Luis "Pollo" Bassi fue condenado a 16 años de prisión como partícipe del crimen de Juan Pablo Colasso, un hombre de 30 años que fue acribillado en Villa Gobernador Gálvez, pese al chaleco antibalas que llevaba puesto. Se trata de la única pena contra Bassi, ya que el mes pasado fue absuelto por el homicidio del ex líder de la banda de Los Monos, Claudio "Pájaro" Cantero. El fallo del juez Edgardo Fertitta alcanzó también a Facundo "Macaco" Muñoz, con una pena a 14 años. Milton Damario fue absuelto por el asesinato, pero penado a tres años de cárcel por falsificar un carnet de conducir. Estos dos también fueron sobreseídos en el juicio oral por la muerte de Cantero, pero la pena actual se unificará con sentencias anteriores. Los tres seguirán presos.

En su resolución por el hecho perpetrado el 16 de noviembre de 2012, el juez valoró que "en el término de 48 horas" se produjeron "dos balaceras entre los protagonistas (Bassi y Colasso), un tiroteo a la casa de Colasso, un nuevo tiroteo de los autos de Bassi, en represalia al hecho anterior; y finalmente el hecho que dio por terminado el pleito que los enfrentaba". En ese sentido, arguyó que los testimonios dieron cuenta de esos sucesos y de la muerte como "la culminación del ya probado enfrentamiento", entre quienes habían sido compinches, pero estaban enemistados.

De todos modos, en el caso no se dio con el autor material de los disparos y se ligó el hecho a la disputa entre víctima y victimario. En una serie de mensajes peritados del teléfono de Colasso se advierte el enfrentamiento de aquellos dos días, lo que motivó que Colasso muriera con un chaleco antibalas puesto, en la puerta de su casa de Bordabehere 1400. La colecta de mensajes, para el juez, "presagiaba un enfrentamiento y la decisión inequívoca de Colasso de enfrentarse a quienes lo agredieron en tres oportunidades anteriores". Para Fertitta, "era la hora de la verdad, al mejor estilo de las películas de Hollywood, y la intención de poner fin a una situación insostenible en el tiempo, pero que también motorizaban sus agresores si tenemos en cuenta que desde la unidad telefónica atribuida a Muñoz se originaron llamadas al teléfono de Colasso". Incluso, el entrecruzamiento de comunicaciones apunta que "pudieron pactar un encuentro, sabiendo Colasso que estaría solo, como lo refleja un mensaje de texto. Tal vez lo ubicó en la puerta de su domicilio a la espera de ayuda, que de hecho requirió a sus vecinos a los gritos".  

En su testimonial, Maximiliano Bassi (hermano del acusado) fue consultado sobre su amistad o enemistad con Juan Pablo Colasso. "Lo conocía, le he arreglado el auto alguna vez", dijo. En otro tramo del relato, indicó: "Trabajó un tiempo en la remisería de mi viejo y sé que lo mataron, pero desconozco las circunstancias".

En ese contexto probatorio, Bassi fue acusado por "haber intervenido, el 14 de noviembre de 2012, a las 16.30, a bordo de una camioneta y disparar contra Colasso, su hermano Lucas Colasso y Edgardo M., quienes circulaban en un Peugeot 307 en calle San Martín de Villa Gobernador Gálvez, con fines intimidatorios y de amedrentamiento, sin causar heridas". También fue sindicado por el delito de amenazas calificadas por el uso de armas, junto a sus cómplices; y quedó implicado en el crimen y en los hechos previos, al ser considerado autor de amenazas calificadas por el uso de armas de fuego (3 hechos), y homicidio agravado por el uso de arma de fuego en carácter de partícipe necesario".

La autoría material aparece relacionada con un tal "Hueco", que fue asesinado un año después y cuyo crimen no fue investigado. Si bien en su momento se lo relacionó con Bassi, su defensa desestimó esa cuestión y aseguró que en el fallo no se da cuenta de ese vínculo.

Muñoz fue penado a 14 años de prisión por amenazas calificadas por el uso de arma de fuego (2 hechos); y como partícipe del crimen. La condena se unifica en 18 años con una causa por resistencia a la autoridad.

Damario fue absuelto por el homicidio -por el beneficio de la duda-, pero condenado falsificar una licencia de conducir. Su pena de tres años se unifica en seis años, por una causa de portación de arma de guerra".