La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México otorgó este miércoles un amparo a familiares de dos personas que fueron detenidas por militares y policías en la ciudad de Oaxaca, que posteriormente desaparecieron en mayo de 2007, con lo cual autorizó abrir instalaciones y cuarteles militares para buscar a las víctimas.

La primera sala del máximo tribunal aprobó por mayoría la posición de la ministra de la Suprema Corte, Margarita Ríos Farjat, para otorgar la protección a las familias de las víctimas y crear una comisión de búsqueda que deberá incluir especialistas y abogados propuestos por los hijos de los desaparecidos.

El plan integral de búsqueda será ejecutado por un grupo interinstitucional encabezado por la Comisión Nacional de Búsqueda, en conjunto con el Ministerio Público, que deberá conformarse en los próximos 30 días.

A través de un comunicado, la SCJN expresó que los familiares de las personas desaparecidas "tienen el derecho a conocer las circunstancias de la desaparición y lo ocurrido con sus seres queridos", así como también de saber quiénes fueron los responsables y tener acceso a información que permita ese propósito, así como a medidas de reparación.

"La desaparición forzada es una de las violaciones más graves a derechos humanos, que somete a los familiares de la persona a actos equiparables a tortura y tratos crueles e inhumanos al desconocer el paradero y destino de su ser querido", expresa la SCJN. Añade que esta resolución es correlativa al derecho humano a ser buscado que posee la víctima directa.

Asimismo, la decisión indica que, con el objetivo de hacer efectiva la sentencia, se precisaron los plazos en que las autoridades responsables deberán cumplir con las medidas reparatorias y garantías de no repetición que les fueron impuestas en una instancia judicial previa.

"Con esta resolución, la primera sala contribuye a generar un criterio uniforme a la luz de las obligaciones internacionales derivadas del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desaparición forzada de personas, así como con las facultades de las personas juzgadoras de amparo", agrega el comunicado.

Por su parte, Sandino Rivero, abogado de las víctimas, dijo a medios que, más allá del caso en particular, la resolución del máximo tribunal fija un estándar de prueba para acreditar la desaparición forzada y señala que mediante un juicio de amparo pueden fijarse medidas de reparación del daño cuando hay violaciones a los derechos humanos.

El 25 de mayo de 2007, policías municipales de Oaxaca detuvieron a Gabriel Alberto Cruz Sánchez y a Edmundo Reyes Amaya, dos militantes del izquierdista Ejército Popular Revolucionario. Ambos quedaron a disposición del Ejército mexicano y desde ese momento se desconoce su paradero.