“Todo lo que hagamos ahora es lo que no hicimos antes”, dice el fiscal Pablo Parenti, responsable de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado, de la Procuración General de la Nación, para quien los archivos son pistas de un rompecabezas vivo a armar contrarreloj. En su fiscalía, las disposiciones para destruir expedientes afectan papeles cuya importancia “no se puede establecer a priori”. En los casos de lesa humanidad, la investigación no tiene derroteros explícitos, unívocos, y mucho depende del trabajo de hormiga, la experiencia acumulada, la observación de un detalle, y quizás hasta algún azar. “Visto lo que pasó en Argentina, todos esos son expedientes a conservar”, alerta.

“En una investigación abierta, para establecer nexos, para intentar dar sentido a las desapariciones de personas, a veces estoy pidiendo, por ejemplo,  un expediente por un delito común, por una falsificación de documento, por ejemplo. Si uno mira a priori ese caso suelto, ese delito común, no tiene importancia, pero tal vez resulta que la persona de esa causa desapareció poco después. Entonces cambia todo. Por otro lado, pensemos también en expedientes de otros importantes casos históricos: ¿los de los fusilamientos del levantamiento de Valle que investiga Operación Masacre están preservados? No tengo idea”, señala Parenti, que desde el año pasado “venía preparando un pedido a la Corte Suprema para preservar expedientes judiciales”. Más allá de la decisión explícita de depurar un archivo, “siempre hay riesgo de que los expedientes viejos se pierdan. En mi caso, para investigar casos de apropiación de niños, muchas veces tengo que pedir expedientes de adopción, y a veces expedientes penales, que tienen que ver con personas que desaparecieron, y hay que estudiar el contexto. Siempre uno tiene miedo de que no esté el expediente”, cuenta el fiscal.

Como respuesta a las disposiciones para destruir expedientes, en estos días, tanto la fiscalía especializada en robo de bebes durante la dictadura como la especializada en crímenes de Lesa Humanidad pidieron la conservación de expedientes de un período específico (entre 1974 y 1983 en el primer caso; desde 1972 en el segundo).  Parenti elevó un pedido al presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, para que “emita una acordada o resolución con el propósito de disponer la no destrucción y la preservación de los expedientes”. El pedido subraya la importancia de contar con los documentos, cuya consulta “como se ha demostrado en numerosas investigaciones (…)  resulta una medida de prueba imprescindible, razón por la cual su preservación es fundamental”. El pedido de mantener en guarda el material fue cursado también a los juzgados que estaban por proceder al descarte y a las autoridades del Archivo General del Poder Judicial, a quien “estamos pidiendo que no destruya nada”. ¿Por qué fueron precisos estos pedidos? “No hay una ley que disponga qué se debe preservar” en estos casos, dice Parenti.

Sin embargo en algunas provincias sí existen antecedentes favorables a la preservación, decididos por los propios máximos tribunales locales. En 2005, el Superior Tribunal cordobés resolvió “la suspensión de la destrucción de expedientes archivados por los juzgados de instrucción y fiscalías entre 1975 y 1986”, recuerda el oficio elevado por Parenti a Lorenzetti. En ese caso, la corte de Córdoba  argumentó que esa documentación “puede resultar de interés como prueba en los juicios por violaciones a los derechos humanos”. En 2008, la Corte Suprema bonaerense dictó una acordada que establece la conservación “de manera prolongada” de una amplia gama de expedientes, entre ellas las vinculadas a crímenes de lesa humanidad y las causas sustanciadas entre 1972 y 1983 por homicidios o muertes dudosas con víctimas no identificadas. El año pasado, la Corte tucumana dictó una acordada para ordenar “la preservación e identificación” de expedientes vinculados a “menores no identificados (NN), legajos o expedientes de adaptación” y otra serie de delitos o investigaciones vinculados. 

En esos casos en particular los documentos están preservados. Sin embargo, señaló el pedido al presidente de la Corte, “sería sumamente valioso que la Corte Suprema estudiara también la posibilidad de invitar a las cortes provinciales a dictar normas que aseguren la preservación de expedientes iniciados entre 1974 y 1983”, necesarios para investigar “hipótesis de apropiación de niños u otros delitos presuntamente ocurridos fuera de la Capital Federal”.