Los Estados tienen la obligación de garantizar los derechos a la vida y a la integridad física de los habitantes. Para garantizar estos derechos humanos fundamentales se les encarga materializar el monopolio estatal del uso de la coerción. La obligación de proteger la vida es el principal deber de una policía democrática y está muy por encima de su deber de arrestar en flagrancia a quien comete un delito grave. Por eso, la primera consideración que un/a policía debe hacer al intervenir es evaluar si lo que está por hacer (o dejar de hacer) es consistente con su obligación de proteger la vida y la integridad física. Las propias, las de las personas con las que interactúa y las de terceros.

Seguir premiando sin más consideraciones que la participación de los/as policías en enfrentamientos armados como "valor", "arrojo", "heroísmo", engendra incentivos y fortalece culturas institucionales que van en contra de la protección de la vida propia y la de terceros. 

Lo que ocurrió esta semana en Rosario implicó generar innecesariamente un enfrentamiento al dar la voz de alto y desenfudar el arma ante dos ladrones (uno armado) que se retiraban luego de robar una mochila es una violación a la obligación de cuidar la vida y la integridad física propias (el policía resultó herido y corrió riesgo su vida), de las personas con que interactuaba (uno de los ladrones murió y el otro fue herido) y de terceros (había gran cantidad de gente que solo por suerte no fue alcanzada por algún proyectil). En realidad, hay que considerar como profesionalidad y heroísmo cuando un/a policía tiene el entrenamiento y el temple de soportar el robo de una mochila con frialdad, hacer una rápida consideración táctica de la situación y dejar que quienes ya se apropiaron de la mochila se vayan (para no producir un enfrentamiento) y solicitar apoyo al 911 para que se los ubique y arreste.

Asi está establecido en los modelos sobre uso de la fuerza en las policías más profesionales del mundo. Así se entrena, evalúa y se premia o castiga el uso de la fuerza. De lo contrario se produce una fuerte contradición entre la retórica democrática ("servir y proteger") y las prácticas y culturas institucionales existentes.

De hecho, hasta tengo dudas si en este caso de uso de fuerza letal están presentes todas las condiciones para definirlo como legítima defensa. Dudas. Esperemos que en su investigación el MPA cumpla en serio con el protocolo de Minnesota de la ONU aplicable a casos como éste y estas dudas resulten despejadas.

En un tiempo en que urge prevenir toda forma de violencia, no deberíamos tolerar que se celebren y premien institucionalmente prácticas, culturas y retóricas que reproducen mensajes de violencia hipermasculina y que ponen en riesgo la vida y la integridad física de todxs. 

*Titular de la cátedra de Criminología y Control Social de la Universidad Nacional de Rosario.