“De la piel para adentro empieza mi exclusiva jurisdicción.

Elijo yo aquello que puede o no cruzar esa frontera.

Soy un estado soberano y los límites de mi piel

me resultan mucho más sagrados que los límites políticos de cualquier país¨

Anónimo contemporáneo.


Beto, internado en una institución cerrada monovalente por decisión familiar debido a su dependencia de las drogas, le comenta a un amigo: “Vos y la gente estan encerrados en su casa por la pandemia y decisión del gobierno, yo también estoy encerrado por decisión de otros, la diferencia es que yo no puedo ir ni al super y con las drogas habrá que convivir siempre en el mundo”.

El día 26 de junio se desarrolla desde el año 2013 en todo el mundo la Campaña Internacional “Support Don't Punish / Acompañe no castigue” como alternativa al tradicional “Día Internacional de la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de drogas”. Mientras la idea de acompañar y no castigar permite reclamar por políticas de drogas más efectivas pero también más humanas; el mensaje tradicional basado en la lucha contra las drogas insiste con la lógica bélica que sigue inspirando vetustas campañas basadas en el discurso abstencionista e instituciones de aislamiento.

Acompañar es alojar en las redes de cuidado a los usuarios de drogas, aceptar que sea que consuman, abusen o dependan de las drogas son ciudadanos a quienes el Estado debe preservar su derecho a la salud, a información verídica y pragmática, dispositivos asistenciales, estrategias de reducción de daños si no pueden o no quieren dejar de consumir para que lo hagan con los menores riesgos y daños posibles. Acompañar ya es no castigar, no estigmatizar y para ello se requiere de una legislación que no penalice la tenencia para consumo o el autocultivo como la Ley argentina 23.737.

Más de treinta años de vigencia de esta ley han demostrado no solo su inutilidad, sino especialmente su fracaso. El fallo de la Corte Suprema conocido como “fallo Arriola” en 2009 reivindicó el derecho a la privacidad de los usuarios de drogas, el “to be let alone” del derecho anglosajón, al declarar inconstitucional el articulo 14 de la ley de drogas 23.737 que penaliza la tenencia para consumo personal.

El fallo de la Corte no ordenó la despenalización pero sí la legitimó. El fallodeclara que el artículo 14, segundo párrafo, de la ley 23.737 debe ser invalidado, pues conculca el artículo 19 de la Constitución Nacional, en la medida en que invade la esfera de la libertad personal excluida de la autoridad de los órganos estatales”.

El nuevo Código Civil que enfatiza, en armonía con la ley de Salud Mental 26.657, que "deben priorizarse las alternativas terapéuticas menos restrictivas de los derechos y libertades" no tiene posibilidad de implementación para los usuarios de drogas, que bajo la ley 23.737, deben elegir entre cárcel y tratamiento. En múltiples casos, los usuarios de drogas no terminan en la cárcel por tenencia para uso personal, sin embargo sí en tratamientos compulsivos en el marco de las medidas de seguridad curativas, y sí obviamente enfrentando los daños de una causa penal y la estigmatización que conlleva. Además cuando las causas duermen en los cajones de Tribunales, con todo el costo que esto supone, ello no obvia los daños que produce en la vida del sujeto la inmersión del Derecho en el ámbito de su privacidad.

Quizá sea hora de resignar fórmulas vacías de contenido -"Argentina sin Narcotráfico"; "Venceremos a las drogas"- en beneficio de una política de drogas en la cual la seguridad no sea sinónimo de restricción de políticas sociales y sanitarias y persecución y criminalización de la pobreza. Una política de drogas que definitivamente parta de reconocer que la causa del problema no es el objeto, sino los sujetos que lo consumen y la manera en la cual lo hacen y a partir de ello orientar las respuestas en los abordajes clínicos, socio comunitarios y de reducción de daños.

El concepto griego de pharmakon es sabio para ilustrar que las drogas pueden ser remedios y/o venenos y no depende de la sustancia, sino de quienes la consumen y en qué cantidad y forma que advengan lo primero o lo segundo. Para la Asociación de Reducción de Daños de la Argentina ARDA -que hace quince años lanzaba la Campaña "Hay leyes que hacen más daño que las drogas”- ocurre algo similar con la legislación. No puede desconocerse la utilidad de las leyes para el ordenamiento de la vida humana, pero intentar resolver con el Derecho Penal problemas sociales y de salud no hace sino agravar los problemas existentes y crear nuevos problemas como el distanciamiento del sistema sanitario, la vulneración de derechos y la discriminación y estigmatización. Esto lo ilustra la criminalización de la pobreza y la manera en que tanto una detención policial como una causa judicial lesionan la existencia de una persona.

Por todo lo expuesto, es necesario que este 26 de Junio se abandonen definitivamente las consignas beligerantes focalizadas en el objeto droga y se abrace una consigna centrada en los seres humanos que las consumen. En Argentina, señores responsables de las políticas públicas, señores legisladores, profesionales, ciudadanos: “Acompañen, no castiguen”. Porque los usuarios de drogas no pueden seguir pagando el precio de una ley más tóxica que la misma droga o una política de salud sin Reducción de daños como pilar clave complementario de la Prevención y la Asistencia.


Silvia Inchaurraga es Dra. en Psicología, Directora del Centro de Estudios Avanzados en Drogadependencias de la Universidad Nacional de Rosario y Secretaria General de la Asociación de Reducción de Daños de Argentina.