El 8 de octubre de 2013, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Catamarca, impuso la pena de prisión perpetua a tres exmilitares, Carlos Carrizo Salvadores, Mario Nakagama y Jorge Ezequiel Acosta por el fusilamiento de 14 miembros del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) en la quebrada de "Los Walther", en adyacencias a Capilla del Rosario, del departamento Fray Mamerto Esquiú

Entre los días 11 y 12 de agosto de 1974, los militantes habían intentado copar el Regimiento Aerotransportado 17 de la provincia, pero fueron sorprendidos por la policía y, habiendo entregado sus armas, fueron ejecutados por las fuerzas del ejército. El tribunal entendió que los hechos imputados configuraban delitos de lesa humanidad y, consecuentemente, resultaban imprescriptibles e inamnistiables.

El 9 de junio de 2016, la Cámara de Casación de Tucumán, resolvió absolver por el beneficio de la duda a los tres condenados. La decisión fue apelada. En 2017, el procurador fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eduardo Casal, consideró que la Corte Suprema debe revocar las absoluciones dictadas a favor de los tres militares condenados por los homicidios de 14 militantes políticos. 

La última actividad de la causa fue en 15 de julio pasado, cuando el querellante, Guillermo Díaz Martínez, presentó un pronto despacho ante la CSJ para que resuelvan. Hoy se cumplen 47 años de aquel macabro hecho que sesgó la vida de 14 jóvenes.

Se trata de una de las pocas causas en donde hubo material fotográfico de los crímenes, en donde se reconocieron con nombre y apellido 6 de las 14 víctimas.

Masacre

La situación que derivó en lo que hoy se conoce como “masacre del Capilla del Rosario”, inició el sábado 10 de agosto de 1974, cerca de la medianoche. En aquel momento, el subcomisario René Rolando Romero quien estaba como Jefe de Servicio en la Brigada de Investigaciones de la Policía de la Provincia de Catamarca, tomó conocimiento de que había un ómnibus lleno de personas “en actitud sospechosa y vestidas de negro”, en la localidad de Banda de Varela, a unos 3 km de la ruta provincial N° 62. Romero transmitió la denuncia al Jefe de la Brigada de Investigaciones (Comisario Pedro José Toloza), quien le ordenó que reuniera una patrulla y se dirigiera al lugar.

En el autobús había 44 militantes del ERP. Aproximadamente las 00.30 del domingo 11 de agosto, Romero se dirigió a Banda de Varela en una delegación con dos móviles y efectivos de la Policía. Cuando llegaron al sitio donde estaba el ómnibus, les habría ordenado descender, pero las personas en vez de acatar comenzaron a disparar. Del cruce de disparos resultó la muerte de dos personas pertenecientes al grupo y dos policías heridos. El resto de los militantes se dispersó.

El Regimiento 17 tomó intervención y comenzó la búsqueda de los que habían logrado evadirse. El Comandante y segundo Comandante del Regimiento 17 (Coronel Cubas y Teniente Coronel Barufaldi) reforzaron las medidas de seguridad en su unidad, y ordenaron al Jefe de Operaciones (Mayor Fernández Suárez) que dispusiera que todos los oficiales se presentaran al Regimiento 17 vestidos con ropa de combate. También, se pusieron en contacto con el Teniente Coronel Anello (Jefe de la Policía de la Provincia) e informaron de la situación al Comando del III Cuerpo del Ejército.

Así, a partir de las 8.30 desde el Regimiento 17 se dispuso un rastrillaje de la zona con el fin de aniquilar a los que habían escapado. Algunos de los miembros del ERP fueron detenidos en distintos lugares, además se habría producido otro tiroteo, en el que habría muerto un policía. 14 se adentraron en la zona conocida como lomadas de Capilla del Rosario.

Al enterarse de la situación y las muertes de dos personas, Jorge Mario Marca –abogado tucumano que ejercía libremente la profesión en Catamarca– habló con el ministro de Gobierno de la provincia, Alberto del Valle Toro, para que intercediera ante el Ejército y tratara de evitar más muertes. Toro le advirtió primero que no se metiera en problemas, pero ante la insistencia de Marca, se comunicó con el coronel Cubas. Éste le dijo que no había posibilidad de parlamentar con “los insurgentes”, ya que el ejército “salía con instrucciones de aniquilar .

El lunes 12 de agosto, miembros del Regimiento de Infantería Aerotransportada 17 se movilizaron hacia la zona de Capilla del Rosario, contando con el apoyo de las fuerzas de seguridad locales y dos helicópteros. Entre ellos se encontraban el Jefe y subjefe del Regimiento 17, el capitán Carrizo Salvadores (asistente personal del Jefe del Regimiento y parte de la Plana Mayor de éste, como Oficial de Personal –S1), el capitán Nakagama (jefe de la Sección Morteros Pesados de la Compañía Comando del Regimiento 17) y el Teniente Primero Acosta (a cargo de la Compañía “B” del Regimiento 17).

Las fuerzas rodearon al grupo de 14 personas en una hondonada de Capilla del Rosario, y una vez que ya se habían rendido y entregado las armas, fueron fusiladas.

Mario Héctor Lescano, Juan de Olivera, Héctor Moreno, Rogelio Gutierrez, José María Molina, Luis Santiago Billinger, Carlos María Anabia, Raúl Eduardo Sainz, Juan Carlos Lescano, Luis Roque López, Silverio Pedro Orbano, Roberto Domingo Jeréz, Rutilio Dardo Betancour Roth, Alberto Rosalez y Hugo Enrique Caccivillani Caligari, fueron asesinados a sangre fría. Durante el debate se comprobó que no fueron 14 los fusilados sino 16.

El personal de la policía provincial y del Regimiento 17 juntó los cuerpos, los cargó en un helicóptero y los llevó hacia camiones apostados sobre la Ruta Provincial Nº 1.

Los cuerpos fueron llevados a la morgue del Cementerio Municipal. Estaban desgarrados y manchados de pólvora por la cercanía de los impactos. Todos tenían una numerosa cantidad de impactos de proyectiles, y algunos tenían huesos rotos, producto del alto calibre de las armas empleadas para fusilarlos, la corta distancia desde la que se les disparó y el hecho de que las víctimas no opusieron resistencia alguna. 5 de los cadáveres fueron enterrados como N.N. en el mismo cementerio municipal. El resto fue devuelto paulatinamente a sus familias.

Responsabilidad y deuda

Tras el debate, se comprobó que Carrizo Salvadores estuvo en el lugar de los hechos, participando de manera activa y siendo un eslabón indispensable para la retransmisión de las órdenes superiores y el responsable del operativo.

Nakagama, comandaba el operativo junto a Carrizo Salvadores dándole seguridad al Jefe del Regimiento 17, retransmitiendo las órdenes, además de haber seleccionado a algunos integrantes del Ejército para apoyar el operativo y sobrevolar la zona en helicóptero.

Acosta, en tanto, también participó y retransmitió órdenes.

Los tres fueron condenados por el delito de homicidio agravado por alevosía y por la participación de dos o más personas a la pena de prisión perpetua.

Retardo

En representación de las familias Rosales y Betancour Roth y de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Díaz Martínez, presentó en julio un pronto despacho ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En él señala que “En función del tiempo transcurrido, es válido destacar y remarcar que estamos frente a una causa de suma trascendencia donde se ha juzgado y condenado a militares del Ejército Argentino en virtud de su responsabilidad penal por delitos de lesa humanidad y que las familias de las víctimas de avanzada edad, la comunidad internacional y la Sociedad continúan esperando que la Justicia de nuestro País determine la responsabilidad penal de los acusados, con carácter firme, emitiendo un veredicto definitivo después de transcurridos más de 16 años de aquella denuncia formulada en Diciembre del año 2004 y a casi 5 décadas de producidos los hechos”.

El letrado manifestó además que “el marco normativo internacional de los Derechos Humanos, exige un mayor esfuerzo de los tribunales intervinientes en causas de lesa humanidad. De allí surge prístino que las resoluciones del Poder Judicial deban ser en plazos razonables y prontas, tal cual lo expresado en innumerables fallos emitidos por la Corte IDH. Atento el excesivo tiempo transcurrido, a la fecha es el máximo Tribunal de la Nación el que debe remover los obstáculos necesarios para impedir la impunidad en este caso concreto por el transcurso del tiempo y sus lógicas consecuencias, y resolver de manera definitiva, también porque se encuentra en juego la responsabilidad internacional del Estado Argentino”, concluye. 

Acto

Cada año, desde la Casa de la Memoria, familias, sobrevivientes  y militantes de los Derechos Humanos en Catamarca se organiza un acto en conmoración a los 16 compañeros masacrados. Esta vez, se concretará eldía 21 de agosto en la explanada de la Capilla del Rosario.