Desde hoy rige en la provincia de Buenos Aires la ley del Derecho a la Identidad de Origen, que aporta herramientas del Estado a las personas que fueron apropiadas, adoptadas en un marco ilegal o tienen dudas sobre su identidad biológica.
La norma, que lleva el número 15.329 y fue sancionada por la Legislatura bonaerense el 22 de abril, a instancias de organizaciones con la campaña “Todos tenemos derecho a saber de dónde venimos”, fue publicada en el Boletín Oficial del distrito.
La iniciativa tomó el reclamo de los denominados “buscadores de identidad”, quienes sostienen que más de 3 millones de personas en todo el país que no nacieron durante la dictadura militar tienen dudas sobre su identidad. Por ello, busca garantizar el derecho del acceso de toda persona a sus orígenes biológicos, entendido como derecho humano. El texto define como identidad de origen “al conjunto de datos biológicos, filiatorios y familiares que hacen a la identidad de la persona humana”.
Qué establece la ley
De acuerdo con la estipulado en el texto, en adelante no será necesario que quien reclama establecer su identidad tenga representación de un abogado o o deba pagar para emprender la búsqueda. Por ello, en su contenido contempla agilizar los procesos de determinación de identidad, y establece el principio de "Informalidad, Gratuidad y de Celeridad", y la "Confidencialidad, la Tutela Efectiva, Máxima información, Buena Fe, No discriminación y No revictimización".
Por otro lado, habrá campañas de concientización, capacitaciones a los organismos de la administración pública y convenios de cooperación y reciprocidad con los municipios adheridos a la ley y las provincias para garantizar el derecho a la búsqueda de identidad de origen. Es importante que "se capacite al personal del Estado que va a empezar a recibir a las víctimas", consideró Clara Lis, activista en busca de su identidad y víctima de trata de bebes.
Los solicitantes “podrán acceder a los datos contenidos en registros de hospitales, historias clínicas de parturientas, libros de partos, de nacimiento, de neonatología y de defunciones de establecimientos sanitarios de gestión pública o privada como así también la Dirección Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires”.
También podrán acceder a archivos judiciales y de sentencias y a documentación de instituciones religiosas, educativas y de cuidado de niños y niñas.
El Estado responsabiliza a dependencias y áreas en la búsqueda “interdisciplinaria” y establece plazos y sanciones para funcionarios públicos y establecimientos privados que no cumplan con lo regulado. Además, "los efectores públicos de salud que cuenten con la infraestructura apropiada" deberán garantizar la gratuidad de los estudios genéticos, en caso de ser solicitados.
La ley tendrá una Autoridad de Aplicación, que deberá acompañar al peticionante desde la recepción del caso hasta su resolución, crear el “Registro Único de Búsqueda de Identidad de Origen” y el “Registro de Buscadores Voluntarios”, en el que podrán inscribirse las organizaciones de la sociedad civil, personas y colectivos dedicados al tema que esté dispuestos a seguir el procedimiento,
La sanción y puesta en vigencia de la iniciativa fue celebrada por las organizaciones de personas que buscan dar con su origen biológico. "Ya se abrió la puerta y eso es clave", señaló la activista por el derecho a la identidad Laura Louzau, referente de la campaña "Mamá, te estoy buscando" y el grupo "Víctimas de identidad sustituida".


