancia que sigue y todas las que hagan falta”. “Esto implica una criminalización de la protesta social. En este caso no hubo un impedimento del tránsito: la gente caminaba, estaba circulando”, señaló Pytrula a este diario.
En el fallo condenatorio, el juez Moldes incluyó una cláusula especial que prohíbe a la docente participar de “concentraciones de personas en vías públicas de comunicación interjurisdiccionales en momentos en que se reúnan más de diez personas”. Esa determinación fue tomada con sorna por la principal afectada. La docente llegó a esta instancia porque no aceptó pagar multas ni tampoco accedió a cumplir la probation que dispuso el juez y que sí aceptaron las otras ocho personas imputadas por el corte de ruta. La profesora, además, acusó al magistrado de actuar en “connivencia con el poder político”. “En el año ‘97, después de los episodios de Cutral Có, Menem escribió una solicitada que decía que los cortes de ruta debían ser castigados por la justicia. El fallo responde a eso. Además, Moldes fue secretario de Alberto Piotti. Tiene una clara definición política: actúa contra los pobladores pobres que cortan leña durante el invierno, les secuestra la motosierra y los pone presos”, dijo la docente. Schifrin tiene 41 años y trabaja en la Universidad Nacional de Comahue.

 


 

Policías que se entregaron

La mayoría de los ex policías santafesinos sobre los que pesaba una orden de captura del juez federal porteño Gabriel Cavallo, a pedido de la justicia española que los acusa de genocidio, terrorismo y torturas durante la última dictadura militar, se entregaron anoche a las autoridades. El que aún continúa prófugo es el ex juez federal Víctor Brusa.
Fuentes judiciales confirmaron que los ex policías Héctor Romeo Colombini, Mario José Fasino y Juan Calixto Perizzotti y María Eva Aevis se entregaron en la jefatura de la policía de esta ciudad y quedaron a disposición de la Justicia federal. Todos son requeridos por el juez español Baltasar Garzón y Cavallo había remitido un exhorto a los Tribunales de Santa Fe para que la hicieran efectiva.
En la nómina figuran también Brusa y el también ex policía Eduardo Ramos, quienes todavía permanecen prófugos. El conjuez santafesino Tadeo Gómez –designado para diligenciar el exhorto librado por Cavallo– señaló que se apeló a un cuadro de “emergencia y un conjunto de medidas tendientes a localizar a esta gente”. En ese sentido, precisó que se remitió la orden de captura a las policías Federal, de Santa Fe y Aeronáutica y a la Prefectura Naval y que se pidió al aeropuerto santafesino el listado de las personas que partieron en los vuelos a Buenos Aires “para ver si estos señores figuran en la nómina”.

 

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