"La muerte de Carlos Orellano en el día 24 de febrero de 2020 no fue un accidente, tampoco fallece por estar alcoholizado, ni es asesinado brutalmente a golpes para luego ser descartado en las aguas del Río Paraná". Esto dice el resumen del fallo de los tres jueces del caso Bocacha. Finalmente, de las cuatro personas que estaban imputadas, decidieron condenar a tres: Consideraron que fueron responsables de un homicidio preterintencional, es decir, que no lo buscaron pero que cada uno de sus actos esa noche fueron lo suficientemente imprudentes como para matar a un pibe que había ido al boliche con sus amigos. Los condenados fueron los policías Karina Gómez, a nueve años de prisión, y Javier Julio Nicolossi, a doce años. También recibió seis años de prisión el patovica Emiliano López. 

Conocida la sentencia, el tribunal de primera instancia difundió a la prensa parte de los fundamentos para su sentencia. Allí aseguraron que la muerte de Bocacha resultó de variantes, las decisiones que llevan a que finalmente el joven rosarino termine muerto en el río.

Y aseguraron que el juicio implicó "28 jornadas de debate y más de 140 horas de juicio determinan la convicción del presente Tribunal respecto a su decisorio basado en prueba testimonial, técnicocientífica, pericial, médica y de concepto. Cada parte arribó al juicio con su teoría y prueba, y todo fue expuesto y analizado por estos tres jueces y por el público en general que tuvo acceso también a todo lo que se ventiló. Sin que sea óbice a un mayor detalle pormenorizado el que se expresará en los fundamentos de sentencia, hoy otorgamos por escrito un adelanto de los mismos".

Agrega que "se ha podido establecer que Carlos Orellano concurre esa noche al Boliche Ming para divertirse con amigos, en el mismo tuvo un altercado dentro del Boliche lo que determina que sea retirado por personal femenino de seguridad, lo retiran desde el interior del Vip hasta la puerta, un corto trayecto de no más de 10 metros y esta acción se realiza a las 04 A.M. aproximadamente. Hasta aquí no hay controversias. Luego a través de testimoniales, filmaciones y prueba científica, este Tribunal ha podido recrear y analizar acabadamente lo que sería el desenlace, es decir lo que ocurrió en el Muelle 3 y proximidades, que es donde las teorías defensistas y acusadoras se encuentran en posiciones opuestas".

Sin dilucidar acabadamente el motivo, entre Orellano y los tres imputados "comienza un espiral de violencia ascendente contra la persona de Orellano, lo cual se advierte en una trifulca inicial, gritos, golpes y tomas de neutralización contra Orellano, para luego un escape por parte de éste último y su búsqueda en el predio de la Fluvial, captura y nuevamente sujeciones con tomas de neutralización sobre su cuerpo sin descartar golpes, finalizando en el último escape de Orellano y la toma de decisión propia para arrojarse a las aguas del Río Paraná (“se zafó, cruzó la baranda y se tiró”), haciendo una valoración de preferencia por encima de la opción de quedarse en tierra afrontando al grupo agresor compuesto por, al menos, López, Nicolossi y Gómez".

Caído al agua, no muere inmediatamente Orellano. "Existe una chance de sobrevida no definida pero existente aún por los propios dichos de los encartados, Gómez más específicamente. Carlos Orellano fallece por asfixia por sumersión, se ahoga. Ocurrido este desenlace fatal no previsto por ninguno de los encartados ni tampoco mínimamente representándoselo como hipotética consecuencia, los mismos actúan con desidia no sólo ante la urgencia para solicitar rescate a las autoridades correspondientes sino para luego afrontar sus consecuencias de forma directa tratando de ocultar lo sucedido".

"El cuerpo de Carlos Orellano habló a través de las pericias científicas las que determinan la existencia de 6 (seis) infiltraciones hemáticas producidas en vida, de escasa maduración, ya que su evolución vital fue detenida por el fallecimiento de la víctima, es decir son golpes que no han logrado madurar para su exteriorización dérmica porque para ello se necesita vida y la misma se truncó por el ahogamiento. Pero a su vez también se determina científicamente que son golpes que no fueron letales ni produjeron escoriaciones en la dermis (piel), esto es congruente con las declaraciones de testigos que vieron tomas de sujeción y forcejeos específicamente lo cual explicaría lo anterior, como golpes en la pierna de Orellano, recordando que la víctima era de contextura física pequeña".

"Se ahoga, luego los encartados se van, lo dejan a su suerte, no actúan, tardan más de 30 minutos en comunicar la caída al agua de una persona al 911, no llaman al 106, ocultan, pergeñan y falsifican ideológicamente documentos públicos, aquí no ha pasado nada más que un accidente sostendrán, nadie nos vió. La estructura de los tipos penales sentenciados a cada uno de los encartados como los fundamentos en general se encontrarán en la sentencia que se entregara en el plazo de ley" concluye el texto entregado ayer por los magistrados.