La jueza porteña Paola Cabezas Cescato, titular del fuero n°11 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, falló a favor de una familia para que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires adopte en 24 horas las medidas necesarias para garantizar la asistencia alimentaria “hasta tanto concluya el Aislamiento Preventivo, Social y Obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional”. El fallo deriva de la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público Tutelar, en el contexto de la emergencia sanitaria. “Serían mayores los perjuicios que se causarían en el caso de que no se concediera la cautelar peticionada que aquellos que se derivarían de accederse a ella”, fundamentó la jueza.

La familia beneficiada por el fallo, formada por un hombre, una mujer y cuatro hijos, vive en el barrio de Constitución. Al estar en situación de desempleo, la mujer es miembro de dos programas de la Secretaría General de Niñez y Adolescencia (SENNAF): uno habitacional, que utilizan para pagar el alquiler y los servicios del hogar, y otro alimentario, mediante una tarjeta que cuenta con 5 mil pesos mensuales para compras en supermercados. Sin embargo, desde febrero no perciben ninguno de estos beneficios y, según manifestó la jueza en el fallo, la familia desconoce cuándo se debitará el monto correspondiente para el mes de marzo. Así mismo, Cabezas Cescato afirmó que “resulta clara la situación relatada en el escrito liminar respecto a la imposibilidad que tiene el grupo familiar actor de hacerse por sí, tal como de rutina hacían, de los alimentos y víveres necesarios para su subsistencia”. Además de los programas, la otra fuente de ingreso habitual para la familia era el trabajo del padre, que se desempeñaba de manera informal en un lavadero de autos. Al verse suspendida la actividad del local, el salario que normalmente percibía el hombre también se interrumpió.

“Hubo otras nueve familias, también de la zona sur de la Ciudad, que también pidieron asistencia alimentaria. El problema es que los comedores están desbordados”, señaló a Página/12 Ramiro Dos Santos Freire, defensor público del Juzgado N°5 y agregó que “el problema de la alimentación es integral y la solución debe ser colectiva y no particular para cada caso”. Dentro de las opciones que el Ministerio de Desarrollo Social de la Ciudad podría optar para garantizar el cumplimiento de la medida cautelar, la tarjeta “ciudadanía porteña”, la entrega de un bolsón de alimentos o el cupo para ir a un comedor cercano al domicilio son las posibilidades que el defensor baraja. “En 24 horas el Gobierno de la Ciudad tiene que disponer una solución y darle la respuesta tanto a la jueza como a la familia”, afirmó Dos Santos y agregó que, pasado el aislamiento obligatorio, “el expediente va a seguir con otro juez que debería ampliar o rectificar la medida”. Sin embargo, el fallo detalla que la asistencia alimentaria que supone “subsistirá únicamente hasta tanto concluya el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por las autoridades de la Nación”.

En los fundamentos del fallo, la jueza hizo alusión a distintos instrumentos internacionales de los derechos humanos, tales como la Convención Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que, al igual que la Constitución argentina garantizan “el derecho a la salud integral que está directamente vinculada con la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente”. Teniendo en cuenta el contexto de emergencia sanitaria, Cabezas Cescato remarcó en el fallo con especial énfasis que el Gobierno de la Ciudad deberá adoptar las medidas necesarias para la alimentación de la familia en el plazo de 24 horas.