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Casación dio marcha atrás con la
causa de enriquecimiento ilícito

El tribunal había pedido el expediente y parecía que iba a sacárselo a Urso. Tras una crítica repercusión en los medios, ayer lo devolvió a primera instancia. Urso seguirá investigando.

La casa de Anillaco, uno de los tantos bienes del patrimonio de la familia Menem (a nombre de Zulemita).

Por Eduardo Tagliaferro

Al día siguiente de haberse conocido el fallo de la Corte Suprema liberando a Carlos Menem, el edificio de los Tribunales apareció inundado de graffitis que decían “Nazareno + Menem = Asociación ilícita”. La celeridad mostrada por los cortesanos para borrar las pintadas, fue similar a la que mostró ayer la Cámara Nacional de Casación para devolver el expediente por enriquecimiento ilícito a su juez natural: Jorge Urso. Al día siguiente de haber reclamado la causa, hecho que no pasó inadvertido para los medios de comunicación, el Tribunal devolvió las actuaciones.
Si bien la causa había sido reclamada por Pedro David, titular de la Casación, éste fue el intermediario de un pedido del fiscal del cuerpo, Raúl Pleé. Para explicar la movida, en el tribunal de Casación afirmaron que se trataba de una simple certificación de la causa. Un trámite que, según informaron, pretendía un informe de los distintos objetos procesales de cada una de las causas en las que está desmembrada la investigación por la venta ilegal de armas.
Aunque en el tribunal argumentan que tan sólo querían informes de la causa principal, un camarista admitió a este diario que el pedido de la Casación incluía a todas las investigaciones conexas, y anexos que hubiera en el fuero federal. Por cierto que el reclamo no pasó desapercibido para quienes transitan Comodoro Py. Es precisamente la Casación quien debe definir la disputa de competencia trabada entre el fuero federal y el penal económico. El diferendo se planteó después que los camaristas de la Sala II, Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Luraschi, en lugar de confirmar o revocar la prisión preventiva que Urso le dictó a Menem, reclamaran la unificación de todos los expedientes.
Aunque en esa ocasión los integrantes de la Sala II sostuvieron que la unificación debía hacerse en el fuero federal, todo indica que seguramente las actuaciones serán enterradas en el fuero penal económico. Como al pasar los camaristas federales habían sostenido que el contrabando es la figura que atrae al resto de los delitos. Precisamente esta definición es la que esgrimió el juez penal económico, Julio Speroni, para reivindicar su competencia.
En este contexto y luego de que el fallo de la Corte Suprema derribara las principales figuras delictivas que daban cuerpo a la investigación –asociación ilícita, falsedad ideológica de los decretos, falsedad ideológica del convenio entre Fabricaciones Militares y el Ejército, malversación de caudales públicos– que la Casación pidiera el expediente por el presunto enriquecimiento ilícito del ex presidente motivó alarma en Comodoro Py.
Cuando en la causa por enriquecimiento comenzó a notarse irregularidades en el patrimonio declarado por Menem, su defensa reclamó el cierre de las investigaciones con el argumento de que existía cosa juzgada. Del cotejo de sus declaraciones juradas, la AFIP había detectado una diferencia cercana a los dos millones de pesos. Además de liberar a Menem y a Emir, al derribar una gran cantidad de figuras penales, el fallo de la Corte Suprema impediría que pudiera haber respuesta a los exhortos enviados a la Justicia Suiza. El enriquecimiento ilícito no figura como delito para los códigos penales suizos. Si la única causa que quedará en pie fuera ésta, es improbable que los jueces argentinos puedan obtener respuestas.
Precisamente el juez de Ginebra, Claude Wenger, admitió que el ex presidente figuraba en los registros bancarios de su país como titular en dos cuentas bancarias. Además de ser quien abrió la cuenta que figura a nombre de su ex esposa Zulema Yoma y su hija Zulemita, su nombre está detrás de la de una sociedad comercial. El juez ginebrino había confirmado a la prensa de su país que entre ambos depósitos rondarían una cifra menor a los 10 millones de dólares.

 

Balza también quiere salir

El ex jefe del Ejército, general Martín Balza, reclamó ayer ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico su “inmediata libertad” en la causa por el contrabando de pólvora y armas enviados a Croacia. Los camaristas de la Sala B del fuero, Marcos Gravibker, Carlos Pizzatelli y Roberto Hornos, admitieron ayer que la situación procesal de Balza es de difícil resolución. Comentan que el general estaba lejos de los ámbitos políticos, que firmaron los decretos que ampararon la maniobra, pero que también está complicada su participación en el contrabando. Claro que era depositario y custodio del armamento de su fuerza. Material bélico que finalmente formó parte de los transportes, una vez que se agotaron las existencias en Fabricaciones Militares.
Los camaristas de la Sala B tienen en estudio desde hace dos meses la apelación de Balza a la prisión preventiva que le dictó el juez Julio Speroni. Tampoco resolvieron un pedido de excarcelación que había presentado su defensa. Desde que Carlos Menem salió en libertad, todos los involucrados en el expediente también la reclaman.

 

OPINION
Por Mirta Mántaras *

Derecho a reclamar

Lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia cerrando la investigación de la asociación ilícita que perpetró delitos utilizando el poder del Estado constituye un decisorio ilegítimo e ilegal, pues se violó el debido proceso abortando la investigación en ciernes, se salteó una instancia interviniendo irregularmente la Corte y la decisión suscripta por íntimos amigos de los acusados carcome la esencia del rol de la magistratura.
Los ciudadanos quedamos damnificados por esta resolución, pues resulta de interés prioritario para la convivencia en un estado de derecho que los poderes públicos efectúen actos intrínsecamente válidos, es decir, no sólo con el ropaje formal, sino con un contenido acorde con las leyes, con la Constitución y con los Tratados Internacionales incorporados a ella.
La protección de los derechos humanos establecida por el Pacto de San José de Costa Rica, que rige obligatoriamente para la región, tiene como beneficiarios a los habitantes de los países americanos aun contra las leyes, sentencias y actos de cualesquiera de los poderes del Estado que contraríen sus normas y las obligaciones asumidas. Rige el principio “pacta sum servanda” (los pactos se han hecho para cumplirse).
Además, se han tratado ya en la Corte Interamericana que aplica el referido pacto que las violaciones encubiertas como “leyes” de amnistía o decisiones judiciales de inconstitucionalidad o velados indultos, carecen de validez y eficacia aunque respeten las formas legales y se trate de actos emitidos por un poder legítimamente constituido.
La decisión de la Corte resolvió sin que le corresponda y sentó un criterio harto peligroso: que la asociación ilícita, como figura penal no se aplica a los gobernantes, lo que significa un enorme ataque al principio de igualdad ante la ley. Por otra parte, prácticamente avala cualquier decreto como acto indiscutible de gobierno aunque contenga un acto delictivo.
Por ello los ciudadanos tenemos derecho a reclamar ante la OEA la intervención de la Corte Interamericana de Costa Rica por las decisiones de nuestro propio Estado que vulnera las garantías que nos amparan.
Con el decreto ilegal de venta de armas, acto prohibido a la luz de los acuerdos internacionales por ser país garante de la paz, se puso en riesgo a todos los habitantes pues se creó un conflicto al país, además de poner en riesgo, fuera de lo esperable, a los militares que de buena fe integraron las misiones de paz y luego vieron en manos de una de las partes en conflicto fusiles con el escudo del ejército argentino.

* Abogada de derechos humanos.

 

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