¿Es posible obligar a una mujer a abortar? La pregunta es necesaria, cuando en Salta, una de las provincias conocidas por su extensa militancia antiderechos y su raigambre católica conservadora, se denunció a una médica residente del Hospital de Tartagal, luego de garantizarle a una joven de 21 años una Interrupción Legal de Embarazo (ILE), fundamentada en causas de salud. Se debe saber que toda persona que solicita un aborto, ya sea una IVE --dentro de las 14 semanas de gestación-- o una ILE --cuando corre riesgo la vida o la salud integral de la mujer, o en caso de un embarazo producto de una violación-- recibe una consejería en la que se incluye el procedimiento que se propone. En general, todas las interrupciones de más de 12 o 14 semanas se realizan en una institución de salud (con menos tiempo gestacional la mujer o persona gestante se lleva la medicación y realiza el procedimiento en su casa, siguiendo las indicaciones médicas). Si se usan medicamentos --como se hizo en el Hospital de Tartagal-- la mujer se coloca dos comprimidos de misoprostol dentro de la boca: debajo de la lengua o una de cada lado entre la encía y la mejilla. Se espera media hora: es importante ese tiempo porque el fármaco es de absorción mucosa; si se traga directamente se inactiva. Lo que queda de las pastillas, luego de esos 30 minutos, se puede tomar con un trago de agua. La dosis se repite tres o cuatro horas después. Y se repiten tantas dosis como sea necesario hasta la expulsión. Esto es lo que indica el protocolo del Ministerio de Salud de la Nación. Es un tratamiento automedicado, es decir, la mujer se introduce las pastillas en la boca.

Pero para llegar a ese momento en que se suministran las pastillas, antes la mujer firmó un consentimiento informado. El consentimiento es un proceso. No es un trámite. Cuando se requiere, pueden intervenir otrxs profesionales además del o la médica, como una trabajadora social y una psicóloga. En el caso de Tartagal, participaron de ese proceso la médica residente, una trabajadora social y una psicóloga. El jefe de servicio estaba al tanto y dio su aprobación. El Ministerio de Salud de la Nación igual que el gerente del Hospital de Tartagal, Santiago Payo, respaldaron a la médica. Payo explicó que las actuaciones quedaron asentadas en la historia clínica y que con "los informes psicológicos" en el hospital entendieron que "estaba en riesgo la salud integral de la paciente. Y al hablar de la salud integral hay que remitirse a las definiciones de la OMS (Organización Mundial de la Salud)”, aclaró.

La mujer que solicita un aborto puede tener momentos de ambivalencia. Pero en el caso de Tartagal, la joven habría decidido continuar con la interrupción. Para llegar al hospital se tomó un colectivo y viajó más de una hora, desde la localidad en la que vive con unos tíos, casi en la frontera con Bolivia. No es casual que se haya dado esta denuncia en Salta. Los sectores antiderechos estaban esperando “un caso” para atacar la Ley de IVE. ¿Quién salió primero a instalar en los medios la fake news de que se había forzado a la joven a abortar? Alguien en el hospital violó la confidencialidad de la historia clínica de la joven y comunicó que había solicitado un aborto. La ILE se hizo el 24 de agosto y el 29, la concejal y responsable de Acción Social y Familia, de Salvador Mazza, Claudia Subelza, --conocida antiderechos-- se refirió al caso públicamente, denunciando que la habían obligado a ingresar a un quirófano. Es muy posible que en un pueblo tan chico, donde el tío de la joven --un policía provincial-- salió a hablar en los medios identificándose con su nombre y cuestionó el aborto, ella se haya sentido presionada para decir que, en realidad, no quería abortar. Es Salta. Seguramente en su barrio ya se sabe quién es la joven que fue a Tartagal a abortar. Los tíos con los que vive no están de acuerdo con esa práctica. ¿Qué salida le queda?

Durante la última dictadura militar, mujeres que estuvieron privadas ilegalmente de su libertad en centros clandestinos de detención declararon que perdieron forzosamente embarazos al ser torturadas con picana o fueron obligadas a abortar después de haber sido violadas por sus secuestradores. De denunciar esos abortos forzados se deberían haber ocupado en aquel momento la jerarquía católica salteña y los sectores antiderechos que hoy están hostigando a una médica que garantizó un derecho y a una joven que, probablemente ante la situación dilemática de un embarazo no intencional, quiso elegir --ahora-- otro proyecto que la maternidad, cuando ya tiene una hija de dos años.

Hay un contexto que no puede pasarse por alto. En 2017, una sentencia de la Corte Suprema frenó el dictado de catecismo en las escuelas públicas de Salta porque hasta ese momento era obligatorio para todxs lxs alumnas y alumnos. En estos años, escribí sobre numerosos casos en esa provincia de niñas violadas y forzadas a parir, a ser madres contra su voluntad, porque jueces antiderechos les impedían acceder a una ILE, legales desde 1921. En 2012, recordemos, el entonces gobernador Juan Manuel Urtubey llegó a dictar un decreto que estableció un protocolo de actuación en casos de ILE violatorio de lo que había dictado la propia Corte Suprema de la Nación sobre los abortos no punibles en 2012 en el fallo FAL . En 2013, la corte salteña convalidó tanto la enseñanza católica como el protocolo restrictivo de Juan Manuel Urtubey. Ese es el Poder Judicial en la provincia.

El viernes, la orden de detención de la médica, que salió esposada del hospital, y estuvo privada de su libertad por cuatro horas, la dio el juez de Garantías N° 2 de Tartagal, Héctor Fernando Mariscal Astigueta, a pedido del fiscal penal Gonzalo Ariel Vega. ¿Quién es Astigueta? El juez al que se le había pedido un jury para destituirlo por su mala actuación en el caso de la niña wichi de 12 años conocida como ”Juana” --para proteger su verdadera identidad, tal vez la recuerdes-- que sufrió una violación colectiva en noviembre de 2015, quedó embarazada como consecuencia de los abusos y recién al transitar el sexto mes de gestación logró una inducción al parto porque se detectó que se trataba de un feto anencefálico. Astigueta no tuvo la misma celeridad que mostró para detener --y amedrentar con la prisión-- a la médica de Tartagal, para investigar a los acusados de la violación de Juana y durmió la causa judicial hasta que trascendió su lentitud y el tema se convirtió en escándalo.

Pero Astigueta no fue destituido. Lo salvó un entretejido antiderechos bien robusto. En 2016 votaron por rechazar la apertura del jury el presidente de la Corte de Justicia de esa provincia norteña Guillermo Catalano, el juez entonces decano de la Corte Guillermo Posadas, los senadores Jorge Soto y Silvina Abilés, y el abogado designado por la Cámara alta provincial para integrar el jurado, Guillermo López Mirau. En Salta, “se dice que el Poder Judicial es una sucursal del Opus Dei”, me comentó ayer una periodista con larga trayectoria en la provincia.

Salta es la única provincia en donde avanza una acción colectiva en la justicia federal para frenar la aplicación de la Ley 27.610 --que legalizó el acceso al aborto dentro de las 14 semanas de gestación--, votada por el Congreso. La Cámara Federal de Apelaciones de Salta, por dos votos contra uno, concedió a un grupo de personas encabezado por la exsenadora nacional y actual diputada provincial Cristina Fiore Viñales --de militancia celeste-- y con el patrocinio legal del ex ministro de la Corte Suprema Rodolfo Barra y el constitucionalista Alberto Bianchi --conocidos abogados antiderechos-- la legitimidad que reclamaban para litigar contra la constitucionalidad de la Ley de Interrupción Voluntaria de Embarazo (IVE). En primera instancia, su planteo había sido rechazado pero acaba de ser avalado en segunda instancia. El Estado va a recurrir esa sentencia por gravedad institucional: estaría trabajando en un recurso extraordinario para llegar a la Corte Suprema de la Nación, del mismo modo que tres organizaciones de derechos humanos, que intervienen en la causa, Mujeres x Mujeres, Amnistía Internacional y Equipo Latinoamericano de Justicia y Género. “Esta situación exige la intervención urgente de la Corte para poner orden tanto en el proceso, como en las discusiones sociales sobre la ley 27.610. Hay una política pública sanitaria en juego y no puede quedar a merced de los conservadurismos religiosos locales”, me dijo la abogada Soledad Deza, de M x M, en esta entrevista.

Fiore fue una activa militante contra la Ley de IVE en 2018, cuando ocupaba una banca en el Senado por el Partido Renovador. En 2019, su partido integró una alianza que impulsaba a Alfredo Olmedo como candidato a gobernador y se convirtió en diputada provincial.

Luego de la sanción de la Ley de IVE, se presentó junto a otras personas en la justicia para pedir la inconstitucionalidad de la norma. La Cámara Federal de Apelaciones le acaba de abrir el camino. La sentencia fue dictada el 27 de agosto. La firmaron los jueces Alejandro Castellanos y Guillermo Federico Elías. La tercera magistrada, María Inés Catalano, votó a favor de rechazar el recurso. En primera instancia, el Juzgado Federal N° 1 de Salta había desestimado la acción por considerarla improcedente. Del mismo modo ya fueron rechazados 21 de los 35 planteos similares presentados por distintas personas en diferentes provincias. Los demás están en trámite, sin resolución.

En todos los casos, los rechazos se basaron en la falta de legitimación para reclamar la inconstitucionalidad de la Ley de IVE y en la ausencia de un “caso judicial” en el que se vieran afectados los derechos reclamados, siguiendo la doctrina de la Corte Suprema en el fallo Thomas, donde se cuestionaba la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Salvo en Salta. Nada es casual.