En un caso que no tiene aplicación a la generalidad, el juez federal de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, declaró inconstitucional la suspensión de la movilidad jubilatoria del año 2020 y le ordenó a Anses volver a calcular la jubilación que le corresponde a quien hizo la demanda, todo en base a los porcentajes del cálculo incluidos en la ley 27.426, aprobada durante la gestión de Cambiemos. 

Según trascendió, la resolución se tomó en la causa "Genesio, Néstor Jorge c/ Anses s/ reajustes varios", que tramita en el Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba. Según Bustos Fierro, "la potestad de disponer incrementos por decreto que no respondan a un lineamiento objetivo, trastoca el principio de legalidad".

Bustos Fierro es conocido por fallos polémicos y afines a los grupos de poder. El último hito fue la aceptación de una medida cautelar que presentó la empresa Telecom, del Grupo Clarín, contra la decisión del Gobierno Nacional de declarar servicios esenciales a Internet, celulares y telefonía. Bustos Fierro tiene en su haber, además, fallos y decisiones favorables al holding bastante anteriores, cuando se discutía la Ley de Medios y existía tensión entre el Gobierno de la entonces presidenta Cristina Fernández y las empresas de telecomunicaciones. 

En el caso del fallo por las jubilaciones, según la fórmula suspendida todos los pasivos y pensionados de Anses tenían que recibir una suba anual del 42 por ciento. Pero con el reajuste recibieron entre 24,3 y 35,3 por ciento, siempre variando segun los ingresos mensuales. Ese es el punto que el juez tomó para decidir la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.541.

En ese marco el magistrado determinó que los aumentos efectuados "no resultan ser superadores de los índices que reemplazan, no encontrándose cumplidos los objetivos que se tuvieron en mira con la delegación". La causa en la que actuó es “Genesio, Néstor Jorge c/ Anses s/ reajustes varios”.