Con pequeñas modificaciones, la comisión de Hacienda del Concejo Deliberante de la ciudad de Salta otorgó este lunes dictamen favorable al proyecto de ordenanza del Ejecutivo Municipal que propone una moratoria impositiva de amplio alcance.

Previamente, funcionarios municipales del área de recaudación explicaron el alcance del proyecto de ordenanza que plantea un alivio fiscal para morigerar, en el comercio y los contribuyentes en general, los efectos de las restricciones derivadas de la pandemia, al tiempo que busca recuperar para la Municipalidad recursos que no ingresaron.

La comisión de Hacienda y Presupuesto del Concejo Deliberante, que preside el concejal Ángel Causarano, recibió ayer al director Ejecutivo de ARMSa (Agencia de Recaudación Municipal), Alejandro Levín, y la subsecretaria Tributaria y de Recaudación, Silvina Cainelli.

De la reunión participaron además de Causarano, los concejales José Gauffín (JC), Susana Pontussi (PARES) y Santiago Alurralde (STF).

En los fundamentos de la iniciativa de ordenanza, se cita el decreto municipal 123, del 6 de abril de 2020, dictado en instancias del pico más alto de adopción medidas restrictivas de aislamiento social, preventivo y obligatorio y que contiene 21 extensos considerandos vinculados a su vez a los decretos nacionales de ese momento.

Allí se consignó que “desde el año 2019 nuestro país padece una fuerte crisis económica que afecta principalmente a los sectores comerciales, turísticos y productivos, los que con la cuarentena obligatoria y total vieron profundizados sus problemas económicos y financieros, con disminución de la producción y caída de la demanda y consumo". También se recuerda que “la epidemia del coronavirus COVID-19 tiene efectos negativos sobre la economía y finanzas de las empresas radicadas en nuestra ciudad, lo que obliga tomar medidas paliativas y de estímulo que den un nuevo impulso a estos sectores esenciales en nuestra economía local”.

Bajo esa premisa se dispusieron entonces, hace poco más de un año, cambios en las fechas de vencimiento de obligaciones fiscales y tributarias con énfasis en los comerciantes pymes salteños, a los fines de proteger la economía de los comerciantes y contribuyentes de la ciudad de Salta.

La idea ahora, es atender la situación de ahogo financiero que arrastran los contribuyentes del municipio, para lo cual se elaboró el proyecto de regularización de obligaciones tributarias y no tributarias.

Alcances

El régimen será aplicable a obligaciones tributarias, intereses, recargos, sanciones y multas a cargo de ARMSa, cuyos vencimientos hubieren operado antes del 31 de marzo de 2021.

También se aplicará a obligaciones no tributarias, sanciones, multas, infracciones, sus intereses y accesorios impagos, también devengados antes del 31 de marzo de 2021.

Podrán incluirse los saldos de deuda que hayan sido incorporados en los planes de pago vigentes o caducos, celebrados con anterioridad al 31 de marzo de este año, con lo cual el beneficio será aplicable sobre el saldo pendiente de cancelación del plan. Quedarán excluidos los planes vigentes, que cuenten con beneficios de otros regímenes especiales de regularización y facilidades de pago.

Comprende también todas las deudas en discusión administrativa o judicial, así como también en ejecución judicial, los ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de ARMSa y de la actividad de control, inspección y sancionatoria de otros organismos de la Municipalidad, siempre y cuando el demandado, infractor o contribuyente desista, acepte las condiciones del régimen y se allane totalmente asumiendo el pago de costas y gastos.

Tramos y beneficios

Para las obligaciones tributarias y no tributarias se establecen dos tramos, que incluyen cada uno fechas en las cuales se puede adherir al regimen.

El primer tramo regirá desde la sanción y promulgación de la norma hasta el 31 de julio y el segundo tramo, hasta el 31 de agosto.

Los que opten por acogerse en el primer tramo, tendrán mayores beneficios que los que se incluyan en el segundo tramo.

En cualquiera de los tramos se podrá optar por pagar de contado, con un plan de facilidades de 2 a 6 pagos y plan de facilidades de 7 a 12 pagos.

Los tramos y opciones de pago, son los siguientes para las obligaciones tributarias:

Y los tramos y opciones para las obligaciones no tributarias: