El juez de Garantías Juan Tapia explicó que “son pocos los casos donde se puede demostrar que hay una falacia en los funcionarios policiales, no acreditar la hipótesis de resistencia y demostrar que el funcionario mintió porque la mayoría de los procedimientos se hacen sin testigos sin filmaciones y sin cuestión probatoria, son dichos contra dichos”. No fue el caso de Micaela Brambilla, la joven de la Garganta Poderosa, cuya detención  por “resistencia a la autoridad” tuvo una vuelta de tuerca, cuando el fiscal que intervino en la causa, Martín Niklison, terminó acusando a los policías que la detuvieron por privación ilegal de la libertad y falso testimonio.

El fiscal sostuvo que el relato tramposo de los hechos por parte de los uniformados fue un engaño que lo llevaron a él y al juez Manuel De Campos a abrirle una causa penal a la joven que no había cometido ningún delito. Los hechos fueron comprobados por el fiscal a través de la filmación que había realizado Brambilla, cuando grabó el momento en que dos policías se llevaban esposado en un patrullero a un menor mientras ella cuestionaba, de manera tranquila, el accionar ilegal de los uniformados (ningún menor puede ser esposado ni trasladado en patrulla policial). Los cuestionamientos le valieron a la joven de 25 años siete horas de detención en una mugrosa celda de la comisaría 11ª.

En la descripción que hicieron de los hechos, el subinspector Leandro Gabriel Sánchez y el cabo primero Alfredo Bogado sostuvieron que la detención se había realizado por “resistencia a la autoridad” porque la joven quiso impedir que subieran al adolescente al patrullero, y que entorpeció la acción gritando y filmando a los policías.

En su dictamen, Niklison sostuvo que “en la filmación se ve que en el momento en que el menor ingresa al móvil no hay ningún estado de violencia y el oficial Sánchez lo único que le reprocha es que cuestione el procedimiento, pero el oficial tampoco pierde la calma y los demás miembros de la comitiva oficial responden a lo que les expresa la mujer pero siempre en un tono de diálogo tenso pero no violento, se evidencia que la actitud de éstos no tiene nada que ver con la reacción frente a alguien que ha tratado de impedir que se lleven detenido al menor”.

Además, explicó que la “resistencia a la autoridad” tiene que ser una conducta que impida el accionar policial y sostuvo que la joven “se limitó a expresar su opinión sobre el procedimiento”. 

Tras sobreseer a Brambilla, el fiscal concluyó que “el subinspector Sánchez y el cabo Bogado no sólo han cometido falso testimonio sino que además han privado ilegalmente de su libertad a la nombrada”.