La Cámara Federal de Córdoba confirmó el rechazo del amparo colectivo presentado por entidades rurales de esa provincia contra las retenciones, por considerar que “no detalla adecuadamente al conjunto de perjudicados por la medida o al colectivo involucrado”.

“Resulta excesivamente vasto el universo y situaciones de los productores que la actora pretende representar, esto es todos (…) los productores rurales de la República Argentina”, detalló el juez Ignacio María Vélez Funes -que integra la Sala A de la Cámara junto a Eduardo Ávalos y Graciela Montes- según Palabras del Derecho.

El amparo, inciiado por la Sociedad Rural de Río Cuarto, la Sociedad Rural de Adelia María y la Asociación de Fomento Rural de Pueblo Torres, solicitaban que se declare la inconstitucionalidad del cobro, así como cualquier disposición reglamentaria en la cual se pretenda sustentar ese reclamo tributario, instruyendo a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que cese con su reclamo y percepción.

Las entidades rurales consideraban que, desde el 1 de enero pasado, las retenciones ya no son aplicables por no haberse extendido la ley vinculada a la emergencia económica de 2019 porque el Congreso no aprobó el último Presupuesto 2022, que incluía una prórroga de potestad al Poder Ejecutivo para la aplicación de los derechos de exportación.

En una primera instancia, el juez Carlos Arturo Ochoa había rechazado el planteo por considerar que no estaban presentes los requisitos para tramitar el caso como proceso colectivo, dado que la Sociedad Rural de Río Cuarto no contaba con legitimación para sustentar el reclamo judicial.

Otra acción colectiva contra las retenciones

En abril pasado, el juez federal Ricardo Bustos Fierro aceptó analizar una demanda colectiva de la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Sociedad Rural de Villa María (SRVM) que solicita anular las retenciones a las exportaciones agropecuarias. 

Luego, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal de Capital Federal aceptó el planteo de la AFIP y le requirió al Juzgado Federal Nº1 de Córdoba que le remita la causa. 

La presentación de la SRA y la SRJM tuvo lugar el 21 de febrero, también se hizo por entender que "al caer la Ley de Emergencia y no aprobándose el Presupuesto, las retenciones a partir del primero de enero de 2022 deberían ser cero", de acuerdo con lo señalado por el presidente de la entidad nacional, Nicolás Pino.

Desde el Gobierno, en tanto, se sostuvo que "las medidas que se dictan en uso de facultades vigentes a ese momento siguen vigentes hasta que se derogan y eso no ha sucedido".