La Cámara Federal de Apelaciones de Salta revocó ayer el beneficio de la prisión domiciliaria al teniente coronel retirado Carlos Ignacio Cialceta y ordenó a la jueza federal de Garantías Mariela Giménez que articule "los mecanismos necesarios para su inmediato cumplimiento". 

La novedad fue celebrada ayer por la familia del sindicalista y militante peronista Jorge René Santillán, por cuyo secuestro y homicidio, está acusado Cialceta. El militar retirado estuvo prófugo de la justicia por casi siete meses, hasta que el 12 de noviembre de 2021 fue detenido por la Gendarmería Nacional, que tuvo que sacarlo de un placard donde había intentado esconderse

La revocatoria de la domiciliaria, que había sido solicitada por la fiscalía federal y la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, se tomó con los votos del juez Guillermo Elías y Mariana Catalano, con la disidencia del juez Renato Rabbi Baldi Cabanillas, que votó por confirmar el fallo de primera instancia. 

La jueza Giménez se basó en la edad del represor y en "razones humanitarias", por una supuesta dolencia, para permitir que Cialceta cumpliera la prisión en su casa, bajo la guarda de su mujer. La fiscalía objetó esta decisión afirmando, entre otras razones, que la magistrada hizo un análisis superficial del caso, le cuestionó que hubiera resuelto el pedido de la defensa “en tiempo récord”, sin que se haya determinado el real estado de salud de Cialceta, que aduce padecer una dolencia mental, y sin darle participación a las víctimas. La querella sostuvo que la jueza se basó en premisas falsas para autorizar la prisión domiciliaria. 

En el voto en mayoría, los camaristas Elías y Catalano recordaron que el otorgamiento de la prisión domiciliaria a una persona imputada mayor de 70 años no es una obligación sino una facultad de los jueces, que para concederla deben ponderar otros aspectos, como las circunstancias de salud del imputado y el riesgo de fuga.

"El cumplimiento del requisito etario no autoriza por sí solo a conceder el arresto domiciliario, sino que el Tribunal puede rechazar tal pretensión de mediar circunstancias que lo justifiquen, especialmente cuando se ventilan hechos contrarios a los derechos humanos acaecidos durante la dictadura militar", aseguraron. 

También entendieron que, dado que hay informes opuestos sobre la real condición de salud de Cialceta, "no se encuentran acreditadas con suficiencia las dolencias por las que la a quo le otorgó el beneficio". Añadieron en este sentido que en la causa "existen diagnósticos y conclusiones cuanto menos contradictorias que restan dilucidar en la causa principal" en cuanto a la salud mental de Cialceta.

El 11 de mayo de 2022 una junta médica psiquiátrica del Poder Judicial de Salta concluyó que el militar padece un "estado psicótico agudo", tiene una "alteración morbosa en sus facultades mentales", "no comprende la trascendencia de sus actos ni dirige sus acciones libremente", "no se encuentra en condiciones de prestar declaración ni comparecer a audiencia" y "debe ser trasladado al Hospital Ragone para su evaluación y tratamiento”. Pero otro estudio realizado el 13 de diciembre de 2022, por profesionales del Hospital Neuropsiquiátrico Miguelo Ragone, concluyó que “el Sr. Cialceta no padece afección mental actual”, lo que fue compartido por los peritos de la querella y del Ministerio Público Fiscal.

"Todavía no se encuentra definido el real y actual estado de salud mental del imputado, por lo que cualquier consideración que se efectúe al respecto, como hizo la instructora, deviene prematura y no puede ser utilizada como argumento válido", afirmaron los jueces Elías y Catalano. Añadieron que si se tiene en cuenta que Cialceta estuvo prófugo por varios meses y que "inclusive al momento de ser apresado tuvo la claridad para intentar esconderse (en un placard), deviene lógico y razonable dudar, por el momento, de la supuesta afección en sus facultades mentales". Además, no se acreditó que la detención en una dependencia del Servicio Penitenciario Federal le haya agravado su estado de salud. 

Sin intenciones de someterse a proceso 

Elías y Catalano recordaron que Cialceta pudo ser detenido tras "una ardua pesquisa en la que se dispusieron allanamientos, intervenciones telefónicas y tareas de campo, lográndose dar con su paradero y encontrándolo escondido en la parte superior de un armario; procurando evadirse hasta último momento, incluso cuando las fuerzas de seguridad irrumpieron en el domicilio en el que pernoctaba".

"Tamaña actitud frente al proceso, debió ser tratada con mayor profundidad por la jueza de la instancia anterior, ya que este antecedente cercano nos permite inferir que no tiene intención de someterse al proceso y que, ante la primera oportunidad real, podrá intentar eludir -una vez más- la acción de la justicia", razonaron. Además, resaltaron que pudo contar con ayuda de terceros para mantenerse prófugo y esto también tiene que se tenido en cuenta en el análisis, "puesto que, si decide nuevamente eludir la acción de la justicia, podría contar con su apoyo", señalaron. Y concluyeron: "El antecedente de fuga es un exponente de máxima gravedad que, proporcionalmente, amerita una restricción precautoria de máxima intensidad, como es la prisión preventiva". 

Llamado de atención

Por otro lado, en su resolución la Cámara de Apelaciones de Salta, hizo un llamado de atención al abogado de la Secretaría de Derechos Humanos, Gastón Casabella, por sus críticas a la jueza Giménez. Lo exhortaron a que "se abstenga de realizar comentarios como los aquí objetados".

En un comunicado en el que celebró la revocatoria de la domiciliaria a Cialceta, la Secretaría de DDHH de la Nación respaldó la actuación de su representante. El organismo aclaró que "los fundamentos del recurso planteado por la querella institucional encuentran absoluto respaldo en las constancias de la causa y se justifican en el marco de la obligación del Estado de impulsar los procesos judiciales que investigan delitos cometidos durante la última dictadura cívico-militar en nuestro país".

Jorge Santillán fue secuestrado el 10 de agosto de 1976 desde su casa en General Mosconi, en el norte salteño. Su hija Rosa Santillán, que en 1976, siendo una niña, intentó evitar el secuestro de su padre, declaró en la audiencia realizada el 10 de enero, en la Cámara de Apelaciones.