La sanción de apercibimiento al inspector Luis Villalba, a cargo del subprograma de Servicios y Fiscalización de la Secretaría de Movilidad Ciudadana, está contenida en la resolución 72 de la Coordinación Jurídica y Legal.

Al justificar la sanción, la gestión municipal reivindicó su defensa de la libre opinión y libertad de expresión.

El inspector Villalba emitió con su firma, el 3 de agosto pasado, un memorándum por el que se hacía conocer a los trabajadores bajo su responsabilidad, casi todos inspectores de calle, que “por orden de la superioridad a partir de la fecha ESTÁ PROHIBIDO DAR INFORMACIÓN A LOS MEDIOS DE COMUNICACIONES", ya que toda la información estaría canalizada a través de la Secretaría de Prensa de la Municipalidad de la ciudad de Salta.

La difusión pública del documento interno el 4 de agosto provocó una generalizada reacción negativa por lo disparatado y absurdo de la medida, que coincidió con el inicio del sistema de multas en línea con los equipos denominados PDA (Personal Digital Assistant o Asistente Digital Personal).

Esa tecnología permite conexión en red con las bases de datos del Tribunal Administrativo de Faltas (TAF) y la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Salta (ARMSa) para brindar detalles sobre infracciones y la situación de los vehículos o el conductor en infracción.

El miércoles 5 de agosto, el secretario de Movilidad Ciudadana, Gilberto Pereyra, la máxima autoridad del área, dijo como parte de una entrevista más amplia en el diario local El Tribuno que “hubo una mala interpretación y el memorándum quedó sin efecto”.

Pereyra agregó que “la disposición fue del sábado pasado para este lunes, para que los inspectores no informen a la prensa hasta que no estén los operativos en los lugares asignados”. 

Y aclaró que el verdadero objetivo de esta nota era evitar alertar a la población sobre dónde estarían los puntos de control el lunes último, para que estos mantengan su carácter de sorpresivos.

El argumento no resiste análisis, significa entonces que estando el memorándum sin efecto, los agentes de tránsito pueden volver hablar con la prensa y quitarle el carácter sorpresivo a los controles.

La sanción a Villalba

Del texto del memorándum surge claramente que Villalba no obró por sí, sino por indicación de una autoridad superior, como de hecho sucedió. Un jerárquico de primera línea y máxima confianza del secretario de Movilidad Ciudadana, observó agentes hablando con periodistas, transmitió su malestar por el hecho a otro jerárquico de carrera, que su vez le pidió a Villalba que emita la orden, de lo que resultó el documento en cuestión.

En los considerandos de la resolución que apercibe al inspector Luis Villalba, el Coordinador Jurídico y Legal de la Municipalidad, Daniel Nallar, sostiene que “la comunicación gubernamental sirve a la política estatal como rendición de cuentas permanente y transparente a la población sobre compromisos, metas y realizaciones, y procura construir, mantener y energizar una relación duradera y de confianza con los vecinos y sus organizaciones”.

Puntualiza que para concentrar la gestión de la información disponible, a fin de optimizar su funcionalidad y alcanzar nuevos estándares de accesibilidad a la información, se asignaron oportunamente funciones específicas a la Secretaría de Prensa de la Municipalidad de Salta”.

Añade después, en otro considerando que sin perjuicio de ello “la gestión de gobierno también valora especialmente la libertad de expresión y la posibilidad de que todos los vecinos, tanto en el ámbito municipal como en la vía pública, puedan realizar observaciones y opinar respecto de la gestión municipal”.

Dice luego la actual gestión de gobierno municipal "fomenta, apoya y respeta plenamente la libertad de expresión y su colaboración para la vigencia de la misma no se limita a un rol de cuidar sino además alentar a los funcionarios a que respeten la misma”.

Cita los incisos w) y x) del Convenio Colectivo de Trabajo vigente en los que se consignan los deberes del personal municipal; respetar y hacer cumplir el sistema jurídico vigente y seguir la vía jerárquica correspondiente en las peticiones y tramitaciones realizadas.

Por lo tanto “no puede tolerarse de parte de ningún funcionario del Departamento Ejecutivo Municipal acciones que no solamente en su contenido constituyen violaciones a lo dispuesto en la Constitución Nacional, sino que además se emiten desconociendo la jerarquía de las autoridades superiores, correspondiendo por ello aplicar una sanción por la conducta desplegada por el agente Villalba”.