Estados Unidos es el país donde surgieron los registros de condenados por delitos sexuales a partir de una ley de 1994. Dos años después se modificó la norma luego de un caso de alto impacto social: la violación y el secuestro de una niña de 7 años de Nueva Jersey, Megan Kanka, a manos de un delincuente sexual registrado, que vivía en el mismo barrio. La Ley de Megan –como se la conoció–, permitió que desde ese momento la información del registro fuera pública. En la actualidad, los 50 Estados de EE.UU. y el distrito de Columbia incluyen un registro. Desde 1996, otra normativa, la “Palm Lynchner Sex Offender”, permite al FBI el acceso a la base de datos nacional para la monitorización de los condenados. Hay sustanciales diferencias entre registros. “La mitad de los Estados, por ejemplo, usan sistemas de clasificación de los agresores dependiendo del delito y los otros estados utilizan el registro sin evaluación del riesgo de los sujetos, por lo tanto incluye cualquier delito sexual en el sentido amplio sin distinción de la gravedad del mismo. La importancia de esto reside en cuanto algunos estados consideran actos como orinar en público, prostitución, incesto, relaciones consentidas entre menores y ofensas menores como delitos contemplados dentro de estos registros”, advierte la abogada española Joana Vedrell Alfonso, en su artículo Análisis del Registro Central de Delincuentes Sexuales, publicado el año pasado, donde compara ese instrumento creado en España en 2015 con el modelo estadounidense (Cuestiones de Interés Jurídico, ISSN 2549-8402, Idibe, julio 2016). 

¿Cómo funcionan los registros? Se informa a la ciudadanía cuando una persona se registra como delincuente sexual. Las formas de notificación dependen del estado. El Registro de Delincuentes Sexuales de Iowa, por ejemplo, permite crear un usuario en su página web e ir recibiendo notificaciones por correo electrónico sobre personas registradas y los cambios de información que se detecten en las mismas. 

La misma investigadora española advierte que los delincuentes sexuales son percibidos por la sociedad como sujetos con alto riesgo de reincidencia y poca probabilidad de cambio. Sin embargo, apunta, “recientes estudios han demostrado que, en la generalidad de los casos de agresiones sexuales, solo un escaso porcentaje son reincidentes en el mismo tipo de delito”. Y cita algunos relevamientos: “Helmus, Hanson, Babchishin y Mann (2013) han publicado un estudio que incluía un total de 13.782 agresores, encontrando una tasa de reincidencia sexual del 9.2 por ciento, una tasa de reincidencia violenta del 13.5 y una reincidencia total del 34.9. Adkins et al (2000) hicieron un estudio en Iowa comparando un grupo de agresores sexuales antes de la implantación del registro y a otro grupo después y el ratio de reincidencia de ambos grupos oscilaba el 0,5 por ciento, no siendo la diferencia de reincidencia muy significante”. 

Otro efecto que producen los registros, señala Vedrell, es “aumentos de los niveles de ansiedad en los vecindarios donde se ha notificado que reside un agresor sexual. El miedo al delito así como la percepción subjetiva de la delincuencia, no son reacciones que coadyuven a la seguridad y tranquilidad de la ciudadanía”.

También se metió con el tema la organización de derechos humanos Human Rights Watch. La entidad evaluó durante dos años el impacto de los registros en EE.UU. y emitió un lapidario informe, en el que advirtió que podrían no proteger a los menores de edad de los delitos sexuales pero sí conducir al acoso, aislamiento e incluso violencia contra los ex delincuentes. El informe de 146 páginas, “No Easy Answers: Sex Offender Laws in the United States” (“No hay respuestas fáciles: Leyes sobre delincuentes sexuales en los Estados Unidos”), publicado en 2007, es el primer estudio exhaustivo de las políticas estadounidenses relativas a agresores sexuales, su impacto en la seguridad pública, además de su efecto en quienes fueron condenados y sus familias. La reconocida organización internacional exhortó a que se reformen las leyes estatales y federales sobre el registro y la notificación a la comunidad. Para el informe, investigadores de Human Rights Watch hicieron más de 200 entrevistas a víctimas de violencia sexual y a sus familiares, ex delincuentes, funcionarios de procuración de justicia y gobierno, proveedores de tratamiento, investigadores y defensores de la seguridad infantil. Al momento de presentar el estudio, la entidad destacó que comparte el objetivo de proteger a niñas y niños contra el abuso sexual. “Sin embargo, las leyes actuales fueron mal concebidas y pobremente diseñadas. Proteger a la niñez requiere de un enfoque más minucioso e integral del que los políticos han estado dispuestos a apoyar”, dijo Jamie Fellner, directora del Programa de Estados Unidos de Human Rights Watch.